Caracas,
6 de marzo de 2003
192° y 144°
SE HACE SABER:
A todos los interesados en el recurso de nulidad interpuesto
en fecha 10.9.02, por la
sociedad mercantil CONSTRUCTORA ARQUINPRO C.A., contra la
Resolución N° 006 de fecha 13.2.02, notificada el 13.3.02, dictada por el
ciudadano Ministro de Infraestructura, mediante la cual declaró inadmisible el
recurso jerárquico interpuesto contra la decisión emanada del Directorio del
Instituto Nacional de la Vivienda (INAVI), correspondiente a la Reunión
Extraordinaria N° 002, celebrada en fecha 9.10.01, Punto 001, relacionada con
el Contrato de Obras de Urbanismo y 210 Viviendas del Desarrollo Habitacional
La Virginia I, Etapa 5 (Proceso PROVIS-UCP-NV-003/00) de fecha 4 de septiembre
de 2000 y al Contrato de Obras de Urbanismos 154 Viviendas del Desarrollo
Habitacional La Virginia I, Etapa I (Proceso PROVIS-UCP-NV-001/00) de
fecha 4 de septiembre de 2000,
suscritos con el citado Instituto Autónomo, que deben comparecer por ante este
Supremo Tribunal dentro del lapso de diez (10) días de despacho, siguientes a
la fecha de publicación de este cartel, a fin de que se den por citados en el
referido juicio conforme a lo dispuesto en el artículo 125 de la Ley Orgánica
de la Corte Suprema de Justicia.
Juez Suplente,
Luis Jorge Rojas Gómez
La Secretaria,
Noemí del Valle Andrade
Exp. N° AA40-A-2002-000822