Caracas,  veintidós (22)  de  octubre de  2013

Años 203º y 154º

 

Mediante oficio Nº 9.303 de fecha 21 de julio de 2011, recibido en esta Sala el 12 de agosto del referido año, el Tribunal Superior Noveno de lo Contencioso Tributario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas remitió el expediente Nº AF49-U-1999-000044 (de su nomenclatura), contentivo de la apelación interpuesta en fecha 20 de julio de 2011 por la abogada María Flor SEQUERA (INPREABOGADO N° 64.132), actuando como sustituta de la Procuradora General de la República, en representación del FISCO NACIONAL.

El mencionado recurso se interpuso contra la sentencia N° 079/2009 dictada por el aludido tribunal en fecha 6 de julio de 2009, que declaró parcialmente con lugar el recurso contencioso tributario incoado el 27 de agosto de 1999 por los abogados Rodolfo PLAZ ABREU, Lionel RODRÍGUEZ ÁLVAREZ y Alejandro RAMÍREZ VAN DER VELDE (Números 12.870, 12.481 y 48.453 del INPREABOGADO), actuando como apoderados judiciales de la sociedad mercantil CHRYSLER MOTORS DE VENEZUELA S.A. (originalmente constituida bajo la denominación WILLYS DE VENEZUELA S.A., según consta de documento inserto ante el Registro Mercantil de la Circunscripción Judicial del -antes denominado- Distrito Federal (hoy Distrito Capital) y Estado Bolivariano de Miranda el 29 de octubre de 1962, bajo el N° 87, Tomo 30-A, domiciliada posteriormente en la ciudad de Valencia del Estado Carabobo, conforme a documento inscrito ante el Registro Mercantil de la Circunscripción Judicial del aludido Estado, en fecha 27 de junio de 1983, bajo el N° 48, Tomo 146-C.), contra las Resoluciones Culminatorias del Sumario Administrativo Nros. RCE-DSA-540-99-000066 del 27 de julio de 1999 (impuesto sobre la renta) y RCE-DSA-540-99-000067 del 28 de julio de 1999 (impuesto a los activos empresariales), notificadas el 29 del referido mes y el mismo año, dictadas por la DIVISIÓN DE SUMARIO ADMINISTRATIVO DE LA GERENCIA REGIONAL DE TRIBUTOS INTERNOS DE LA REGIÓN CENTRAL DEL (antes denominado) SERVICIO NACIONAL INTEGRADO DE ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA (SENIAT), del Ministerio de Hacienda (hoy del Ministerio del Poder Popular de Finanzas), por concepto de impuestos, multa e intereses moratorios, por la cantidad total -en moneda actual- de ciento cincuenta y cuatro mil ochocientos sesenta y cuatro bolívares con treinta y ocho céntimos (Bs. 154.864,38).

Por auto del 20 de septiembre de 2011 se dio cuenta en Sala, se ordenó aplicar el procedimiento de segunda instancia previsto en el artículo 92 de la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contencioso Administrativa, se designó ponente al Magistrado Emiro García Rosas y se fijó un lapso de diez (10) días de despacho para fundamentar la apelación.

En fecha 2 de febrero de 2012 esta Sala Político-Administrativa publicó auto para mejor proveer Nº 019 en el que acordó “…solicitar al Gerente Regional de Tributos Internos de la Región Central del SENIAT, la remisión del expediente administrativo”.

Consta en el expediente que la notificación efectuada al Gerente Regional de la Región Central del aludido ente fiscal fue consignada el 16 de julio de 2013, y que por diligencia del 25 de del mismo mes y año, el abogado Rodolfo A. FUENTES B. (INPREABOGADO N° 140.594), actuando como sustituto de la otrora Procuradora General de la República, en representación del Fisco Nacional y, estando dentro del lapso acordado, solicitó …una prórroga a los efectos de dar cumplimiento al mandato judicial…”.

Considera la Sala que la petición formulada no es contraria a derecho, motivo por el cual ACUERDA la prórroga solicitada y le concede al Gerente Regional de Tributos Internos de la Región Central del SENIAT, un lapso de dos (2) días continuos (término de la distancia), más diez (10) días de despacho, contados a partir de la notificación de las partes, para consignar el expediente administrativo.

Publíquese, regístrese y notifíquese. Cúmplase lo ordenado.

 

El Presidente - Ponente

EMIRO GARCÍA ROSAS

 

 

 

 

 

 

 

 

La Vicepresidenta

EVELYN MARRERO ORTÍZ

 

 

 

Las Magistradas

 

 

TRINA OMAIRA ZURITA

 

 

 

 

 

 

 

 

 

MÓNICA MISTICCHIO

TORTORELLA

 

El Magistrado

EMILIO RAMOS GONZÁLEZ

 

 

 

 

La Secretaria,

SOFÍA YAMILE GUZMÁN

 

 

 

En veintitrés (23) de octubre del año dos mil trece, se publicó y registró el anterior auto para mejor proveer bajo el Nº 143, el cual no está firmado por la Magistrada Evelyn Marrero Ortíz, por motivos justificados.

 

 

 

 La Secretaria,

SOFÍA YAMILE GUZMÁN