Magistrado Ponente: ALFREDO MORLES HERNÁNDEZ

Exp. 16509

SALA ACCIDENTAL

            Con fecha 6 de octubre de 1999, la ciudadana María Karenia Fernández Hernández, venezolana, mayor de edad, abogada, titular de la Cédula de Identidad Nº 8.851.538, asistida por el abogado Gustavo Briceño Vivas, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 13.658, propuso recurso contencioso-administrativo de nulidad contra el acto administrativo de efectos particulares dictado por el Tribunal Disciplinario del Consejo de la Judicatura con fecha 14 de enero de 1999 y publicado en la Gaceta Oficial de la República de Venezuela Nº 5.322 Extraordinario de 9 de abril de 1999, acto por medio del cual fue sancionada con destitución de su cargo de Juez Provisorio del Juzgado del Municipio Salom del Distrito Roscio del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, en virtud de haber incurrido en la falta prevista en el artículo 44 ordinal 10º de la Ley de Carrera Judicial.

            El 23 de febrero de 2000, el Juzgado de Sustanciación admitió el recurso; ordenó la notificación del Fiscal General de la República, del Procurador General de la República y de la Comisión de Funcionamiento y Reestructuración del Poder Judicial; acordó solicitar a este último organismo el expediente administrativo relacionado con el presente juicio; y ordenó librar el cartel al cual se refiere el artículo 125 de la Ley Orgánica de la Corte Suprema de Justicia. El expediente administrativo de la recurrente fue recibido en esta Sala y se ordenó formar con él piezas separadas el 29 de febrero de 2000.

            Con fecha 8 de marzo de 2000 fueron librados oficios de notificación al Procurador General de la República, al Fiscal General de la República y al Presidente de la Comisión de Funcionamiento y Reestructuración del Sistema Judicial; el 16 de mayo de 2000 se libró el cartel a que se refiere el artículo 125 de la Ley Orgánica de la Corte Suprema de Justicia, el cual fue retirado por el abogado Jesús Mariotto Ortiz en su condición de apoderado judicial de la recurrente el 30 de mayo de 2000; el mismo apoderado consignó el 6 de junio de 2000 un ejemplar del diario Ultimas Noticias de 2 de junio de 2000, en el cual aparece publicado el cartel; el 4 de julio de 2000, el abogado Gustavo Briceño Vivas, apoderado de la recurrente, consignó escrito de promoción de pruebas, las cuales fueron admitidas el 4 de octubre de 2000.  En esa misma fecha, el Juzgado de Sustanciación acordó pasar las actuaciones a la Sala; el 11 de octubre de 2000 se dejó constancia del cambio de estructura y denominación del Máximo Tribunal y de la juramentación y toma de posesión de los nuevos Magistrados de la Sala Político-Administrativa: Carlos Escarrá Malavé (Presidente), José Rafael Tinoco (Vicepresidente)  y Levis Ignacio Zerpa. Se ordenó en la misma fecha la continuación de la causa y por auto separado se designó Ponente al Magistrado Carlos Escarrá Malavé; el 9 de noviembre de 2000 tuvo lugar el acto de informes, oportunidad en la cual la abogada Ada Violeta Ramos Oliveros, en su condición de apoderada judicial de la Comisión de Funcionamiento y Reestructuración del Sistema Judicial, presentó escrito de informes. Antes, el 2 de noviembre de 2000 había consignado escrito de informes el abogado Jesús Manuel Mariotto, en su condición de apoderado judicial de la recurrente; el 16 de enero de 2001 se incorporaron al Tribunal Supremo de Justicia los Magistrados Hadel Mostafá Paolini y Yolanda Jaimes Guerrero y fue ratificado el Magistrado Levis Ignacio Zerpa, quienes se juramentaron el 26 de diciembre de 2000 ante la Asamblea Nacional. La Sala Político-Administrativa quedó integrada así: Presidente, Levis Ignacio Zerpa; Vicepresidente, Hadel Mostafá Paolini; Magistrado, Yolanda Jaimes Guerrero. Se asignó la Ponencia a la Magistrada Yolanda Jaimes Guerrero; el mismo día 16 de enero de 2001 se dijo “Vistos”; el 16 de febrero de 2001 se inhibió la Magistrada Yolanda Guerrero, inhibición que fue declarada con lugar el 13 de marzo de 2001, ordenándose la convocatoria del respectivo suplente o conjuez; el 28 de marzo de 2001 fue convocado el Dr. Humberto Briceño León, Primer Suplente, quien se excusó por medio de comunicación de 4 de mayo de 2001; por oficio de 10 de mayo de 2001 fue convocado el Primer Conjuez, Dr. Alfredo Morles Hernández, quien aceptó la convocatoria mediante comunicación de 18 de mayo de 2001; el 12 de junio de 2001 se constituyó la Sala Político-Administrativa Accidental para conocer de este asunto, la cual quedó integrada así: Presidente, Magistrado Levis Ignacio Zerpa; Vicepresidente, Magistrado Hadel Mostafá Paolini; Magistrado Conjuez, Alfredo Morles Hernández. Se designó Ponente al Magistrado que con tal carácter suscribe el presente fallo.

I

MOTIVACIÓN

            En el escrito de informes presentado por la abogada Ada Violeta Ramos Oliveros, en su condición de apoderada judicial de la Comisión de  Funcionamiento y Reestructuración del Sistema Judicial, organismo que sucedió al Consejo de la Judicatura en la función disciplinaria de los Jueces, la referida abogada planteó como punto previo que se declarara desistido el recurso propuesto por la ciudadana María Karenia Fernández Hernández, atendiendo al contenido del artículo 125 de la Ley de la Corte Suprema de Justicia, el cual es del tenor siguiente:

“En el auto de admisión el Tribunal ordenará notificar al Fiscal General de la República y también al Procurador General de la República, caso de que la intervención de éste en el procedimiento fuere requerida teniendo en cuenta la naturaleza del acto. Cuando lo juzgue procedente, el Tribunal podrá disponer también que se emplace a los interesados mediante un cartel que será publicado en uno de los periódicos de mayor circulación de la ciudad de Caracas, para que concurran a darse por citados dentro de las diez audiencias siguientes a la fecha de publicación de aquél. Un ejemplar del periódico donde fuere publicado el cartel será consignado por el recurrente dentro de los quince días consecutivos siguientes a la fecha en la que aquél hubiere sido expedido y de no hacerlo dentro de dicho término, la Corte declarará desistido el recurso y ordenará archivar el expediente, a menos que alguno de los interesados se diere por citado y consignare el ejemplar del periódico donde hubiere sido publicado el cartel.”

            Señaló la apoderada de la Comisión que el 16 de mayo de 2000 se libró el cartel de emplazamiento, cuya publicación en prensa fue consignada por el apoderado judicial de la recurrente en fecha 6 de junio de 2000, esto es, veintidós (22) días después de su expedición, lapso este que supera al de quince (15) días consecutivos siguientes previstos en la mencionada norma.

Observa esta Sala que, en efecto, habiendo sido expedido el cartel el día 16 de mayo de 2000, el término para la consignación del periódico en que aquél fue publicado venció el día 31 de mayo de 2000. Como el ejemplar del periódico –de fecha 2 de junio de 2000- fue consignado el día 6 de junio de 2000, evidentemente la consignación ocurrió fuera del lapso legal, así como también la publicación había sido hecha extemporáneamente. Procede, por lo tanto, pronunciar el desistimiento invocado. Así se declara.

II

DECISIÓN

Por las consideraciones expuestas, esta Sala Político Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia  en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara DESISTIDO el recurso contencioso de nulidad incoado por la ciudadana MARIA KARENIA FERNÁNDEZ contra el acto administrativo de efectos particulares dictado por el Tribunal  Disciplinario del Consejo de la Judicatura.

            Publíquese, regístrese y comuníquese.  Archívese el expediente judicial y devuélvase el administrativo.

            Dada, firmada y sellada en el Salón de Despacho de la Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia, en Caracas a los 01 días del mes de noviembre del año dos mil uno. Años: 191º de la Independencia y 142º de la Federación.                                             

        El  Presidente

 

LEVIS IGNACIO ZERPA

El  Vicepresidente,

 

     HADEL MOSTAFÁ PAOLINI

ALFREDO MORLES HENÁNDEZ

               Conjuez Ponente

La Secretaria,

 

ANAÍS MEJÍA CALZADILLA

Exp. Nº 16509

AMH/LIZ/ lj.

En seis (06) de noviembre del año dos mil uno, se publicó y registró la anterior sentencia bajo el Nº 02517.