REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA

- Tomo II

Criterios Jurídicos Relevantes en el Tribunal Supremo de Justicia. Septiembre 2002-2010 Tomo I. Carmen Zuleta de Merchán
Colección Doctrina Judicial N° 48


SUMARIO

Propósito de la Edición
Índice Analítico
Abreviaturas

AÑO 2002

1. No procede medida cautelar solicitada por la prevalencia del interés general frente al particular del accionante
Sentencia Nº: 2.204
2. Procedencia parcial de medida cautelar a los fines de evitar eventuales conflictos entre los órganos del Poder Público Nacional y Estadal
Sentencia Nº: 2.206
3. Régimen de responsabilidad de la Administración Pública
Sentencia Nº: 2.818

AÑO 2003
1. No puede declararse la terminación del proceso cuando esté involucrado el interés superior del niño, ya que esto es materia de orden público
Sentencia Nº: 1.064
2. La vía del amparo es procedente contra las medidas cautelares por la gravedad del agravio constitucional
Sentencia Nº: 1.662
3. Obligatoriedad para los jueces de cumplir las sentencias vinculantes sin que puedan desacatarse, ni siquiera por una objeción de conciencia. Imposición de multa por desacato
Sentencia Nº: 1.687

AÑO 2004
1. Decaimiento del recurso de nulidad por inconstitucionalidad con amparo cautelar, por la entrada en vigencia de un nuevo régimen legal
Sentencia Nº: 3.099
2. Declaratoria de fraude procesal en un juicio de divorcio, para la protección de los bienes conyugales que afectan a los hijos
Sentencia Nº: 3.249

AÑO 2005
1. Recurso de nulidad por inconstitucionalidad contra la Ley de Presupuesto del Estado Carabobo. Competencia de la Sala Constitucional. El control preventivo. Desaplicación por control difuso por inconstitucionalidad ante invasión de materias de reserva legal
Sentencia Nº: 3.146
2. Mal uso de los privilegios y prerrogativas procesales por incurrir en abuso de derecho o fraude a la ley. No procede el embargo preventivo de entes públicos que gocen de prerrogativas procesales
Sentencia Nº: 3.216
3. Todas las decisiones dictadas en el proceso penal, incluso las que decreten el sobreseimiento de la causa, deben ser motivadas
Sentencia Nº: 3.218
4. Abuso de derecho en la invocación de las prerrogativas procesales por parte del Procurador del Estado
Sentencia Nº: 3.524
5. Zonas de Seguridad y Defensa, y la limitación de derecho de los extranjeros.
Sentencia Nº: 3.537 6. El Juez y la Jueza advertido de un “Error Judicial Inexcusable” debe necesariamente esperar su debida imputación ante la instancia disciplinaria correspondiente, para ejercer su derecho a la defensa
Sentencia Nº: 3.543
7. Efectos ex nunc o pro futuro, en resguardo de la seguridad jurídica de aquellos funcionarios que se hayan acogido al esquema de jubilación
Sentencia Nº: 4.648
8. Sentencia que revisa fallo de la Sala de Casación Social, donde la Sala realizó una interpretación conforme a la Constitución, de una disposición contenida en la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, y anuló el fallo impugnado por incurrir en un formalismo excesivo, en transgresión a principios constitucionales
Sentencia N: º 4.674
9. La petición de libertad realizada conforme a lo señalado en el artículo 244 del Código Orgánico Procesal Penal, no debe entenderse como una revisión de la medida de coerción
Sentencia Nº: 4.676
10. Imprejuzgada la causa, a consecuencia de la declaratoria de perención de la instancia, cualquier ciudadano en ejercicio de la Acción Popular por Inconstitucionalidad puede volver a demandar la nulidad de las disposiciones sobre las que versaban el proceso perimido
Sentencia Nº: 4.678

AÑO 2006
1. Contrario a derecho, desaplicación de normativa sobre oportunidad de admitir los hechos en el proceso penal
Sentencia Nº: 78
2. Sentencia que declara la inconstitucionalidad de los artículos 82, 83, 84, 85, 86 y 94 del Código de Policía de las Fuerzas Armadas Policiales del Estado Yaracuy, publicado en la Gaceta Oficial de esa Entidad Federal Nº 1.730 del 18 de agosto de 1986
Sentencia Nº: 130
3. Los Jueces carecen de legitimación para intentar recurso de apelación sobre sus mismas sentencias
Sentencia Nº: 165
4. Se extrema el cumplimiento del Interés Superior del Niño y se oficia al Ministerio Público, para que constate sí durante la entrega material de un bien, existió lesiones o maltratos contra una niña que ocupaba el inmueble
Sentencia Nº: 329
5. Las visitas a los niños o adolescentes constituye una Institución Familiar, cuya tutela contempla la Ley Orgánica de Protección del Niño y del Adolescente, como un derecho tanto de aquellos como de sus parientes por consanguinidad o afinidad. De tal suerte que a los abuelos les asiste el derecho de visitar a sus nietos, conforme lo prevé el artículo 388 de la referida Ley, y en caso de resistencia del guardador (obligado) a hacer efectivo el ejercicio de dicho derecho, puede su titular exigir judicialmente su fijación
Sentencia Nº: 338
6. Pronunciamiento de oficio, por Orden Público Constitucional, sobre la irrenunciabilidad de los derechos laborales
Sentencia Nº: 449
7. Nulidad por reedición legal. Uxoricidio y otros delitos de honor
Sentencia Nº: 728
8. Nulidad parcial de Ordenanza Municipal que grava ejercicio de Profesiones Liberales
Sentencia N°: 781
9. Revisión de sentencia. La perención opera de pleno derecho y puede ser dictada de oficio
Sentencia Nº: 853
10. Los autos provenientes de las Inspectorías del Trabajo donde estén involucrados los principios y derechos fundamentales del trabajo, deben ser dictados con observancia de los convenios de la OIT
Sentencia Nº: 858
11. Competencia de los Jueces de Municipio para conocer de los procedimientos de oferta real a pesar de que la inconformidad del oferido acreedor altere la competencia por la cuantía
Sentencia Nº: 869
12. Con efectos Ex Tunc, sentencia que anula la Ordenanza sobre la Contribución al Consumo de Cerveza en el Municipio Miranda del Estado Falcón, publicada en la Gaceta Municipal, Edición Extraordinaria del 15 de enero de 2004, posteriormente reformada el 2 de julio de 2004 y publicada en Gaceta Municipal, Edición Extraordinaria, de esa misma fecha y exhorta a los Consejos Municipales a derogar normas similares declaradas inconstitucionales Sentencia Nº: 961
13. Errores de juzgamiento no pueden ser impugnados mediante amparo, no obstante la Sala realiza consideraciones sobre la sentencia objetada
Sentencia Nº: 992
14. Sentencia que declara la competencia de la Sala Político Administrativa de este Tribunal Supremo de Justicia, para conocer y decidir la demanda de nulidad contra el decreto presidencial N° 4.248 del 30 de enero de 2006, publicado en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela N° 38.372, del 2 de febrero del mismo año. Mediante el cual se regula la solvencia laboral. Negativa de avocamiento
Sentencia Nº: 1.122
15. Régimen de competencias en Materia Registral
Sentencia Nº: 1.169
16. Principio de progresividad en materia de régimen penitenciario para lograr la reinserción social del penado
Sentencia Nº: 1.171
17. Acción de Amparo Constitucional contra omisión de pronunciamiento. El restablecimiento de la situación jurídica infringida en un amparo por omisión de pronunciamiento, sólo se obtiene con el dictado de la decisión del juez agraviante
Sentencia Nº: 1.172
18. Procedimiento de los recursos de nulidad. Criterio Vinculante. Emplazamiento de los interesados. Procedimiento para librar, retirar, publicar y consignar el respectivo cartel de emplazamiento
Sentencia Nº: 1.238
19. Improcedencia de la ejecución de la sentencia de nulidad a situaciones particulares. Finalidad del control concentrado de la constitucionalidad de las leyes
Sentencia Nº: 1.277
20. Cambio de criterio. Documento fundamental para el ejercicio de acciones de habeas data. Criterio vinculante
Sentencia Nº: 1.281
21. Derogación tácita de la norma contenida en el numeral 1° del artículo 32 de la Ley de Timbre Fiscal. Criterio vinculante
Sentencia Nº: 1.482
22. Patria potestad. Requisitos para el otorgamiento de poderes para representar derechos del niño, niña y adolescente
Sentencia Nº: 1.492
23. El avocamiento ejercido en sede constitucional. La intervención cautelar de los servicios públicos cuando por razones de emergencia así lo ameriten, en resguardo de su ejercicio pacífico, continuo e ininterrumpido en beneficio de la colectividad. Caso “Intervención Aeropuerto del Estado Nueva Esparta”
Sentencia Nº: 1.502
24. Radicación de la causa. Notificación a las víctimas para que se celebre la audiencia especial de sobreseimiento prevista en el artículo 323 de Código Orgánico Procesal Penal. Nulidad de actos en el proceso penal y reposición del proceso afecta a todos los procesados. Caso “Lotería del Táchira”
Sentencia Nº: 1.581
25. Obligatoria notificación de los presuntos agraviantes para celebración de la audiencia constitucional. Falta de legitimación del juez para accionar en amparo. Condiciones para la reposición del procedimiento. Fuero atrayente en materia de amparo. Improcedencia e inadmisibilidad del amparo
Sentencia Nº: 1.582
26. Admisión de una Acción de Amparo Constitucional, por vía de excepción, en aras de proteger la maternidad
Sentencia Nº: 1.617
27. Criterio vinculante. La formalización del recurso de casación en papel sellado es un excesivo formalismo que en el ánimo del artículo 265 Constitucional la Sala califica como no esencial y poco razonable
Sentencia Nº: 1.654
28. El cómputo del lapso de caducidad de seis meses, desde la publicación de la sentencia que decidió el control de la legalidad para admitir el amparo
Sentencia Nº: 1.722
29. La suspensión de la relación de empleo, con ocasión de una medida de privación de libertad contra el trabajador, libera al patrono de pagar el salario durante el período que dure la suspensión
Sentencia Nº: 1.742
30. Revisión subsidiaria. Es posible interponer solicitudes de revisión constitucional de manera subsidiaria, cuando se trata de una misma pretensión constitucional
Sentencia Nº: 1.747
31. El ordinal 9° del artículo 157 de la Constitución Federal del Estado Falcón obliga a la Contraloría del Estado a informar de su gestión y de sus cuentas al Concejo Legislativo
Sentencia Nº: 1.775
32. Vilipendio contra el Tribunal Supremo de Justicia. El presidente del Tribunal Supremo de Justicia ostenta la representación orgánica y necesaria del Alto Tribunal y puede requerir al ministerio público el inicio de una investigación, porque tiene legitimación en los procesos que involucren al máximo tribunal
Sentencia Nº: 1.905
33. Indexación salarial y de las prestaciones sociales. Observancia del principio de confianza legítima en materia de casación
Sentencia Nº: 2.191
34. La obligación de proveer de una vivienda a los niños y adolescentes corresponde a sus progenitores y no parece plausible que se haga pesar sobre terceros
Sentencia Nº: 2.196
35. Citación del patrono en un proceso laboral a través del representante sin mandato
Sentencia Nº: 2.207
36. Las prerrogativas y privilegios acordados a la república deben ser interpretados restrictivamente
Sentencia Nº: 2.291
37. Interés superior del niño impone a los Tribunales de la República el deber de actuar con mucha más precaución al momento de tomar cualquier decisión que pueda afectar los intereses del niño y del adolescente
Sentencia Nº: 2.301
38. Pertinencia del amparo para lograr la ejecución de las decisiones administrativas dictadas por la Inspectoría cuando se hubiese agotado el procedimiento de multa
Sentencia Nº: 2.308
39. Interpretación del artículo 9 de la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales
Sentencia Nº: 2.388
40. No procede la solicitud de revisión contra los fallos de la Sala de Casación Social que inadmitan el recurso de control de la legalidad, por cuanto en esos casos el fallo que adquiere firmeza es el impugnado mediante control de la legalidad y es contra ese que procedería la revisión
Sentencia Nº: 2.390

AÑO 2007
1. Poder apud acta en una causa laboral
Sentencia Nº: 104
2. El Ministerio Público no puede oponer las excepciones previstas en el artículo 28 del Código Orgánico Procesal Penal, por ser titular de la acción penal. La Sala califica de error inexcusable la actuación del fiscal del Ministerio Público y ordena remitir al Fiscal General para determinar efectos disciplinarios
Sentencia Nº: 185
3. Revisión de sentencia. No puede exigirse a la defensa que efectúe el defensor ad litem mayor efectividad que la que es exigible a los abogados contratados por las partes; requerir de aquellos más diligencia que la que se le exigiría a éstos, resulta una interpretación exagerada y fuera de contexto de la doctrina de esta Sala, pues a la postre con tal interpretación, se hace recaer sobre el defensor ad litem mayor responsabilidad que al defensor privado, sin que nada los justifique
Sentencia Nº: 190
4. Calificación de la Sala Constitucional. Carácter Orgánico de la Ley Orgánica sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia
Sentencia Nº: 229
5. Recurso de interpretación constitucional. Del artículo 44.1 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela. Se amplía el concepto de flagrancia para todos los delitos incluyendo los contemplados en la Ley Orgánica sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia
Sentencia Nº: 272
6. Revisión de sentencia penal por infracción de los principios de trato igual, de confianza legítima, seguridad jurídica de los justiciables y exhaustividad de la sentencia. La nulidad de oficio no sólo puede decretarse en beneficio del imputado sino también en beneficio de la víctima
Sentencia Nº: 366
7. Potestad de revisión y cosa juzgada. El pronunciamiento hecho por la Sala Constitucional en el marco de una solicitud de revisión previa, le imprime carácter irrevisable a la sentencia cuestionada
Sentencia Nº: 388
8. Los Tribunales competentes en materia de niños, niñas y adolescentes pueden de oficio o a instancia de parte, dictar las providencias necesarias para hacer efectiva la obligación alimentaria
Sentencia Nº: 528
9. Graves delitos contra los derechos humanos. Los funcionarios que sean procesados por la comisión de un delito que afecte gravemente a los derechos humanos, no pueden beneficiarse del decaimiento de la medida de coerción personal por el transcurso de dos años
Sentencia Nº: 626
10. Revisión de sentencia. Cómputo de los lapsos procesales en materia laboral es de orden público y afecta el derecho constitucional a la tutela judicial efectiva
Sentencia Nº: 628
11. Idoneidad del amparo. Contumacia. Es deber de todo Juez velar para que se haga efectivo el traslado del detenido a la sede del tribunal, si la orden de traslado no se hace efectiva debe verificar las causas que lo impidieron y si observa que no se hizo por voluntad del mismo procesado debe tomar en cuenta la contumacia del mismo para que ello no obstruya la culminación del proceso
Sentencia Nº: 730
12. Las Salas de Juicio previstas en la Ley Orgánica Para la Protección del Niño y del Adolescente son competentes para practicar la restitución de la guarda y ejecutar sus fallos con el auxilio del personal especializado y de los órganos previstos en la ley especial, incluso la presencia del otro progenitor y de ser necesario el apoyo de la fuerza pública, asimismo quedan autorizadas para exhortar a otro juzgado de la misma categoría la práctica de la norma si hubiere lugar a ello
Sentencia Nº: 766
13. Cambio de criterio. Desaplicación de los artículos 13.3 y 22 del Código Penal conforme a derecho. La pena de sujeción a la vigilancia de la autoridad es violatoria del artículo 44 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela
Sentencia Nº: 940
14. Extensión de los efectos del fallo
Sentencia Nº: 1.104
15. La falta de suministro de información oportuna por parte del juez o jueza a la Sala Constitucional acarrea multa
Sentencia Nº: 1.201
16. Sólo la víctima puede dirigirse al juez de control para que reabra una investigación en la cual se ordenó el archivo fiscal
Sentencia Nº: 1.347
17. Interpretación y aplicación inconstitucional de la Administración Pública. Sentencia que declara sin lugar la acción de nulidad interpuesta contra el tercer aparte del artículo 298 del decreto con rango y fuerza de Ley General de Bancos y Otras Instituciones Financieras, publicado en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela N° 5.555, Extraordinario, del 13 de noviembre de 2001. Competencia atrayente de la jurisdicción constitucional en materia de nulidad para conocer accesoriamente de la impugnación de actos sublegales, sean éstos normativos o individuales
Sentencia Nº: 1.412
18. La ocurrencia de incidencias procesales excesivas que impidan el libre desarrollo del proceso puede ser objeto de acción de amparo. Responsabilidad de los Síndicos en el procedimiento de quiebra. Actuaciones en perjuicio de la masa de acreedores
Sentencia Nº: 1.619
19. Criterio vinculante. Competencia de los tribunales contenciosos administrativos en materia de amparo, según criterio de competencia orgánico
Sentencia Nº: 1.700
20. El delito de desaparición forzada de personas en un delito permanente, pluriofensivo y de lesa humanidad, por lo tanto no prescribe ni puede declararse ningún beneficio que conlleve a su impunidad
Sentencia Nº: 1.747
21. Revisión de sentencia por cuanto se desvirtuaron los fines del proceso, el derecho a la defensa, el debido proceso y la tutela judicial efectiva; en esta oportunidad la Sala analiza el instituto de la cosa juzgada y la querella interdictal por despojo
Sentencia Nº: 1.789
22. La incompetencia manifiesta del Juez o Jueza infringe el orden público y el derecho al juez natural
Sentencia Nº: 1.943
23. Proceso laboral. Abogado sin poder en la audiencia preliminar. Es una infracción a la Ley Orgánica Procesal del Trabajo
Sentencia Nº: 2.112
24. Admisión de acción de amparo constitucional en protección de intereses colectivos y difusos contra las imágenes pornográficas que promueven la prostitución y la violencia
Sentencia Nº: 2.146
25. El Interés Superior del niño es un instrumento de interpretación que debe ser aplicado y avaluado en todo momento que se conozca una causa en la que deba decidirse algún procedimiento en materia de niños y adolescentes. Las decisiones de los Jueces y Juezas deben ser suficientemente motivadas atendiendo a los principios rectores que dominan la materia referente a los derechos de niños, niñas y adolescentes
Sentencia Nº: 2.176
26. El régimen de visitas acordado a los abuelos no puede erigirse en una carga para el progenitor guardador. Los padres de manera exclusiva ejercen la patria potestad. No es equiparable el derecho de visitas reconocido por la ley a los progenitores con el acordado a los demás miembros de la familia o terceros, el cual es de discrecional concesión judicial
Sentencia Nº: 2.177
27. Al momento de la práctica de un embargo, el Juez comisionado puede resolver las controversias surgidas durante su ejecución
Sentencia Nº: 2.309
28. Revisión de sentencia. Obligatoria notificación de sentencias dictadas fuera de lapso, porque cesó la estadía a derecho de las partes
Sentencia Nº: 2.314
29. Los Jueces de protección al decidir deben hacerlo con mucha prudencia, responsabilidad, razonabilidad y con un dominio impecable de las instituciones familiares. Una decisión judicial puede llegar a ser fundamental en la existencia de los niños, niñas y adolescentes. No pueden los Tribunales ordenar el traslado de un lado para otro sin mediar o ponderar las transformaciones de vida que ello implica
Sentencia Nº: 2.320
30. Revisión de sentencia. La Sala se pronuncia sobre la prescripción extraordinaria o procesal de la acción penal
Sentencia Nº: 2.357
31. Avocamiento de la Sala Constitucional. Régimen general de indemnización de responsabilidad administrativa en ausencia de disposición normativa expresa
Sentencia Nº: 2.359
32. Revisión de oficio. Materia disciplinaria judicial. Los Jueces provisorios suplentes y temporales pueden ser removidos por la Comisión Judicial del Tribunal Supremo de Justicia discrecionalmente
Sentencia Nº: 2.414
33. Revisión excepcional de sentencia que niega avocamiento. La Sala consideró que hubo infracción al derecho de igualdad y a la confianza legítima
Sentencia Nº: 2.490

AÑO 2008
1. Aclaratoria del fallo Nº 2.359/2007 dictado por la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, referente a la demanda por responsabilidad extracontractual interpuesta contra la República Bolivariana de Venezuela, por la viuda y los hijos, del ciudadano Ramón Oscar Carmona Vásquez. Se censura y rechaza el lenguaje irrespetuoso
Sentencia Nº: 3
2. Impropoponible recursos de invalidación contra las sentencias dictadas por la Sala Constitucional
Sentencia Nº: 93
3. Carácter Normativo del Contrato Colectivo. No admite que sea objeto de prueba en el proceso
Sentencia Nº: 269
4. Negada la concesión de la libertad, conforme al contenido del artículo 250 del Código Orgánico Procesal Penal, la parte afectada puede interponer recurso de apelación, toda vez que ese pronunciamiento no se refiere a la revisión de la medida de coerción personal prevista en el artículo 264 eiusdem
Sentencia Nº: 273
5. La Sala reitera competencia para conocer de la acción de habeas data. No puede el Juez de instancia reconducir la acción de habeas data para conocer de ella mediante amparo. La finalidad del habeas data no puede sustituir el recurso contencioso administrativo de nulidad
Sentencia Nº: 404
6. Los Jueces poseen legitimación activa para ejercer acciones de amparo, contra sentencias que decidan recusaciones en su contra
Sentencia Nº: 608
7. Acción de nulidad de Ordenanza Municipal. Poder de legislar, ordenanzas por parte del Poder Municipal. Marco de la Disposición Transitoria Décimo Cuarta de la Constitución
Sentencia Nº: 808
8. Libertad Sindical. Orden público justifica admisión del amparo por omisión de pronunciamiento. (Admisión)
Sentencia Nº: 819
9. La obtención de la mayoría de edad implica la extinción del mandato de quien representaba al adolescente
Sentencia Nº: 828
10. Necesidad de apreciar la opinión de niños, niñas y adolescentes con el fin de determinar su Interés Superior en todos los procesos judiciales que les conciernen; cuando el Juez o Jueza consideren inconveniente o impertinente oír tal opinión, tienen la obligación de motivar razonadamente su negativa
Sentencia Nº: 900
11. El incumplimiento por parte del Juez de juicio de hacer el resumen breve de las anteriores audiencias, no conlleva a la anulación de lo actuado en el debate oral por cuanto lo señalado en el artículo 336 del Código Orgánico Procesal Penal, es una formalidad que por su finalidad no se constituye en esencial
Sentencia Nº: 928
12. El juez de la causa puede ejecutar sus propias decisiones pero también puede comisionar para actos de ejecución a cualquier juez competente. La figura de la comisión no está limitada a la práctica de medidas; el juez ejecutor debe prestar su apoyo al juez de la causa y colaborar con la obtención de una justicia expedita
Sentencia Nº: 940
13. Constitucional el artículo 337 del Código Orgánico Procesal Penal, Publicado en la Gaceta Oficial Nº 5.558, de fecha 14 de noviembre de 2001. Suficiencia del libelo de nulidad. Diferencia entre suspensión del debate oral y aplazamiento del debate oral
Sentencia Nº: 985
14. Los Jueces tienen la obligación de procurar la estadía a derecho de las partes. Diferimiento de la oportunidad de dictar sentencia. Alcance del artículo 167 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo
Sentencia Nº: 1.142
15. El decomiso o aseguramiento preventivo de bienes en materia vinculada al tráfico ilícito de sustancias psicotrópicas y estupefacientes es una atribución del juez penal y pertenece a su ámbito de jurisdicción
Sentencia Nº: 1.183
16. Constitucionalidad del artículo 105 de La Ley Orgánica de la Contraloría General de la República y del Sistema Nacional de Control Fiscal. Responsabilidad administrativa y sanción de inhabilitación para el ejercicio de funciones públicas antecedentes legislativos y nueva ubicación constitucional de la Contraloría General de la República
Sentencia Nº: 1.266
17. Continuación por razones de orden público del proceso de nulidad del Código de Policía del Estado Nueva Esparta
Sentencia Nº: 1.347
18. Los defensores privados que hayan prestado su aceptación y juramento para ejercer el cargo, se encuentran plenamente facultados para solicitar la revisión constitucional a favor de su patrocinado
Sentencia Nº: 1.349
19. Funciones de la defensoría del pueblo y la asistencia técnica en casos en que se ventilen derechos individuales de sustrato mercantil, excede los límites de sus competencias
Sentencia Nº: 1.355
20. Incidencia en procedimiento de nulidad. Revocada la medida cautelar otorgada por esta Sala mediante auto Nº 1495 del 1 de agosto de 2006, y a su vez acuerda la suspensión de la Ley de Defensa y Seguridad Ciudadana, publicada en la Gaceta Oficial del Estado Zulia Nº 659, Extraordinaria del 24 de Mayo de 2001
Sentencia N°: 1.358
21. La omisión de pronunciamiento configura el vicio de incongruencia negativa, por no decidir conforme a todo lo alegado en autos
Sentencia Nº: 1.362
22. La transacción no procede en etapa de ejecución de sentencia
Sentencia Nº: 1.402
23. Conforme a derecho la decisión del médico de trasfundir hemoderivados en contra de la voluntad de la niña paciente, siempre y cuando dicho procedimiento médico sea la única opción científicamente comprobada y tecnológicamente asequible en el país para resguardarle la vida al paciente-objetor testigo de Jehová o practicante de cualquier otra religión o culto que parte de los mismos principios. Los niños, niñas y adolescentes no pueden invocar la objeción de conciencia cuando está en riesgo la vida
Sentencia Nº: 1.431
24. Con el artículo 546 del Código de Procedimiento Civil la intención del legislador fue proteger a cualquier tercero afectado por decisiones dictadas en un proceso que le es ajeno
Sentencia Nº: 1.490
25. En el proceso penal los Juzgados de Control están obligados a salvaguardar los derechos del imputado ante la presentación tardía efectuada por el Ministerio Público. En todo caso ante una presentación tardía el ministerio público está obligado a alegar y justificar las razones de la misma. Competencia de los juzgados de control
Sentencia Nº: 1.496
26. Sentencia mediante la cual se estableció que en los procesos penales donde sea necesaria la constitución del tribunal mixto, el Juez profesional que dirigirá el juicio, una vez agotadas dos convocatorias sin haberse constituido efectivamente el Tribunal con escabinos y oído el acusado cuya opinión no será vinculante, deberá proceder a la celebración del juicio en forma unipersonal
Sentencia Nº: 1.579
27. Aclaratoria de sentencia. Las copias auténticas de las decisiones que se acompañan con las demandas de amparo, deben contener las firmas de los Jueces, que suscriben el fallo y del secretario que le da fe pública del mismo
Sentencia Nº: 1.580
28. Legitimación para interponer amparo. Los niños y adolescentes tienen plena capacidad para incoar acciones de amparos constitucionales
Sentencia Nº: 1.581
29. La República no puede ser condenada en costas. La Sala abandona el criterio sentado en sentencia Nº 172 del 18 de febrero de 2004 (caso Alexandra Margarita Stelling)
Sentencia Nº: 1.582
30. Estabilidad de los Jueces y Juezas. Los Jueces itinerantes permanentes en su condición de carrera, constituye una categoría especial de jueces reconocida por el entonces Consejo de la Judicatura, que si bien no debe ser asimilada a la condición de titulares, tampoco debe ser asimilada a un juez cuyo nombramiento ha sido efectuado con carácter provisional, de allí que para ser separados de dichos cargos se requiere de la sustanciación del respectivo procedimiento disciplinario
Sentencia Nº: 1.622
31. Interés Superior del niño. Reintegración del niño a su familia sustituta. Vínculos afectivos vs vínculos biológicos. Derecho de niños, niñas y adolescentes al honor, reputación, propia imagen, vida privada e intimidad familiar
Sentencia Nº: 1.687
32. Medida cautelar en solicitud de revisión
Sentencia Nº: 1.730
33. No conforme a derecho desaplicación del artículo 444 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, referente a la adopción internacional. Ratificación sobrevenida del tratado. Cambio de legislación alcance del principio “Interés Superior del Niño”
Sentencia Nº: 1.734
34. Es improponible en derecho anunciar recurso de casación en los procedimientos de amparo
Sentencia Nº: 1.780
35. Revisión de oficio por obviar la doctrina vinculante en la sentencia Nº 431/2000
Sentencia Nº: 1.787
36. Errónea desaplicación. La Sala advierte que el artículo 516 de la ley Orgánica para la Protección del Niño, Niña y del Adolescente, es de obligatorio cumplimiento por parte de los Tribunales de Protección de niños, niñas y adolescentes, en consecuencia, ningún Juez con la referida competencia, podrá aplicar frente a una solicitud de rectificación de partidas de niños, niñas y adolescentes, el procedimiento establecido en los artículos 768 y siguientes del Código de Procedimiento Civil, al contrario debe decidir como punto previo, si la solicitud versa sobre verdaderos errores materiales y remitirla en ese caso al Concejo de Protección, o si por el contrario, cabe la intervención judicial al tratarse de un error cuya solución debe obtenerse jurisdiccionalmente, en aplicación de lo establecido en el artículo 511 de la ley especial. Se ordenó publicación en Gaceta Oficial
Sentencia Nº: 1.851
37. Los Jueces del trabajo como directores del proceso deben procurar los fines fundamentales del mismo y siendo que la estadía a derecho de las partes no es infinita ni indeterminada se debe notificar a las partes una vez paralizada la causa
Sentencia Nº: 1.852
38. En las acciones de amparo constitucional los lapsos no se computan por días de despacho ni se rigen con base en la Ley Orgánica Procesal del Trabajo
Sentencia Nº: 1.853
39. Revisión de sentencia. Trabajadores contratados para trabajar en el exterior. Derecho a la igualdad. Principio de irrenunciabilidad y realidad sobre las formas
Sentencia Nº: 1.854


Palabras Preliminares

En el marco de las iniciativas de este Tribunal Supremo de Justicia, orientadas a la difusión de los valores científicos y culturales, debe destacarse la labor encomendada a la Fundación Gaceta Forense, consistente en su cotidiana labor de publicación y difusión de trabajos, ensayos y estudios, producto del intelecto de nuestra comunidad jurídica, enmarcados todos dentro de un sano espíritu de contribución académica y profesional de la ciencia del Derecho.

Es así como la Fundación Gaceta Forense ha venido desplegando un trabajo editorial publicando diversas colecciones y series que han obtenido un elevado prestigio y aceptación en nuestro foro, dentro de las que destacan: i) Colección Estudios Jurídicos; ii) Colección Nuevos Autores; iii) Colección Libros Homenaje; iv) Serie Eventos; v) Colección Doctrina Judicial; vi) Serie Normativa; vii) la Revista de Derecho; y viii) Varios.

Todas y cada una de tales colecciones y series se publican respetando los conceptos y expresiones usadas por sus autores, pero eximiendo, de igual forma, de toda solidaridad, responsabilidad o vinculación formal para con este digno Tribunal Supremo y a sus autoridades.

Con lo cual, es así como esperamos que esta nueva publicación –que por las presentes palabras preliminares se introduce en la ya extensa biblioteca de ediciones de nuestro digno Tribunal–, sea acogida con entusiasmo y beneplácito por nuestra comunidad jurídica, y logre enriquecer también su rigor científico y académico para el beneficio de nuestro foro.

Caracas, veintiéis de octubre de 2010

Luisa Estella Morales Lamuño

COSTO

Costo al Detal : Bs F. 298,00
Disponible en el Centro de Información Documental CID, Planta Baja Ala B, Edificio Tribunal Supremo de Justicia.

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