Convenio de Cooperación Institucional
entre
la Corte Suprema de Justicia de la
República de Venezuela
y
la Corte Interamericana de Derechos Humanos

Conste por el presente documento, el Convenio de Cooperación Institucional celebrado entre la Corte Suprema de Justicia de la República de Venezuela, con sede en la Ciudad de Caracas, República de Venezuela, representada por su Presidente Magistrada Cecilia Sosa Gómez; y la Corte Interamericana de Humanos, con sede en Costa Rica, representada por su Presidente Juez Hernán Salgado Pesantes, de acuerdo con los términos siguientes:

CLÁUSULA PRIMERA: DE LAS PARTES DEL CONVENIO

Las partes en el presente Convenio de Cooperación Institucional son:

a) La Corte Suprema de Justicia, máximo tribunal de la República de Venezuela, cabeza del Poder Judicial, con el propósito de contribuir al afianzamiento, difusión, y protección de los Derechos Humanos en la región.

b) La Corte Interamericana de los Derechos Humanos con sede en Costa Rica como Tribunal Interamericano en su deseo de contribuir al fortalecimiento del sistema de protección de los derechos humanos en las Américas a partir de la promoción y divulgación de los instrumentos fundamentales del sistema interamericano de los derechos humanos.

CLÁUSULA SEGUNDA: DEL OBJETO DEL CONVENIO

El presente Convenio tiene por objeto establecer el marco de relaciones que permitirán la cooperación institucional entre la Corte Suprema de Justicia de la República de Venezuela y la Corte Interamericana de Derechos Humanos con sede en Costa Rica, para contribuir al diseño y ejecución de acciones específicas destinadas a elevar la calidad y eficiencia de los sistemas de administración de justicia y contribuir a afianzar la paz y la justicia en todo el continente americano; fomentar la asistencia recíproca en la formación judicial y profesional, propiciar el intercambio de instrumentos fundamentales para la promoción y defensa de los Derechos Humanos, así como de información relevante sobre la actividad judicial en los países de la región americana; propocionar el intercambio permanente de información tanto en campos administrativos como tecnológicos que sean relevantes sobre la actividad judicial en los países de la región americana.

CLÁUSULA TERCERA: COMPROMISOS DE LAS PARTES

a) Es compromiso de la Corte Interamericana de Derechos Humanos:

1.- Facilitar el acceso de los magistrados y funcionarios de la Corte Suprema de Justicia de Venezuela a los bancos de datos de la Corte, para realizar estudios, análisis, e investigaciones sobre temas que versen en Derechos Humanos, Jurisprudencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos, información legislativa y modernización judicial.

2.- Incorporar la Corte Suprema de Justicia de la República de Venezuela a la página web de la Corte Interamericana de los Derechos Humanos, garantizando de esta manera el ingreso electrónico del sistema judicial venezolano, como ESTACION-FUENTE-DESTINO de la Red.

3.- Invitar a participar a Magistrados y funcionarios de la Corte Suprema de Justicia de la República de Venezuela en programas de capacitación y formación que tenga a bien organizar la Corte Interamericana de Derechos Humanos, así como a realizar pasantías en materias básicas de esta especialización.

4.- Promover la difusión de este convenio con los demás organismos especializados en la región, en aras del intercambio de información y apoyo al desarrollo de la difusión del sistema interamericano de promoción y protección de los derechos humanos, brindando a la Corte Suprema de Justicia de la República de Venezuela los servicios de información y enlace con los sistemas judiciales de los demás países de la región americana.

5.- Compartir y brindar a la Corte Suprema de Justicia de la República de Venezuela, todos los servicios de información y enlace con otros sistemas judiciales de los demás países de la región americana que suscriban convenios de esta naturaleza con la Corte.

6.- Desarrollar, conjuntamente con la Corte Suprema de Justicia de la República de Venezuela, un sistema automatizado para el manejo de información relacionada con los instrumentos fundamentales para la promoción y defensa de los Derechos Humanos, que pueda ser difundida entre los demás jueces del país y que permita la correspondiente actualización de la data proveniente de la Corte Interamericana de Derechos Humanos.

7.- Designar un delegado que sirva de interlocutor entre la Corte Interamericana de Derechos Humanos y la Corte Suprema de Justicia de la República de Venezuela.

8.- Desarrollar conjuntamente con la Corte Suprema de Justicia de la República de Venezuela, un marco de cooperación bibliográfica, sonora y audiovisual que sea de interés de ambas instituciones, con el propósito de difundirlos en los espacios con los que se cuenta, destinados para tales efectos. (página web, periódicos, publicaciones, etc).

b) Es compromiso de la Corte Suprema de Justicia de la República de Venezuela.

1.- Proporcionar información a los Jueces y funcionarios de la Corte Interamericana de Derechos Humanos sobre la jurisprudencia y documentos que produzca la Corte con las reservas de ley, así como de los trabajos y programas de modernización que se desarrolla en la Corte Suprema de Justicia.

2.- Incorporar la Corte Interamericana de Derechos Humanos a la a página web de la Corte Suprema de Justicia de la República de Venezuela, garantizando de esta manera el ingreso electrónico del sistema judicial venezolano, como ESTACION-FUENTE-DESTINO de la Red.

3.- Invitar a participar a Jueces y funcionarios de la Corte Interamericana de Derechos Humanos, en las actividades académicas y de capacitación organizadas por la Corte Suprema de Justicia de la República de Venezuela.

4.- Actualizar en forma permanente la información en materia judicial recibida de la Corte Interamericana de Derechos Humanos y de otros organismos.

5.- Compartir información jurisprudencial con otras organizaciones judiciales similares que mantengan operativo convenios de esta naturaleza con la Corte Interamericana de Derechos Humanos en San José de Costa Rica.

6.- Desarrollar, conjuntamente con la Corte Interamericana de Derechos Humanos, un sistema automatizado para el manejo de información relacionada con la jurisprudencia de la Corte Suprema de Justicia de la República de Venezuela, que pueda ser difundida entre los demás jueces de América y que permita la correspondiente actualización de la data proveniente de la Corte Interamericana de Derechos Humanos.

7.- Designar un delegado que sirva de interlocutor entre la Corte Suprema de Justicia de la República de Venezuela y la Corte Interamericana de Derechos Humanos.

8.- Desarrollar conjuntamente con la Corte Interamericana de Derechos Humanos un marco de cooperación bibliográfica, sonora y audiovisual que sea de interés de ambas instituciones, con el propósito de difundirlos en los espacios y eventos, destinados para tales efectos. (página web, periódicos, publicaciones, seminarios, conferencias, informes anuales, etc).

Estando conformes en todas y cada una de las cláusulas que anteceden, las partes suscriben el presente Convenio de Cooperación Institucional, en dos copias de un mismo tenor, en la Ciudad de Washington D.C., a los trece días del mes de octubre de 1998.

Dr. Hernán Salgado Pesantes
Presidente
Corte Interamericana de
Derechos Humanos
Dra. Cecilia Sosa Gómez
Presidente
Corte Suprema de Justicia
República de Venezuela

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