Caracas, 6 de marzo de 2002

191º y 143º

 

SE HACE SABER:

 

A todos los interesados en el recurso de nulidad interpuesto en fecha 14.8.01, por Responsable de Venezuela C.A., contra el acto administrativo contenido en la Resolución N° 392, de fecha 20.7.00, dictada por el Ministro de la Producción y el Comercio, mediante la cual declaró inadmisible el recurso jerárquico interpuesto por el apoderado de la recurrente contra la decisión dictada en fecha 14.12.99, por el Instituto para la Defensa y Educación del Consumidor y del Usuario (INDECU), que declaró sin lugar el recurso de reconsideración incoado contra la decisión emitida en fecha 23.2.99, por la Sala de Sustanciación del mencionado organismo, en consecuencia, confirmó en todas sus partes la decisión emanada del INDECU mediante la cual impuso multa por la cantidad de dos millones de bolívares (2.000.000,00) a la empresa accionante, que deben comparecer por ante este Supremo Tribunal dentro del lapso de diez (10) días de despacho, siguientes a la fecha de publicación de este cartel, a fin de que se den por citados en el referido juicio conforme a lo dispuesto en el artículo 125 de la Ley Orgánica de la Corte Suprema de Justicia.

       La Juez,

 

María Luisa Acuña L.

                                                                     La Secretaria Interina,

 

Noemi del Valle Andrade

 

Exp. Nº AA40-A-2001-000642