192º y 143º
SE HACE SABER:
A todos
los interesados en
el recurso de nulidad
interpuesto en fecha 28.5.02, por ANA
MARISELA MENDES DE BRANDT y MIRLIA ALVAREZ ULACIO, actuando la primera de las nombradas con el
carácter de Procuradora General de Estado Lara y la segunda en su condición de
abogado auxiliar de la Procuraduría General del mismo Estado, contra el acto
administrativo de efecto generales contenido en el artículo 9° de la Resolución
N° 0180, de fecha 29.4.99, dictado por el Ministerio de Trabajo,
mediante la cual se fija salario mínimo mensual para el calculo de las
cotizaciones de Seguridad Social en la cantidad de noventa mil bolívares (Bs.
90.000,00), que deben comparecer por
ante este Supremo Tribunal, dentro del lapso de sesenta (60) días continuos,
siguientes a la fecha de la publicación de este cartel, a fin de que se den por
citados en el referido juicio e igualmente para que promuevan y evacuen las
pruebas que consideren pertinentes, conforme a lo establecido en los artículos
116 y 117 de la Ley Orgánica de la Corte Suprema de Justicia.
La Juez,
María Luisa Acuña L. La Secretaria,
Noemí del
Valle Andrade
Exp. AA40-A-2002-000453