Caracas, 10 de octubre de 2000
190º y 141º.
SE HACE SABER:
A todos los interesados en el juicio de del recurso de amparo en contra de la aplicación del
artículo 65 del Reglamento de la Ley de Empresas de Seguros y Reaseguros; así
como de la providencia normativa emanada de la Superintendencia de Seguros,
adscrita al Ministerio de Hacienda en fecha 23 de diciembre de 1999, bajo el Nº
99-2-2-2924, y además, solicitan nulidad del parágrafo cuarto del artículo 58,
de la Ley de Empresas de Seguros y Reaseguros, conjuntamente con nulidad
parcial del artículo 65 del Reglamento de la Ley de Empresas de Seguros y
Reaseguros, intentado
por los abogados ZULLY DE AMORIN y
JAVIER JOSE NOGUERA NIEVES, el segundo
actuando en nombre propio y ambos en representación de los ciudadanos LILA
BEATRIZ GUERRA DE
HERNANDEZ, FREDDY GIRON DIAZ, TERESA AGRELA PITA ALVARO NEL PICO,
GLAUCO MIGUEL ZAPELLI VILLEGAS,WILFREDO MARIO HERNANDEZ, DOUGLAS RICARDO
ALVARADO VELASQUEZ, ANGEL MARIA COLMENARES PATIÑO, NELLIS ADELA CITERIO
ALVAREZ, TIBISAY MORENO MARTINEZ, ALCIRA ELENA MALDONADO DUEÑAS, JOSE PASTOR
ASCANIO HERES, ALFREDO ENRIQUE TROCONIS PACHECO, GUSTAVO ADOLFO SILVEIRA
MARTINEZ, VICTOR CECILIO CASTILLO GARBAN., que deben comparecer por ante este
Tribunal Supremo de Justicia en Sala Constitucional, a darse por citados en el
presente juicio, a partir de la fecha de publicación de este Cartel hasta la
oportunidad en que tenga lugar el acto de informes, todo de conformidad a lo
establecido en el artículo 116 de Ley Orgánica de la Corte Suprema de Justicia.
El Presidente,
IVAN RINCON
URDANETA
El Secretario,
JOSE LEONARDO REQUENA C.
Exp. Nº 00-2018.
IRU/JLRC/IBA/yr.