De allí que, en la oportunidad de dar Apertura al Año Judicial correspondiente al año 2000, puedo afirmar que en Venezuela están echadas las bases para la construcción de un nuevo Poder Judicial, que de manera eficiente administre Justicia a todas las personas que así lo requieran.
No obstante, hay que señalar que desde la Corte Suprema de Justicia se había venido allanando este camino, a través del Proyecto de Modernización que ha desarrollado en esta Institución desde hace tres años, el cual, no sólo ha estado enfocado en mejorar la eficiencia y calidad del más Alto Tribunal de la República en el cumplimiento de su actividad jurisdiccional, sino, en adecuar, desarrollar y consolidar su rol como máxima autoridad en la conducción del Poder Judicial .
En este sentido y continuando con la tradición de presentar en este acto el balance de la actividad desplegada por esta Institución el año inmediatamente anterior, me referiré a las actividades y resultados obtenidos durante 1999, producto del proceso de modernización que se ha desarrollado, para finalmente referirme a los retos que se presentan a este Tribunal Supremo de Justicia.
En primer lugar, en cuanto a la Política Institucional. Durante 1999, la Corte Suprema de Justicia realizó un conjunto de actividades como ente encargado de la política judicial nacional.
Al respecto, cabe destacar la iniciativa de este Alto Tribunal, en atención a la entrada en vigencia del Código Orgánico Procesal Penal, de constituir, desarrollar y consolidar una instancia entre las diversas instituciones responsables de la implementación de este instrumento jurídico, a objeto de coordinar criterios y acciones, lográndose constituir la Comisión de Evaluación y Seguimiento del Código Orgánico Procesal Penal.
Esta Comisión cuenta con la participación de representantes de las diversas instituciones del Sector Justicia, desde la que se ha promovido espacios de diálogo con otros sectores interesados e involucrados en el tema, tales como, los Colegios de Abogados, las Universidades y las Organizaciones No Gubernamentales.
Así mismo, en el desarrollo de su misión como ente coordinador de la política judicial nacional, la Corte Suprema de Justicia realizó durante el año 1999, un conjunto de actividades de información y difusión a la Sociedad Civil.
En este sentido y consciente de la necesidad de difundir los alcances del Código Orgánico Procesal Penal, se diseñó una campaña divulgativa e informativa sobre los alcances de dicho Código y se produjo un disco compacto en formato multimedia acerca del contenido del mismo.
Continuando con el recuento sucinto de las actividades institucionales, la Corte Suprema de Justicia decretó al Año 1999 como Año Jubilar de los Derechos Humanos y en este sentido se realizaron alianzas con Organizaciones No Gubernamentales, con Organismos Internacionales y con Colegios de Abogados del interior del país para organizar y llevar a cabo un conjunto de Cursos, Foros y Encuentros sobre diversos temas de Derechos Humanos, que contaron con la asistencia masiva tanto de la comunidad jurídica como de diferentes sectores de la Sociedad Civil.
En el desarrollo y consolidación de las relaciones externas, la Corte Suprema de Justicia llevó a cabo en el año 1999 y por segunda vez consecutiva, la organización y realización de la II Cumbre Iberoamericana de Presidentes de Cortes y Tribunales Supremos de Justicia, año en el que además esta Institución fue sede Pro Tempore de la Presidencia y de la Secretaría de dicha instancia internacional.
Igualmente, la Corte Suprema de Justicia de Venezuela durante el año 1999, continuó presidiendo la Organización de Cortes Supremas de las Américas, desde la que se promovió la Red virtual de Cortes y Tribunales Supremos de Justicia que ha sido denominada IUDICIS.
En segundo lugar, en cuanto a la Actividad Judicial. Durante el año 1999, en ejecución del Proyecto de Modernización ya referido y con el objetivo de hacer más eficiente la gestión judicial de los Magistrados, se dotó a todas las Salas de la Corte Suprema de Justicia de nuevos equipos de alta tecnología, lográndose la automatización de un 90%, que aunado a la nueva organización de las respectivas Salas y a la creación de equipos especiales de abogados, aumentaron así, de manera considerable, la capacidad de sentenciar de este Alto Tribunal, tal como consta en los resultados de la actividad jurisdiccional desplegada por la Corte Suprema de Justicia, que recientemente fueron presentados a la opinión pública y que reflejan una productividad tres veces más alta que el año anterior.
Igualmente, cabe destacar que a partir de este año 2000 se implementará un Sistema de Gestión Judicial Automatizado, a objeto de poder darle seguimiento a los expedientes que cursan en este Alto Tribunal.
En tercer lugar, en cuanto a la Divulgación de Sentencias, es grato poder informarles la próxima entrada en funcionamiento del Centro de Información Documental del Tribunal Supremo de Justicia, en el que se podrá consultar una base de datos computarizada de la Jurisprudencia de este Alto Tribunal desde finales del siglo XIX, así como también, de los expedientes activos que cursen en el mismo.
Igualmente es grato informarles de la eficiencia que ha continuado mostrando esta Institución en la información y difusión de su Actividad Institucional y Jurisdiccional vía Internet, a través de nuestra página Web, que es consultada de forma diaria por 1.500 usuarios aproximadamente.
Continuando con los servicios de información, cabe destacar que se han reestructurado las Bibliotecas y los Archivos de este Alto Tribunal para facilitar así la consulta del público interesado.
En cuarto lugar, debo señalar que el Proyecto de Modernización desarrollado por la Corte Suprema de Justicia, no sólo alcanzó a las Salas y a los Despachos Judiciales que funcionan en este Alto Tribunal, sino a las diferentes Dependencias en la que se llevan a cabo las actividades de Apoyo Administrativo y Gerencial del mismo, cuya modernización se ha venido implementando de acuerdo a la propuesta del Estudio Estratégico Global realizada en el marco del ya referido Proyecto de Modernización y que contiene aspectos referidos a la Organización, los procedimientos, los sistemas de computación, los sistemas de control de gestión y los recursos humanos.
Una vez completadas las actividades antes descritas en las áreas Institucional, Jurisdiccional y Administrativa, esta Institución habrá ejecutado el 89% de los recursos provenientes del endeudamiento externo. Con los recursos remanentes, se realizarán en este año, los ajustes necesarios al proceso de implementación y así este Alto Tribunal habrá cumplido con el cronograma de actividades acordado con el Banco Mundial, alcanzando un desempeño eficiente del Proyecto de Modernización, cuyo control financiero ha sido debidamente auditado.
Sin duda alguna, la realización de estas actividades ha constituido un gran avance para mejorar la eficiencia de este Alto Tribunal, sin embargo, con el cambio del Poder Judicial que recientemente se ha producido a nivel constitucional surgen grandes retos para este Tribunal Supremo de Justicia.
Una de las definiciones más acertadas del Capítulo de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela de 1999, referido a la rama judicial, es la existencia de un conjunto de instituciones y personas que se comportan y funcionan como un sistema, el Sistema de Justicia.
En este sentido, para que el Sistema de Justicia, que está conformado por el Tribunal Supremo de Justicia, los demás tribunales, el Ministerio Público, la defensoría pública, los órganos de investigación penal, los auxiliares y funcionarios de justicia, el sistema penitenciario, los mecanismos alternativos de resolución de conflictos, los ciudadanos que participan en la administración de justicia y los abogados autorizados para el ejercicio, pueda funcionar verdaderamente como un Sistema, se requiere un esfuerzo institucional y una clara voluntad política en este sentido, con el que está comprometido el Tribunal Supremo de Justicia, como ente de gobierno del Poder Judicial.
Ahora bien, en aras del mejor cumplimiento de su actividad judicial, le corresponde al Tribunal Supremo de Justicia organizar de manera eficiente las tres nuevas Salas que se han creado, estas son, la Sala Constitucional, la Sala Social y la Sala Electoral; y por la otra, le corresponde a este Alto Tribunal mantener el nivel de eficiencia que se había logrado en las Salas de Casación Civil, de Casación Penal y en la Sala Político Administrativa con un menor número de Magistrados.
Pero, evidentemente, más allá de la eficiencia, a nivel jurisdiccional el desafío más importante de este Tribunal Supremo de Justicia, está relacionado con las decisiones que se producirán en la interpretación de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela de 1999 y de manera especial, en la Sala Constitucional.
A objeto del desarrollo de ésta y las demás normas constitucionales respectivas, estaremos presentando, a la brevedad posible, los Proyectos de Ley necesarios para la adecuada implementación de dichas normas, entre ellos, el de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia.
Ahora bien, el reto más complejo que se plantea a este Tribunal Supremo de Justicia, es el del ejercicio de la Administración del Poder Judicial, a partir de la eliminación del Consejo de la Judicatura y de la creación de la Dirección Ejecutiva de la Magistratura.
Al respecto, el Tribunal Supremo de Justicia está trabajando en el diseño de una estructura de Gerencia Técnica que garantice las condiciones necesarias para el desarrollo y definitivo establecimiento de la carrera de los jueces, que además de que sea acorde al principio de Independencia Judicial, sea transparente, de forma tal que haga posible el seguimiento y control social.
Adicionalmente, nuestra responsabilidad se extiende hasta las Defensorías Públicas. Al respecto, hemos previsto como primer paso, la realización de un proceso participativo para la elaboración y presentación del proyecto de Ley correspondiente, en el que se defina la estructura, organización y reglas que garanticen el mejor desempeño de este Servicio, cuyo fortalecimiento es esencial a la materialización del derecho a la justicia, el cual ha quedado previsto en nuestro texto constitucional bajo un conjunto de principios que deben ser garantizados por el Estado, tales como la gratuidad, la accesibilidad y la transparencia.
En atención al principio de gratuidad de la Justicia, ha quedado establecido constitucionalmente que el Poder Judicial no está facultado para establecer tasas, aranceles, ni exigir pago alguno por sus servicios, contribuyendo así con la eliminación de los obstáculos que impiden el acceso a la justicia de la mayoría de la población venezolana. Al respecto, todos los jueces y juezas del país, están en la obligación de asegurar el cumplimiento de este principio constitucional, como guardianes que son de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela.
Igualmente, en relación con la accesibilidad y la transparencia como principios constitucionales que rigen al Derecho a la Justicia, desde el Tribunal Supremo de Justicia daremos continuidad a la política de impulsar programas y proyectos que contribuyan a mejorar el acceso a la Justicia de la población, a través de estrategias que posibiliten la defensa social y la formación de ciudadanos informados y conocedores de sus Deberes y Derechos.
Para estos programas y proyectos contaremos con el apoyo de organismos de cooperación internacional, y para su ejecución, continuaremos suscribiendo Convenios de Cooperación Institucional con los diferentes Colegios de Abogados y Universidades del país.
Igualmente, en este año 2000, promoveremos la coordinación de programas y proyectos con las demás Instituciones Públicas involucradas en la tarea de construir una más elevada cultura jurídica en nuestro país.
Al respecto, uno de los proyectos que próximamente se concretará es la creación de una Oficina de Orientación Ciudadana para todas aquellas personas que, sin tener un caso en este Alto Tribunal, requieran de orientación jurídica.
De allí que, de cara al Tercer Milenio, el Tribunal Supremo de Justicia está empeñado en crear las condiciones adecuadas que garanticen el Derecho a la Justicia que tienen las personas.
De esta manera, se declara formalmente la apertura de las Actividades Judiciales correspondientes al año 2000.
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