Caracas, 6 de marzo de 2003

192° y 144°

 

SE HACE SABER:

 

A todos los interesados en el recurso de nulidad interpuesto en  fecha 10.9.02, por  la  sociedad mercantil CONSTRUCTORA ARQUINPRO C.A., contra la Resolución N° 006 de fecha 13.2.02, notificada el 13.3.02, dictada por el ciudadano Ministro de Infraestructura, mediante la cual declaró inadmisible el recurso jerárquico interpuesto contra la decisión emanada del Directorio del Instituto Nacional de la Vivienda (INAVI), correspondiente a la Reunión Extraordinaria N° 002, celebrada en fecha 9.10.01, Punto 001, relacionada con el Contrato de Obras de Urbanismo y 210 Viviendas del Desarrollo Habitacional La Virginia I, Etapa 5 (Proceso PROVIS-UCP-NV-003/00) de fecha 4 de septiembre de 2000 y al Contrato de Obras de Urbanismos 154 Viviendas del Desarrollo Habitacional La Virginia I, Etapa I (Proceso PROVIS-UCP-NV-001/00) de fecha  4 de septiembre de 2000, suscritos con el citado Instituto Autónomo, que deben comparecer por ante este Supremo Tribunal dentro del lapso de diez (10) días de despacho, siguientes a la fecha de publicación de este cartel, a fin de que se den por citados en el referido juicio conforme a lo dispuesto en el artículo 125 de la Ley Orgánica de la Corte Suprema de Justicia.

         Juez Suplente,

 

Luis Jorge Rojas Gómez                              La Secretaria,

                                                          

                                                                  Noemí del Valle Andrade

 

Exp. N° AA40-A-2002-000822