Caracas, 26 de febrero de 2003

192° y 144°

 

SE HACE SABER:

 

A todos los interesados en el recurso de nulidad interpuesto en  fecha 17.10.02, por la ALCALDÍA DEL MUNICIPIO CHACAO DEL ESTADO MIRANDA, contra el Decreto N° 1.969, dictado por el Presidente de la República en Consejo de Ministros, y publicado en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela N° 37.530 de fecha 18.9.02, en el cual se declara Zona de Seguridad el área que circunda la Base Aérea “Generalísimo Francisco de Miranda”, igualmente contra la Resolución N° DG-18.021 de fecha 19.9.02, emanada del Ministerio de la Defensa, publicada en Gaceta Oficial N° 5.603 en esa misma fecha, notificada en fecha 20.9.02, en la cual se resolvió oficiar al Ministro del Interior y Justicia, al Alcalde del Distrito Metropolitano de Caracas y a los Alcaldes de los Municipios Baruta, Chacao y Sucre del Estado Miranda, a los fines de dar cumplimiento a los establecido en el referido Decreto N° 1.969, que deben comparecer por ante este Supremo Tribunal dentro del lapso de diez (10) días de despacho, siguientes a la fecha de publicación de este cartel, a fin de que se den por citados en el referido juicio conforme a lo dispuesto en el artículo 125 de la Ley Orgánica de la Corte Suprema de Justicia.

         Juez Suplente,

 

   Luis Jorge Rojas Gómez                               La Secretaria,

                                                          

                                                                  Noemí del Valle Andrade

Exp. N° AA40-A-2002-000918