MAGISTRADO PONENTE: LEVIS IGNACIO ZERPA

Exp. N° 2001-0582

            Mediante escrito de fecha 27 de julio de 2001, la abogada Mairlen López Inojosa, actuando en su propio nombre interpuso recurso contencioso administrativo de nulidad contra el acto administrativo de fecha 15 de mayo de 2001, dictado por la COMISIÓN DE FUNCIONAMIENTO Y REESTRUCTURACIÓN DEL SISTEMA JUDICIAL, por el cual se le destituyó del cargo de Jueza de la Corte de Apelaciones del Estado Bolívar y Presidente del Circuito Judicial del mismo Estado.

Por auto del 01 de agosto de 2001, se ordenó oficiar a la Comisión de Funcionamiento y Reestructuración del Poder Judicial solicitando la remisión del expediente administrativo correspondiente, de conformidad con lo establecido en el artículo 123 de la Ley Orgánica de la Corte Suprema de Justicia.

En fecha 05 de noviembre de 2001, fue recibido el expediente administrativo solicitado y por auto del 07 de noviembre de 2001, se acordó agregarlo al expediente. En la misma fecha se acordó pasar el expediente al Juzgado de Sustanciación a los efectos de su admisión.

En fecha 06 de diciembre de 2001, el Juzgado de Sustanciación admitió cuanto ha lugar en derecho el recurso interpuesto; ordenó notificar al Fiscal General de la República y a la Procuradora General de la República así como librar el cartel a que se refiere el artículo 125 de la Ley Orgánica de la Corte Suprema de Justicia.

Practicadas las notificaciones ordenadas y transcurridos los lapsos de ley, en fecha 02 de abril de 2002 el Juzgado de Sustanciación libró el cartel a que se refiere el artículo 125 de la Ley Orgánica de la Corte Suprema de Justicia.

El Juzgado de Sustanciación por auto del 16 de mayo de 2002, ordenó practicar por Secretaría el cómputo de los días transcurridos desde el 02 de abril de 2002, fecha de expedición del cartel librado por el Juzgado de Sustanciación, exclusive, hasta el vencimiento de los quince (15) días consecutivos para la publicación de dicho cartel, inclusive. Practicado dicho cómputo, y en vista de que el cartel no fue retirado y por consiguiente no fue publicado ni consignado dentro de los quince días siguientes, se acordó remitir el expediente a la Sala para el pronunciamiento correspondiente.

Recibidos los autos en esta Sala, el 28 de mayo de 2002, se designó Ponente al Magistrado Levis Ignacio Zerpa.

Para decidir, esta Sala observa:

I

MOTIVACIÓN

 

Dispone el artículo 125 de la Ley Orgánica de la Corte Suprema de Justicia:

                   “En el auto de admisión el Tribunal ordenará notificar al Fiscal General de la República y también al Procurador General de la República, caso de que la intervención de éste en el procedimiento fuere requerida teniendo en cuenta la naturaleza del acto. Cuando lo juzgue procedente, el Tribunal podrá disponer también que se emplace a los interesados mediante un cartel que será publicado en uno de los periódicos de mayor circulación de la ciudad de Caracas, para que concurran a darse por citados  dentro de las diez audiencias siguientes a la fecha de publicación de aquél. Un ejemplar del periódico donde fuere publicado el cartel será consignado dentro de los quince días consecutivos siguientes a la fecha en la que aquél hubiere sido expedido y de no hacerlo dentro de dicho término, la Corte declarará desistido el recurso y ordenará archivar el expediente, a menos que alguno de los interesados se diere por citado y consignare el ejemplar de periódico donde hubiere sido publicado el cartel.” (negrillas de la Sala).

            En el caso de autos ha quedado plenamente comprobado que en el lapso a que se refiere la norma transcrita, el recurrente no consignó la publicación del cartel expedido por el Juzgado de Sustanciación en fecha 02 de abril de 2002, según consta en la certificación que cursa en el expediente.

            Por tanto, resulta forzoso para esta Sala concluir que la recurrente desistió tácitamente del recurso en cuestión y así se declara.

II

DECISIÓN

 

Por las razones antes expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia en Sala Político-Administrativa, administrando justicia, en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara DESISTIDO el recurso de nulidad interpuesto por la abogada MAIRLEN LÓPEZ INOJOSA, contra el acto administrativo de fecha 15 de mayo de 2001, dictado por la COMISIÓN DE FUNCIONAMIENTO Y REESTRUCTURACIÓN DEL SISTEMA JUDICIAL.

Publíquese, regístrese y comuníquese. Archívese el expediente judicial y devuélvase el administrativo. Cúmplase lo ordenado.

Dada, firmada y sellada en el Salón de Despacho de la Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia, en Caracas a los veintisiete (27) días del mes de junio de 2002.-  Años: 192º de la Independencia y 143º de la Federación.-

   El Presidente Ponente,

 

LEVIS IGNACIO ZERPA

El Vicepresidente,

 

HADEL MOSTAFÁ PAOLINI

YOLANDA JAIMES GUERRERO

                    Magistrada   

La Secretaria,

 

ANAÍS MEJÍA CALZADILLA

Exp. Nº 2001-0582

LIZ/lmb.-

En dos (02) de julio del año dos mil dos, se publicó y registró la anterior sentencia bajo el Nº 00913.