Con el título Compilación Jurisprudencial Electoral Universitaria, el profesor de la Universidad Central de Venezuela, Luis Martínez Hernández, Magistrado de la Sala Electoral del Tribunal Supremo de Justicia, entrega al público una recopilación de las sentencias dictadas por la Sala a la cual pertenece, sobre esta materia de indudable interés para la comunidad universitaria. La obra está dividida en dos partes: una relacionada con aspectos sustantivos y la otra, con los adjetivos.
La primera de ellas, dividida en diez partes, cubre varios temas, a saber: los fallos relacionados con diversos derechos de rango constitucional, esto es, los relacionados con el sufragio (aplicación y caracteres), la participación, la igualdad y prohibición de trato discriminatorio y a obtener una oportuna respuesta de la Administración. Seguidamente, presenta las decisiones relacionadas con las autoridades universitarias: rector, vicerrectores, secretario y decanos; los profesores; los estudiantes; los empleados; los órganos de cogobierno; las comisiones electorales; los colegios universitarios; y la nulidad, debida a inelegibilidad o renuncia del candidato; vicios en el registro electoral; y el supuesto de postulación de un solo candidato.
La otra trata aspectos procesales: las competencias de la Sala Electoral; el amparo constitucional en esta materia; y el recurso de nulidad, en varios aspectos: los requisitos de admisibilidad, la decisión in limine litis, las medidas cautelares y la prohibición de innovación.
Esperamos que esta nueva publicación del Tribunal Supremo de Justicia –por su contenido jurídico– sea de gran utilidad para la comunidad nacional a la cual se dirige: a los que se encuentran en período de formación y a quienes, superada la etapa de escolaridad, laboran con esta disciplina jurídica especial, bien en sus vertientes teóricas (docencia e investigación) o en las inmediatamente prácticas (judicatura, asesoramiento y litigio) y, por qué no, a profesionales de otras disciplinas interesados en el tema electoral.
Caracas, 10 de Agosto de 2006