190° y 141°
Por considerar que en fecha 25/02/87 la
contribuyente SHELL QUÍMICA DE VENEZUELA
C.A., interpuso recurso contencioso tributario por ante el Tribunal
Superior Primero de lo Contencioso Tributario, contra la Resolución Nº
HRCF-SA-127 de fecha 08/12/86 y las Planillas de Liquidación N° 01-1-65-000031,
de fecha 27/01/87, expedidas a su cargo por monto de Bs. 1.007.727,90, por concepto de impuesto sobre la renta y multa,
emitidas por la Oficina de Control Fiscal de la Dirección General Sectorial de
Rentas del Ministerio de Hacienda, lo que originó el proceso tributario
correspondiente; por cuanto en dicho proceso se produjo la sentencia de ese
mismo Tribunal de fecha 02/11/89, que fue apelada por la Procuraduría General
de la República en fecha 21/11/89.
Visto que consta en autos diligencia de fecha 23/07/96 donde la contribuyente
manifiesta su voluntad de acogerse a los beneficios previstos en la Ley de
Remisión Tributaria; visto el oficio Nº HGJT-A-99-3278, de fecha 23/11/91,
donde el ciudadano Gerente Jurídico Tributario del Seniat consignó el finiquito
emanado de la Gerencia Regional de Tributos Internos de Contribuyentes
Especiales de la Región Capital, de fecha 16/03/99, a favor de la expresada contribuyente
sobre los actos administrativos mencionados, dejando constancia de que en fecha
09/12/97 pagó la cantidad exigible conforme a la Ley de Remisión Tributaria
mediante la Planilla de Pago N° T-90-0820588, por lo cual se anularon las
Planillas Nos. 01-1-65-000031 (impuesto)
y 01-1-65-000031 (multa), originalmente emitidas, fundamentadas en la
Resolución N° HRCF-SA-127, de fecha 08/12/86; por lo que de conformidad con lo
previsto en la parte in fine del artículo 7º de la Ley de Remisión Tributaria,
habiendo cesado el interés legítimo de la accionante, se declara concluido el
presente proceso contencioso y se ordena el envio del expediente al tribunal de
origen para su archivo definitivo.
Publíquese,
regístrese y comuníquese. Devuélvase el expediente al tribunal de Origen.
Cúmplase lo ordenado.
El Presidente,
La Secretaria,
YJG/jam
Sent.
Nº 00026
En
veinticuatro (24) de enero del año dos mil uno, se publicó y registró la
anterior sentencia bajo el Nº 00026.