Caracas, 22 de abril de 2004
194° y 145°
SE HACE
SABER:
A todos los interesados en el recurso de nulidad interpuesto
en fecha 4.12.03, por la Fundación Comunitaria Jóvenes Activos, contra el
acto administrativo Nº GST-RS-00036, de fecha 8.8.03, dictado por el ciudadano
Ministro de Infraestructura, en el cual se declaró “...INADMISIBLE la solicitud presentada por la FUNDACIÓN COMUNITARIA
JÓVENES ACTIVOS (...), para el otorgamiento de una habilitación de
radiodifusión sonora y televisión abierta comunitarias de servicio público, sin
fines de lucro, con el atributo de radiodifusión sonora comunitaria, y la
correspondiente concesión de radiodifusión (...), en virtud de que no pueden
ser cumplido los extremos requeridos por la Comisión Nacional de Telecomunicaciones...”,
que deben
comparecer por ante este Supremo Tribunal dentro del lapso de diez (10) días de
despacho, siguientes a la fecha de publicación de este cartel, a fin de que se
den por citados en el referido juicio conforme a lo dispuesto en el artículo
125 de la Ley Orgánica de la Corte Suprema de Justicia.
La Juez,
María Luisa Acuña L.
La Secretaria,
Noemí del
Valle Andrade
Exp. Nº AA40-A-2003-001527