SALA
POLITICO-ADMINISTRATIVA
MAGISTRADO PONENTE: LEVIS
IGNACIO ZERPA
Mediante escrito presentado
en fecha 16 de marzo de 1994 por ante la Secretaría de esta Sala, el ciudadano José
Teran Carmona, titular de la Cédula de Identidad Nº 4.008.313 procediendo con
el carácter de Presidente de la sociedad mercantil “CONSTRUCTORA VOLADIZO C.A.”
y debidamente asistido por el abogado José Gregorio Silva, inscrito en el
Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 33.418, procedió a
interponer recurso de nulidad en contra de la multa impuesta por la Dirección
General de Obras Municipales de la Alcaldía del Municipio Libertador en fecha
25 de junio de 1993, en virtud del retraso en el cumplimiento del contrato de
obra Nº CP-EO-008-92.
El 2 de marzo de 1995, se
dio cuenta en Sala y por auto de esa misma fecha, se ordenó requerir a la
Alcaldía del Municipio Libertador, la remisión del expediente administrativo
correspondiente, el cual fue recibido el 26 de septiembre de 1995.
Mediante auto de fecha 9 de
enero de 1996, el Juzgado de Sustanciación admitió el recurso interpuesto,
ordenando en consecuencia la notificación del Fiscal General de la República y
del Síndico Procurador Municipal del Municipio Libertador.
En fecha 18 de febrero de
1999, el Juzgado de Sustanciación, al constatar que la presente causa se
encontraba paralizada, ordenó pasar el expediente a la Sala, donde por auto de
fecha 23 de febrero se designó ponente a la Magistrado Hildegard Rondón de
Sansó, a los fines de decidir sobre la perención de la instancia en el presente
proceso.
Por cuanto la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela,
publicada en Gaceta Oficial No. 36.860 de fecha 30 de diciembre de 1999,
estableció un cambio en la estructura y denominación de este Máximo Tribunal y
en virtud de que la Asamblea Nacional Constituyente, mediante Decreto de fecha
22/12/99, designó los Magistrados de este Tribunal Supremo de Justicia, quienes
se juramentaron el 27 del mismo mes y año y por cuanto en Sesión de fecha 10 de
enero del 2000, se constituyó la Sala Político-Administrativa, se ordenó la
continuación de la presente causa en el estado en que se encontraba y se
designó ponente al Magistrado Levis Ignacio Zerpa, quien con tal carácter
suscribe el presente fallo.
Para decidir, la Sala
observa:
De conformidad con lo
establecido en el artículo 86 de la Ley Orgánica de la Corte Suprema de
Justicia, la instancia se extingue de pleno derecho en las causas que hayan
estado paralizadas por más de un año a partir del último acto de procedimiento,
por lo que, en tal caso, el Tribunal Supremo sin más trámites debe declarar la
perención, de oficio o a instancia de parte.
Al respecto, examinadas las
actas procesales que componen el presente expediente, se constata que la causa
ha estado paralizada desde el 9 de enero de 1996, fecha en la cual el Juzgado
de Sustanciación admitió el recurso y ordenó practicar las notificaciones de
Ley, hasta el 18 de febrero de 1999, fecha en la cual, en vista de la
paralización de la presente causa se ordenó pasar el expediente a la Sala, sin
que en ese lapso se hubiese realizado acto alguno de procedimiento por las
partes ni por este Tribunal Supremo.
Por tanto, resulta evidente
que habiendo transcurrido con creces el lapso previsto en el indicado artículo
86 de la Ley Orgánica de la Corte Suprema de Justicia, se ha consumado la
perención. Así se declara.
En virtud de lo anterior,
esta Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia,
administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley,
DECLARA CONSUMADA LA PERENCION, y en consecuencia, EXTINGUIDA LA INSTANCIA en
la presente causa.
Publíquese, regístrese y
comuníquese. Archívese el expediente judicial y devuélvase el expediente
administrativo.
Dada, firmada y sellada en
el Salón de Despacho de la Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de
Justicia a los 25 días del mes de enero del dos mil (2000). Años 189º de la
Independencia y 140º de la Federación.
El Presidente
CARLOS ESCARRÁ MALAVÉ
El Vicepresidente,
JOSÉ RAFAEL TINOCO
LEVIS IGNACIO ZERPA
Magistrado-Ponente
La Secretaria
ANAIS MEJIA CALZADILLA
Exp. 11.498
LIZ/bvg
En veinticinco de enero del año dos mil, siendo las
dos y cincuenta y dos de la tarde, se publicó y registró la anterior sentencia
bajo el Nº 42.
La Secretaria.