Caracas,
13 de mayo de 2004
194° y 145°
SE HACE
SABER:
A todos los interesados en el recurso de nulidad interpuesto
en fecha 19.6.03 y su reforma el
30.7.03, por la sociedad mercantil Banco de Venezuela, S.A. Banco Universal, contra la
Resolución DM/N° 226, de fecha 20.5.02, dictada por el ciudadano Ministro de la
Producción y el Comercio, notificada el 19.12.02, en la cual declaró
inadmisible el recurso jerárquico interpuesto por el accionante “...en
virtud de la denegación tácita de la solicitud de reconocimiento de nulidad
absoluta del acto administrativo emanado del ciudadano Coordinador Regional del
Instituto para la Defensa y Educación del Consumidor y del Usuario (INDECU) en
el Estado Carabobo, de fecha 9 de agosto de 2000 (...)”, que impuso sanción
de multa a la referida entidad
bancaria por la cantidad de nueve millones seiscientos mil bolívares (Bs.
9.600.000,00), que deben comparecer por ante este Supremo Tribunal dentro del
lapso de diez (10) días de despacho, siguientes a la fecha de publicación de
este cartel, a fin de que se den por citados en el referido juicio conforme a
lo dispuesto en el artículo 125 de la Ley Orgánica de la Corte Suprema de
Justicia.
La Juez,
María Luisa Acuña L. La Secretaria,
Noemí
del Valle Andrade
Exp. N° AA40-A-2003-000804