Caracas, 22 de abril de 2004

194° y 145°

 

SE HACE SABER:

 

A todos los interesados en el recurso de nulidad interpuesto en  fecha 23.10.03, por la sociedad mercantil CONSTRUCTORA  SEBI C.A., contra las  Resoluciones Nros. 007 y 04, dictadas en fecha 12.3.03 y 27.8.03, por el ciudadano Ministro de Infraestructura (MINFRA), contentivas –la primera de ellas– de la declaración de nulidad  de la buena pro otorgada a la empresa accionante “...en el Proceso de Licitación General N° VMGI-LG-02-012, para la ejecución de la obra: AUTOPISTA JOSÉ ANTONIO PÁEZ. TRAMO AGUA BLANCA-LIMITE COJEDES. PROG. 0+000 A LA 22+800. MOVIMIENTO DE TIERRA. OBRAS DE DRENAJE MENOR Y CONSTRUCCIÓN DE CAJONES. ESTADO PORTUGUESA...”, y –la segunda–, la nulidad absoluta del “Contrato N° DCI-02-CT806 de fecha 05 de diciembre de 2002, celebrado con la empresa CONSTRUCTORA SEBI, C.A.”, para la ejecución de la aludida obra; así como contra el acto “PUNTO DE CUENTA N° 14”, de fecha 27.8.03, en el cual el Director General del Cuerpo de Ingenieros de MINFRA, requiere al ciudadano Ministro de Infraestructura se le otorgue la buena pro, para la ejecución de la mencionada obra pública, a la empresa Consorcio Valle Grande, que deben comparecer por ante este Supremo Tribunal dentro del lapso de diez (10) días de despacho, siguientes a la fecha de publicación de este cartel, a fin de que se den por citados en el referido juicio conforme a lo dispuesto en el artículo 125 de la Ley Orgánica de la Corte Suprema de Justicia.

         La Juez,

 

   María Luisa Acuña L.                                   La Secretaria,

                                                          

                                                                    Noemí del Valle Andrade

Exp. N° AA40-A-2003-001361