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Caracas, veintisiete (27) de febrero de 2013
Años: 202º y 154º
Mediante oficio N° 2013-094 de fecha 18 de enero de 2013, el Juzgado Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui remitió a esta Sala el expediente contentivo de la solicitud de calificación de despido, reenganche y pago de salarios caídos, interpuesta por el ciudadano Deybis Rafael AGUIRRE CALCURIÁN (cédula de identidad N° 16.648.957), sin asistencia de abogado, contra el SERVICIO ADMINISTRATIVO DE IDENTIFICACIÓN Y EXTRANJERÍA (SAIME), adscrito al MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA RELACIONES INTERIORES Y JUSTICIA.
La remisión se efectuó en virtud de la consulta prevista en los artículos 59 y 62 del Código de Procedimiento Civil, por haber declarado el Tribunal remitente, en sentencia del 10 de enero de 2013, la falta de jurisdicción del Poder Judicial frente a la Administración Pública.
En fecha 05 de febrero de 2013 se dio cuenta en Sala y se designó ponente al Magistrado Emiro García Rosas, a los fines de decidir la consulta de jurisdicción.
Realizado el estudio de las actas procesales esta Sala Político-Administrativa observa que la parte accionante alegó que: “(…) El 12/07/2011, comen[zó] a prestar servicios personales para SAIME (…), desempeñando el cargo AGENTE DE CONTROL MIGRATORIO (…)” (sic).
Asimismo manifestó que “(…) en fecha 21/12/2012 (…) [fue] despedido (…) sin haber incurrido en falta alguna prevista en el artículo 79 de la Ley Orgánica del Trabajo, las Trabajadoras y Trabajadores (…)” (sic).
Por lo tanto, esta Sala, para resolver el tema referido a la jurisdicción, en aras de la tutela judicial efectiva y de conformidad con lo establecido en el artículo 39 de la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contencioso Administrativa, solicita al Director del Servicio Administrativo de Identificación, Migración y Extranjería (SAIME), informe si la relación que lo vinculó con el ciudadano Deybis Rafael AGUIRRE CALCURIÁN , era laboral o de empleo público. A tales fines se le concede un lapso de diez (10) días de despacho, contados a partir de que conste en autos la notificación. Así se establece.
Publíquese, regístrese y notifíquese. Cúmplase lo ordenado.
La Presidenta EVELYN MARRERO ORTÍZ
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El Vicepresidente -Ponente EMIRO GARCÍA ROSAS
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Las Magistradas,
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TRINA OMAIRA ZURITA
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MÓNICA MISTICCHIO TORTORELLA
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El Magistrado EMILIO RAMOS GONZÁLEZ
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La Secretaria, SOFÍA YAMILE GUZMÁN
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En veintisiete (27) de febrero del año dos mil trece, se publicó y registro el anterior auto para mejor proveer bajo el Nº 027.
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La Secretaria, SOFÍA YAMILE GUZMÁN
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