Caracas,
29 de enero de 2003
192° y 143°
SE HACE
SABER:
A todos los interesados en el recurso de nulidad interpuesto
en fecha 21.3.02, por RÁPIDOS
MARACAIBO C.A., contra la Resolución N° 2125, de fecha 10.12.01, dictada
por la Ministra de Trabajo, en la cual declaró sin lugar la apelación
interpuesta por la empresa accionante y confirmo el auto de fecha 27.3.01
dictado por la Inspectoría del Trabajo, en el Distrito Federal Municipio
Libertador, “mediante el cual se declara sin lugar las defensas opuestas por la
representación sindical, y en consecuencia, la referida empresa queda obligada
a discutir el proyecto de Convención Colectiva de Trabajo presentado por el
Sindicato de Trabajadores de las Rutas Extraurbanas de Venezuela (SINTRAREV)”,
que deben comparecer por ante este Supremo Tribunal dentro del lapso de diez
(10) días de despacho, siguientes a la fecha de publicación de este cartel, a
fin de que se den por citados en el referido juicio conforme a lo dispuesto en
el artículo 125 de la Ley Orgánica de la Corte Suprema de Justicia.
La Juez,
María Luisa Acuña L
La Secretaria,
Noemí del Valle Andrade
Exp. N° AA40-A-2002-000264