El autor, Harry H. Gutiérrez Benavides, abogado egresado de la Universidad Santa María (1997), donde cursa la Especialización en Derecho Administrativo, luego de haber culminado el Diplomado en Derecho Agrario, en el Instituto Iberoamericano de Derecho Agrario y Reforma Agraria –IIDARA–, auspiciado por la Muy Ilustre Universidad de los Andes, ULA. Ha ocupado diversas posiciones relacionadas con este quehacer jurídico, entre ellas, Procurador Agrario Auxiliar con Competencia Nacional (2001) y Procurador Agrario (Provisional) en los estados Apure (eje San Fernando-Guasdualito), Bolívar (Ciudad Bolívar y Upata), Delta Amacuro (Tucupita), Guárico (Valle de la Pascua), Miranda (Caucagua), Monagas y Trujillo. Posteriormente, ingresó en el Instituto Nacional de Tierras (INTI) con el carácter de Jefe de la Coordinación de Asuntos Judiciales (2005) y, un año después, formó parte de la Comisión Técnica para la Reestructuración de la Jurisdicción Especial Agraria, presidida por quien suscribe, en el Tribunal Supremo de Justicia. En la actualidad, se desempeña como Juez Superior Primero Agrario de la Circunscripción Judicial del Distrito Metropolitano y de los Estados Miranda, Vargas, Guárico y Amazonas con competencia de Tribunal de Primera Instancia en materia Contencioso Administrativa Especial Agraria y en materia de Expropiación Agraria. Ha sido, además, conferencista y ponente en foros nacionales e internacionales sobre esta especialidad del contencioso administrativo.
El resultado de esta vasta experiencia profesional lo recopila en este libro, Comentarios al Procedimiento Contencioso Administrativo Agrario, que está dividido en tres Capítulos. El primero de ellos versa sobre los orígenes de la disciplina y su autonomía, con especial referencia a la constitucionalidad del Artículo 211 de la Ley de Tierras y Desarrollo Agrario donde, luego de referirse a sus antecedentes y al contexto político reinante en la época del inicio de su vigencia, resuelve algunas interrogantes sobre la materia y centra su análisis en el recurso de nulidad, donde –además de comentar la argumentación de la Procuraduría General de la República y del Ministerio Público– analiza el fallo la Sala Constitucional y extrae sus propias conclusiones. Seguidamente, explicita –y comenta– la preceptiva que la regula, incluidas las disposiciones relacionadas con las demandas patrimoniales contra los entes agrarios. Finalmente, en el último, divulga la doctrina judicial elaborada en este campo.
El Tribunal Supremo de Justicia que presido espera que esta publicación sea recibida con el mismo beneplácito de las anteriores, en especial por quienes –dentro de la comunidad jurídica nacional– laboran en esta especialísima y novedosa rama del derecho.
Caracas, siete de octubre de 2007.
Luisa Estella Morales Lamuño