Caracas, 19 de febrero de 2004
193° y 144°
SE HACE
SABER:
A todos los interesados en el recurso de nulidad interpuesto
en fecha 21.8.03, por la sociedad
mercantil tRANSPORTE YURUANI C.A., por virtud del silencio administrativo producido en el ejercicio del recurso jerárquico en fecha
8.5.03, ante la ciudadana Ministra del Trabajo, contra la Resolución N° 2.631,
del 13.2.03, dictada por la mencionada Ministra, en la cual convocó a los
representantes de las empresas pertenecientes a la rama de actividad del Sector
de Transporte Colectivo de Pasajeros (Autobuses), que operan a escala Regional
para el Distrito Capital, Estado Miranda y Estado Vargas, y al Sindicato Único
de Trabajadores del Transporte del Distrito Capital, Estado Miranda y Estado
Vargas, (S.U.T.T.)“... a objeto de proceder a la instalación de la Reunión
Normativa Laboral, conforme a lo establecido en el artículo 533 de la Ley
Orgánica del Trabajo ...”, que deben comparecer por ante este Supremo Tribunal dentro
del lapso de diez (10) días de despacho, siguientes a la fecha de publicación
de este cartel, a fin de que se den por citados en el referido juicio conforme
a lo dispuesto en el artículo 125 de la Ley Orgánica de la Corte Suprema de
Justicia.
La Juez,
María Luisa Acuña L. La Secretaria,
Noemí
del Valle Andrade
Exp. Nº AA40-A-2003-0001048