Caracas, 3 de diciembre de 2002

192º y 143º

 

   SE HACE SABER:

 

A  todos  los  interesados  en  el  recurso de nulidad interpuesto en fecha 28.5.02, por ANA MARISELA MENDES DE BRANDT y MIRLIA ALVAREZ ULACIO,  actuando la primera de las nombradas con el carácter de Procuradora General de Estado Lara y la segunda en su condición de abogado auxiliar de la Procuraduría General del mismo Estado, contra el acto administrativo de efecto generales contenido en el artículo 9° de la Resolución N° 0180, de fecha 29.4.99, dictado por el Ministerio de Trabajo, mediante la cual se fija salario mínimo mensual para el calculo de las cotizaciones de Seguridad Social en la cantidad de noventa mil bolívares (Bs. 90.000,00), que deben comparecer por ante este Supremo Tribunal, dentro del lapso de sesenta (60) días continuos, siguientes a la fecha de la publicación de este cartel, a fin de que se den por citados en el referido juicio e igualmente para que promuevan y evacuen las pruebas que consideren pertinentes, conforme a lo establecido en los artículos 116 y 117 de la Ley Orgánica de la Corte Suprema de Justicia.

 

         La Juez,

 

 

María Luisa Acuña L.                                         La Secretaria,

                                    

 

                                                                 Noemí del Valle Andrade

Exp. AA40-A-2002-000453