Caracas, 19 de febrero de 2004

193° y 144°

          

SE HACE SABER:

 

A todos los interesados en el recurso de nulidad interpuesto en  fecha 21.8.03, por la sociedad mercantil tRANSPORTE YURUANI C.A., por virtud del silencio administrativo producido en el  ejercicio del recurso jerárquico en fecha 8.5.03, ante la ciudadana Ministra del Trabajo, contra la Resolución N° 2.631, del 13.2.03, dictada por la mencionada Ministra, en la cual convocó a los representantes de las empresas pertenecientes a la rama de actividad del Sector de Transporte Colectivo de Pasajeros (Autobuses), que operan a escala Regional para el Distrito Capital, Estado Miranda y Estado Vargas, y al Sindicato Único de Trabajadores del Transporte del Distrito Capital, Estado Miranda y Estado Vargas, (S.U.T.T.)“... a objeto de proceder a la instalación de la Reunión Normativa Laboral, conforme a lo establecido en el artículo 533 de la Ley Orgánica del Trabajo ...”, que deben comparecer por ante este Supremo Tribunal dentro del lapso de diez (10) días de despacho, siguientes a la fecha de publicación de este cartel, a fin de que se den por citados en el referido juicio conforme a lo dispuesto en el artículo 125 de la Ley Orgánica de la Corte Suprema de Justicia.

         La Juez,                                                         

 

María Luisa Acuña L.                                                   La Secretaria,

 

                                                           Noemí del Valle Andrade  

 

Exp. Nº AA40-A-2003-0001048