Caracas, 10 de octubre de 2000

190º y 141º.

 

SE HACE SABER:

 

A todos los interesados en el juicio de del recurso de amparo en contra de la aplicación del artículo 65 del Reglamento de la Ley de Empresas de Seguros y Reaseguros; así como de la providencia normativa emanada de la Superintendencia de Seguros, adscrita al Ministerio de Hacienda en fecha 23 de diciembre de 1999, bajo el Nº 99-2-2-2924, y además, solicitan nulidad del parágrafo cuarto del artículo 58, de la Ley de Empresas de Seguros y Reaseguros, conjuntamente con nulidad parcial del artículo 65 del Reglamento de la Ley de Empresas de Seguros y Reaseguros, intentado por los abogados ZULLY DE AMORIN  y JAVIER JOSE NOGUERA NIEVES,  el segundo actuando en nombre propio y ambos en representación de los ciudadanos LILA BEATRIZ GUERRA DE HERNANDEZ, FREDDY GIRON DIAZ, TERESA AGRELA PITA ALVARO NEL PICO, GLAUCO MIGUEL ZAPELLI VILLEGAS,WILFREDO MARIO HERNANDEZ, DOUGLAS RICARDO ALVARADO VELASQUEZ, ANGEL MARIA COLMENARES PATIÑO, NELLIS ADELA CITERIO ALVAREZ, TIBISAY MORENO MARTINEZ, ALCIRA ELENA MALDONADO DUEÑAS, JOSE PASTOR ASCANIO HERES, ALFREDO ENRIQUE TROCONIS PACHECO, GUSTAVO ADOLFO SILVEIRA MARTINEZ, VICTOR CECILIO CASTILLO GARBAN., que deben comparecer por ante este Tribunal Supremo de Justicia en Sala Constitucional, a darse por citados en el presente juicio, a partir de la fecha de publicación de este Cartel hasta la oportunidad en que tenga lugar el acto de informes, todo de conformidad a lo establecido en el artículo 116 de Ley Orgánica de la Corte Suprema de Justicia.

 

El Presidente,

 

 

IVAN RINCON URDANETA

 

                                                                El Secretario,

 

 

                                                            JOSE LEONARDO REQUENA C.

Exp. Nº 00-2018.

IRU/JLRC/IBA/yr.