Caracas,
22 de abril de 2004
194° y 145°
SE HACE
SABER:
A todos los interesados en el recurso de nulidad interpuesto
en fecha 23.10.03, por la
sociedad mercantil CONSTRUCTORA
SEBI C.A., contra las
Resoluciones Nros. 007 y 04, dictadas en fecha 12.3.03 y 27.8.03, por el
ciudadano Ministro de Infraestructura (MINFRA), contentivas –la primera de
ellas– de la declaración de nulidad de
la buena pro otorgada a la empresa accionante “...en el Proceso de
Licitación General N° VMGI-LG-02-012, para la ejecución de la obra: AUTOPISTA
JOSÉ ANTONIO PÁEZ. TRAMO AGUA BLANCA-LIMITE COJEDES. PROG. 0+000 A LA 22+800.
MOVIMIENTO DE TIERRA. OBRAS DE DRENAJE MENOR Y CONSTRUCCIÓN DE CAJONES. ESTADO
PORTUGUESA...”, y –la segunda–, la nulidad absoluta del “Contrato N°
DCI-02-CT806 de fecha 05 de diciembre de 2002, celebrado con la empresa
CONSTRUCTORA SEBI, C.A.”, para la ejecución de la aludida obra; así como
contra el acto “PUNTO DE CUENTA N° 14”, de fecha 27.8.03, en el cual el
Director General del Cuerpo de Ingenieros de MINFRA, requiere al ciudadano
Ministro de Infraestructura se le otorgue la buena pro, para la ejecución de la
mencionada obra pública, a la empresa Consorcio Valle Grande, que deben comparecer por ante este
Supremo Tribunal dentro del lapso de diez (10) días de despacho, siguientes a
la fecha de publicación de este cartel, a fin de que se den por citados en el
referido juicio conforme a lo dispuesto en el artículo 125 de la Ley Orgánica
de la Corte Suprema de Justicia.
La Juez,
María Luisa Acuña
L. La Secretaria,
Noemí del Valle Andrade
Exp. N° AA40-A-2003-001361