Caracas, 16 de abril de 2002
191º y 143º
SE
HACE SABER:
A todos los interesados en el recurso de nulidad interpuesto
en fecha 1°.8.01, por Jorge Alejandro Hernández Arana, David Rodolfo
Rodríguez Rea, Alfonso Enrique Romero Rincón, Jesús David Pérez, Jesús Abdón
Burgos Pereira, Orlando José Gutiérrez Santeliz, Ramón Alberto Gómez Camacaro y
Efrén José Mendoza, por silencio administrativo producido por el ejercicio
del recurso jerárquico ante el Ministro del Interior y Justicia contra los
actos administrativos contenidos en los memorandum Nos. 9700-104-11051,
9700-104-11045, 9700-104-11048, 9700-104-007435, 9700-104-7436,
9700-104.RC-16832, 9700-104.RC-16555 y 9700-104.RC-8521, respectivamente,
dictados por la División General de Personal del Cuerpo Técnico de Policía
Judicial, en fecha 23.7.99 (los tres primeros); el 3.6.83 (el cuarto y quinto);
en fecha 20.10.92 (el sexto); el 29.9.93 (el séptimo); y en fecha 18.5.95 (el
octavo), mediante los cuales se destituyó a los recurrentes de los cargos que
desempeñaban en esa institución; así como también, solicita la nulidad del
Reglamento de Régimen Disciplinario del Cuerpo Técnico de Policía Judicial,
contenido en la Resolución de fecha 17.6.65, dictada por el Ministro de
Justicia, acto de efectos generales que le sirve de fundamento a los referidos
actos, que deben comparecer por ante este Supremo Tribunal dentro del lapso de
diez (10) días de despacho, siguientes a la fecha de publicación de este
cartel, a fin de que se den por citados en el referido juicio conforme a lo
dispuesto en el artículo 125 de la Ley Orgánica de la Corte Suprema de
Justicia.
La Juez,
María Luisa Acuña L.
La Secretaria Interina,
Noemi del Valle Andrade
Exp. Nº
AA40-A-2001-000594