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Magistrado Ponente: EMIRO GARCÍA ROSAS
Exp. Nº 2011-0902
A través de sentencia N° 1.275 del 26 de julio de 2011 la Sala Constitucional de este Alto Tribunal declaró su incompetencia y declinó el conocimiento del presente caso en esta Sala.
El 20 de septiembre de 2011 se dio cuenta en Sala y se designó ponente al Magistrado Levis Ignacio Zerpa.
Mediante sentencia N° 1.352 del 19 de octubre de 2011 esta Sala aceptó su competencia.
En fecha 8 de noviembre de 2011 el Juzgado de Sustanciación admitió el recurso de nulidad, ordenó notificar a la Fiscala General de la República, a la Procuradora General de la República y a la Contralora General de la República, y librar el cartel de emplazamiento a que hace referencia el artículo 80 de la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contencioso Administrativa.
Los días 2 y 16 de enero, y 3 de febrero de 2012 se practicaron las notificaciones ordenadas.
El 8 de febrero de 2012 se libró el cartel de emplazamiento a los terceros interesados, el cual fue retirado y consignada su publicación por el abogado José Antonio PAIVA JIMÉNEZ (antes identificado).
Por auto del 20 de marzo de 2012 se dejó constancia de la incorporación de la abogada Mónica Misticchio Tortorella, en fecha 16 de enero de 2012 como Magistrada Suplente, quedando la Sala integrada de la siguiente manera: Presidenta, Magistrada Evelyn Marrero Ortíz; Vicepresidenta, Magistrada Yolanda Jaimes Guerrero; el Magistrado Emiro García Rosas y las Magistradas Trina Omaira Zurita y Mónica Misticchio Tortorella. Asimismo, se ordenó la continuación de la causa.
En la misma fecha se dio cuenta en Sala, se reasignó la ponencia a la Magistrada Mónica Misticchio Tortorella, y se fijó la oportunidad para la audiencia de juicio.
El 22 de marzo de 2012 el abogado Carlos Luis MENDOZA GUYÓN (INPREABOGADO N° 101.960), actuando como representante de la Contraloría General de la República, consignó instrumento que acredita su representación.
En fecha 27 de marzo de 2012 la Magistrada Mónica Misticchio Tortorella manifestó su voluntad de inhibirse del conocimiento de la presente causa de conformidad con lo dispuesto en el numeral 6 del artículo 42 de la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contencioso Administrativa, la cual fue declarada procedente el 17 de abril de 2012.
El 26 de junio de 2012 se constituyó la Sala Político Administrativa Accidental, la cual quedó integrada como sigue: Presidenta, Magistrada Evelyn Marrero Ortíz; Vicepresidenta, Magistrada Yolanda Jaimes Guerrero; Magistrado Emiro García Rosas, Magistrada Trina Omaira Zurita y Magistrado Suplente Emilio Ramos González. En igual fecha se reasignó la ponencia al Magistrado Emiro García Rosas.
En fecha 28 de junio de 2012 se fijó nueva fecha para la realización de la audiencia de juicio.
El 25 de julio de 2012 el abogado Yanell Enrique GARCÍA QUIROZ (INPREABOGADO N° 110.650), actuando como representante de la Contraloría General de la República, consignó instrumento que acredita su representación.
En fecha 26 de julio de 2012, en la oportunidad fijada para que tuviera lugar la audiencia de juicio, se dejó constancia de la no comparecencia de la parte actora. Asimismo se ordenó remitir el expediente al ponente designado de conformidad con lo previsto en el primer aparte del artículo 82 de la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contencioso Administrativo.
En igual fecha, la abogada Eliany del Carmen DÍAZ (INPREABOGADO N° 156.522), actuando como representante de la Contraloría General de la República, manifestó que “…Visto que la parte actora no asistió a la Audiencia de Juicio fijada para el día de hoy, solicito (…) se declare el desistimiento del procedimiento en la presente causa, de conformidad con lo previsto en el artículo 82 de la Ley Orgánica de Jurisdicción Contencioso Administrativa…”.
I
ANÁLISIS DE LA SITUACIÓN
Corresponde a la Sala pronunciarse sobre la falta de comparecencia de la ciudadana Ligia Farides CRESPO MOLINA a la audiencia de juicio y sus efectos, en el recurso de nulidad incoado contra la Circular N° 01-00-000325 de fecha 12 de mayo de 2010, emitida por el Contralor General de la República.
Al respecto el artículo 82 de la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contencioso Administrativa prevé:
“Artículo 82.- Verificadas las notificaciones ordenadas y cuando conste en autos la publicación del cartel de emplazamiento, el tribunal, dentro de los cinco días de despacho siguientes, fijará la oportunidad para la audiencia de juicio, a la cual deberán concurrir las partes y los interesados. La audiencia será celebrada dentro de los veinte días de despacho siguientes.
Si el demandante no asistiera a la audiencia se entenderá desistido el procedimiento.
En los tribunales colegiados en esta misma oportunidad, se designará ponente” (negrillas de la Sala).
Como puede observarse la norma transcrita establece la asistencia a la audiencia de juicio como una carga procesal de la parte accionante, sancionando con el desistimiento su falta de comparecencia a dicho acto.
En el presente caso se fijó la audiencia de juicio para el 26 de julio de 2012, a las 10:20 a.m, y llegada la hora y fecha establecida para dicha audiencia, se dejó constancia de la no comparecencia de la parte actora.
De lo expuesto se deriva que la accionante no cumplió con la carga procesal de asistir a la audiencia de juicio previamente fijada, motivo por el que, de conformidad con lo dispuesto en el primer aparte del artículo 82 de la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contencioso Administrativa, se declara desistido el procedimiento. Así se determina.
II
DECISIÓN
Atendiendo a los precedentes razonamientos, esta Sala Político-Administrativa Accidental del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara DESISTIDO el procedimiento en la presente causa.
Publíquese, regístrese y comuníquese. Devuélvase el expediente administrativo y archívese el judicial. Cúmplase lo ordenado.
Dada, firmada y sellada en el Salón de Despacho de la Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia, en Caracas, a los once (11) días del mes de octubre del año dos mil doce (2012). Años 202º de la Independencia y 153º de la Federación.
La Presidenta EVELYN MARRERO ORTÍZ
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La Vicepresidenta YOLANDA JAIMES GUERRERO
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El Magistrado EMIRO GARCÍA ROSAS Ponente |
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Las Magistradas,
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TRINA OMAIRA ZURITA
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EMILIO RAMOS GONZÁLEZ Magistrado Suplente
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La Secretaria, SOFÍA YAMILE GUZMÁN
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En once (11) de octubre del año dos mil doce, se publicó y registró la anterior sentencia bajo el Nº 01188.
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La Secretaria, SOFÍA YAMILE GUZMÁN
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