Caracas,
26 de febrero de 2003
192° y 144°
SE HACE
SABER:
A todos los interesados en el recurso de nulidad interpuesto
en fecha 17.10.02, por la ALCALDÍA
DEL MUNICIPIO CHACAO DEL ESTADO MIRANDA, contra el Decreto N° 1.969,
dictado por el Presidente de la República en Consejo de Ministros, y publicado
en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela N° 37.530 de
fecha 18.9.02, en el cual se declara Zona de Seguridad el área que circunda la
Base Aérea “Generalísimo Francisco de Miranda”, igualmente contra la Resolución
N° DG-18.021 de fecha 19.9.02, emanada del Ministerio de la Defensa, publicada
en Gaceta Oficial N° 5.603 en esa misma fecha, notificada en fecha 20.9.02, en
la cual se resolvió oficiar al Ministro del Interior y Justicia, al Alcalde del
Distrito Metropolitano de Caracas y a los Alcaldes de los Municipios Baruta,
Chacao y Sucre del Estado Miranda, a los fines de dar cumplimiento a los
establecido en el referido Decreto N° 1.969, que deben comparecer por ante este
Supremo Tribunal dentro del lapso de diez (10) días de despacho, siguientes a
la fecha de publicación de este cartel, a fin de que se den por citados en el
referido juicio conforme a lo dispuesto en el artículo 125 de la Ley Orgánica
de la Corte Suprema de Justicia.
Juez
Suplente,
Luis Jorge Rojas
Gómez La Secretaria,
Noemí del Valle Andrade
Exp. N° AA40-A-2002-000918