Caracas,  once (11)  de  junio de 2013

203º y 154º

 

Mediante Oficio N° 075/2011 del 4 de febrero de 2011, el Tribunal Superior Cuarto de lo Contencioso Tributario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, remitió el expediente N° AP41-2009-000551, en virtud del recurso de apelación ejercido en fecha 31 de enero de 2011, por la abogada Aileen Perdomo, inscrita en el INPREABOGADO bajo el N° 130.507, actuando como apoderada judicial de la sociedad mercantil TRANSPORTE AMAZONAIR, C.A., inscrita por ante el Registro Mercantil Segundo de la Circunscripción Judicial del entonces Distrito Federal y Estado Miranda bajo el N° 9, Tomo 5-A Segundo, de fecha 4 de abril de 1988; representación que consta en poder apud acta que cursa en el folio 21 del expediente judicial.

El recurso de apelación se ejerció contra la sentencia N° 091/2010 dictada por el prenombrado Tribunal en fecha 29 de noviembre de 2010, que declaró sin lugar el recurso contencioso tributario interpuesto por la referida contribuyente en fecha 15 de octubre de 2009, contra la Resolución N° SNAT/GGSJ/GR/DRAAT/2009/0634 dictada el 6 de julio de 2009 por la Gerencia General de Servicios Jurídicos del Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (SENIAT), que declaró inadmisible por extemporáneo, el recurso jerárquico interpuesto por la aludida sociedad mercantil contra la Resolución de Multa N° SNAT/INA/APAMAI/AAJ/2007/225/0087777 del 31 de octubre de 2007, emanada de la Gerencia de la Aduana Principal Aérea de Maiquetía del Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (SENIAT), en virtud de la cual se impuso a la contribuyente una sanción por la cantidad actual de tres millones cincuenta y tres mil ochenta bolívares con ochenta y ocho céntimos (Bs. 3.053.080,88), conforme a lo dispuesto en el artículo 118 de la Ley Orgánica de Aduanas de 1999, por no haber reexpedido o nacionalizado la mercancía en el lapso autorizado, según el permiso de admisión temporal otorgado en fecha 5 de agosto de 2005.

 El 15 de febrero de 2011, se dio cuenta en Sala, ordenándose aplicar el procedimiento de segunda instancia previsto en el artículo 92 de la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contencioso Administrativa. Asimismo, se designó ponente al Magistrado Levis Ignacio Zerpa y se fijó el lapso de diez (10) días de despacho para fundamentar la apelación.   

En fecha 10 de marzo de 2011, compareció el abogado Andrés Gazsó, inscrito en el INPREABOGADO bajo el N° 48.367, actuando con el carácter de apoderado judicial de la sociedad mercantil apelante, representación que consta según documento poder que cursa en los folios 14 al 17 del expediente judicial y presentó el escrito de fundamentación de la apelación.

El 24 de marzo de 2011, acudió la abogada Adda Almanzar, inscrita en el INPREABOGADO bajo el N° 68.313, actuando con el carácter de sustituta de la entonces Procuradora General de la República, en representación del Fisco Nacional, según poder que cursa en los folios 648 al 653 del expediente judicial, y consignó escrito de contestación a los fundamentos de la apelación de la contribuyente.

Por auto de la misma fecha, esto es, el  24 de marzo de 2011, se dejó constancia que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 93 de la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contencioso Administrativa, al encontrarse vencido el lapso de contestación de la apelación, la causa entró en estado de sentencia.

Vista la incorporación de la abogada Mónica Misticchio Tortorella, como Magistrada Suplente de la Sala Político-Administrativa, en fecha 16 de enero de 2012, la Sala quedó integrada de la manera siguiente: Presidenta, Magistrada Evelyn Marrero Ortíz; Vicepresidenta, Magistrada Yolanda Jaimes Guerrero, el Magistrado Emiro García Rosas y las Magistradas Trina Omaira Zurita y Mónica Misticchio Tortorella. Asimismo se reasignó la ponencia a la Magistrada Mónica Misticchio Tortorella.

Mediante diligencia consignada el 7 de agosto de 2012, la representación judicial de la parte actora solicitó se dicte sentencia en la presente causa.

Por acuerdo de fecha 15 de enero de 2013, debido a la incorporación del Magistrado Suplente Emilio Ramos González el 14 del mismo mes y año, se  reconstituyó la Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia, quedando conformada de la manera siguiente: Presidenta, Magistrada Evelyn Marrero Ortíz; Vicepresidente, Magistrado Emiro García Rosas; las Magistradas Trina Omaira Zurita y Mónica Misticchio Tortorella y el Magistrado Emilio Ramos González.

El 8 de mayo de 2013 fue electa la Junta Directiva de este Supremo Tribunal, de conformidad con lo previsto en el artículo 20 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, quedando integrada esta Sala de la siguiente manera: Presidente, Magistrado Emiro García Rosas; Vicepresidenta, Magistrada Evelyn Marrero Ortíz; las Magistradas Trina Omaira Zurita y Mónica Misticchio Tortorella y el Magistrado Emilio Ramos González.

En fecha 5 de junio de 2013 se incorporó a esta Sala, previa convocatoria, la Tercera Suplente Magistrada María Carolina Ameliach, en sustitución temporal de la Magistrada Trina Omaira Zurita.

Ahora bien, correspondería a esta Alzada decidir la apelación ejercida por la representación judicial de la sociedad mercantil Transporte Amazonair C.A., sin embargo esta Sala Político-Administrativa advierte que si bien el apoderado judicial del Fisco Nacional consignó el expediente administrativo relacionado con el asunto debatido, en el mismo no se encuentra el recurso jerárquico ejercido en fecha 2 de diciembre de 2008 por ante la Gerencia General de Servicios Jurídicos del Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (SENIAT).

 Siendo así, en aras de emitir un pronunciamiento ajustado a derecho y de conformidad con lo previsto en el artículo 39 de la vigente Ley Orgánica de la Jurisdicción Contencioso Administrativa, se dicta auto para mejor proveer con el objeto de solicitarle a la sociedad de comercio Transporte Amazonair C.A., que consigne en esta Sala el expediente judicial la copia de dicho recurso debidamente sellada por la Administración Tributaria, para lo cual se le concede un lapso de diez (10) días de despacho, contados a partir de la fecha en que conste en autos su notificación.

Publíquese, regístrese y notifíquese. Cúmplase lo ordenado.  

 

El Presidente

EMIRO GARCÍA ROSAS

 

 

 

 

 

 

 

 

La Vicepresidenta

EVELYN MARRERO ORTÍZ

 

 

La Magistrada

MÓNICA MISTICCHIO

TORTORELLA

Ponente

 

 

 

 

 

 

 

 

El Magistrado

EMILIO RAMOS GONZÁLEZ

 

 

La Magistrada

MARÍA CAROLINA AMELIACH VILLARROEL

 

 

 

 

 

 

La Secretaria,

SOFÍA YAMILE GUZMÁN

 

 

 

 

En doce (12) de junio del año dos mil trece, se publicó y registro el anterior auto para mejor proveer bajo el  Nº 089.

 

 

 

La Secretaria,

SOFÍA YAMILE GUZMÁN