REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA


DOCTRINA DE LA SALA DE CASACIÓN CIVIL Primer Semestre 2004
COMPILACIÓN DE LA SECRETARÍA DE LA SALA
Tribunal Supremo de Justicia.Colección Doctrina Judicial, N° 9
Palabras Preliminares
TABLA DE CONTENIDO

Palabras Preliminares, Iván Rincón Urdaneta
Presentación,Carlos Alfredo Oberto Vélez

Indice de Artículos
Abreviaturas
ABOGADOS
1. Apercibimiento al abogado que obra con temeridad o mala fe
2. Asistecia y representación
a. Ineficiencia de las actuacioes realizadas en juicio por quien no es abogado, aún cuando hubiere actuado asistido de abogado
b. Requisitos que debe llenar el abogado para actuar ante la Sala de Casación Civil
3. Estimación e intimación de honorarios profesionales
a. Cuando se pretende el cobro de honorarios debe ocurrirse a la vía del procedimiento ordinario para determninar la cuantía del proceso que dio origen a la condenatoria en costas
b. Cuando se pretende el cobro de honorarios profesionales generados por actos realizados en sede judicial deviene una competencia funcional
c. Deber del juez que declara el derecho al cobro de los honorarios profesionales intimados de indicar el contenido del específico derecho pecuniario que reconoce al actor
d. El procedimiento de honorarios profesionales no puede generar condenatoria en costas
e. Fases en el proceso de estimación e intimación de honorarios profesionales
f. Forma de computar la prescripción bianual en el cobro de honorarios profesionales extrajudiciales
g. La acción de cobro de honorarios profesionales constituye una acción personal
h. Las decisiones sobre retasa, así como aquellas recaídas en incidencias conexas con esa materia son inapelables
i. La doble instancia en materia de estimación e intimación de honorarios profesionales. Alcance del artículo 167 del Código de Procedimiento Civil

ACTOS PROCESALES
Tempestividad

ACTUACIONES JUDICIALES
Autos de sustanciación
Naturaleza de los autos de sustanciación o de mero trámite. Inadmisibilidad del recurso de casación ejercido contra ellos

AMPARO
Los conflictos de competencia que surjan en materia de amparo entre tribunales del país son del conocimiento de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia

APELACIÓN
1. El lapso de apelación no se suspende por la solicitud de las figuras contempladas en el artículo 252 del Código de Procedimiento Civil
2. Es extemporánea por anticipada la apelación ejercida el día de la última notificación


AUTOCOMPOSICIÓN PROCESAL
1. Desistimiento
Noción. Condiciones de procedencia
2. Facultad para disponer del derecho en litigio para la validez del acto de autocomposición procesal
3.Transacción
Legitimación procesal 4. El convenimiento como medio de autocomposición procesal puede ser llevado a cabo no sólo en el juicio ordinario sino también en los procedimientos especiales como el de ejecución de hipoteca

AVOCAMIENTO
1. Competencia de las distintas Salas del Tribunal Supremo de Justicia para conocer solicitudes de avocamiento
2. Naturaleza discrecional y excepcional
3. Fases o etapas en las que se desarrolla el procedimiento del avocamiento
4. Objeto
5. Supuestos de procedencia


CADUCIDAD
1. Caducidad legal y caducidad contractual. Oportunidad procesal para oponerlas
2. Posibilidad de las partes de fijar, mediante contrato, el lapso de caducidad para incoar judicialmente las acciones derivadas del mismo. Principio de la autonomía de la voluntad


CASACIÓN
1. Admisibilidad
a. Admisibilidad del recurso de casación contra las sentencias que decidan sobre el reclamo formulado en ocasión a la estimación definitiva que sobre la experticia complementaria haya llevado a cabo el juez de la recurrida
b. Admisibilidad del recurso de casación contra sentencias definitivas formales de reposición
c. Admisibilidad del recurso de casación contra sentencias interlocutorias que causen gravamen no reparado en la definitiva. Oportunidad procesal
d. De las demandas que tienen por objeto la entrega del inmueble arrendado como consecuencia de los procesos de resolución o cumplimiento de contrato. La sentencia de segunda instancia es recurrible en casación
e. Diferencias entre inadmisibilidad y perecimiento del recurso de casación
f. Imposibilidad del control casacional de los denominados “conceptos jurídicos indeterminados”. Excepción
g. Inadmisibilidad del recurso de casación contra autos dictados en ejecución de sentencia
h. Inadmisibilidad del recurso de casación contra decisiones dictadas en materia de regulación de competencia
i. Inadmisibilidad del recurso de casación contra la decisión que niega la homologación de un medio de autocomposición procesal
j. Inadmisibilidad del recurso de casación contra la sentencia que niegue una solicitud de medidas preventivas
k. Inadmisibilidad del recurso de casación contra sentencias que declaren inadmisible la reconvención
l. Inadmisibilidad del recurso de casación en los procedimientos relativos a solicitud de declaratoria de herencia yacente por pertenecer a la jurisdicción voluntaria
m. Las decisiones provenientes de la solicitud de entrega material del bien vendido por pertenecer a la jurisdicción voluntaria no son recurribles en casación
2. Anuncio
a. Naturaleza preclusiva del lapso para anunciar y formalizar el recurso de casación
b. Posibilidad de anunciar el recurso de casación ante registrador, notario o tribunal distinto al que pronunció la decisión de la cual se recurre
3.Casación de oficio
4.Casación sobre los hechos
a. Diferencia entre falso supuesto positivo y falso supuesto negativo
b. El error de calificación jurídica cometido por el sentenciador no constituye suposición falsa
c Juzgamiento de los hechos. Error facti in iudicando de derecho y el error facti in iudicando de hecho
d. Suposición falsa
e. Técnica para su denuncia
f. Técnica para denunciar el falso supuesto en el que incurre el juez de la recurrida al examinar la prueba testimonial y de inspección judicial
5.Cuantía
a. Carga del recurrente de aportar los elementos necesarios cuando no consta en los autos el libelo de la demanda del juicio principal
b. Cuantía exigida para la admisión del recurso de casación
c. Cuantía que debe tomarse en consideración para admitir el recurso de casación en aquellos juicios en los cuales se haya propuesto la reconvención
d. Cuantía requerida para la admisibilidad del recurso de casación contra las sentencias de reenvío
e. Instrumentos que tienen valor demostrativo a los efectos de determinar la cuantía
f. Revisión de la cuantía en las decisiones dictadas luego de una reposición
6. Formalización
a. Combate de la cuestión jurídica previa
b. Cuando sea solicitada la reposición de la causa en el escrito de informes y el juez no se pronuncia, la parte interesada debe formular la respectiva denuncia por reposición no decretada
c. Estructura de cada denuncia. Metodología apropiada
d. Flexibilización de los requisitos establecidos en el artículo 317 del Código de Procedimiento Civil en aplicación del precepto constitucional
e. La denuncia en casación del vicio de reformatio in peius como una infracción de forma por incongruencia positiva. Técnica para su denuncia
f. Objeto y justificación de los requisitos establecidos en el artículo 317 del Código de Procedimiento Civil
g. Presentación del escrito de formalización ante el tribunal de alzada
h. Requisitos extrínsecos e intrínsecos que debe cumplir todo escrito de formalización como carga procesal del recurrente
i. Técnica para denunciar el artículo 508 del Código de Procedimiento Civil
j. Técnica para denunciar la reposición preterida
k. Vicio de reposición mal decretada. Técnica para su denuncia
7. Infracción de ley
a. Clasificación de las hipótesis de infracción de ley
b. Denuncia aislada del artículo 12 del Código de Procedimiento Civil
c. Errónea interpretación . Configuración
d. Técnica para su denuncia
8. Indefensión
Configuración del vicio
9. Legitimación
Interés para recurrir en casación. Requisitos

CITACIÓN
1. Citación de los herederos del litigante fallecido. Alcance del artículo 231 del Código de Procedimiento Civil
2. Forma de computar el término de la distancia en los casos de citación mediante comisión
3. La citación cartelaria como forma supletoria de la citación personal
4. La citación como acto que materializa la garantía constitucional de la defensa
5. Presunta. Efectos
6. Validez de la citación por correo, si el aviso de recibo no es firmado por las personas señaladas en el artículo 220 del Código de Procedimiento Civil

COMPAÑÍA
Obligación de los administradores de convocar a los accionistas de una determinada compañía de conformidad con los requisitos establecidos en el artículo 277 del Código de Comercio

COMPETENCIA
1. Aplicación de la Ley Orgánica de Tribunales y Procedimientos Agrarios a las causas que estén en curso al momento de la entrada en vigencia del Decreto con Fuerza de Ley de Tierras y Desarrollo Agrario
2. Competencia de la Sala Constitucional para ejercer la jurisdicción constitucional
3. Competencia de la Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, para revisar, anular y conocer las decisiones dictadas por los juzgados con competencia laboral
4. Competencia del Juez Agrario en materia de partición de fundos rurales 5. Competencia del Juzgado Superior Agrario con sede en Caracas para conocer recursos de nulidad por ilegalidad contra actos administrativos de efectos generales o particulares emanados de organismos administrativos agrarios
6. Competencia de la Sala Politicoadministrativa para conocer acciones intentadas contra la República
7. Competencia de los tribunales de protección al niño y al adolescente para conocer de las causas relativas a la inserción, rectificación o supresión de partidas de niños y adolescentes
8. Competencia de los tribunales de protección al niño y al adolescente para conocer de las causas en las cuales los menores y adolescentes figuren como demandados
9. Las causas que sean reguladas por la ley adjetiva y sustantiva civil –como la partición– son de naturaleza civil y aún en las causas donde estén involucrados indirectamente menores de edad, la competencia le corresponde a los tribunales civiles, ya que son los órganos especializados en la materia
10. Competencia de la Sala de Casación Civil del Tribunal Supremo de Justicia para resolver los conflictos entre tribunales con competencia en materias diversas
11. Competencia de los Juzgados de Municipio, de los de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito y de los Juzgados Superiores respectivos para conocer materia bancaria
12. Competencia de los Tribunales Superiores en los Civil y Contencioso Administrativo para conocer apelaciones en los juicios en que la parte demandada sea un Estado o Municipio
13. Competencia de los Tribunales Superiores en lo Contencioso Administrativo para conocer litigios que versen sobre la relación de empleo público entre los docentes y la administración pública
14. Competencia para conocer solicitudes de entrega material de vehículos
15. Inexistencia procesal de las decisiones dictadas por jueces incompetentes
16. La competencia funcional jerárquica la ejercen los tribunales de mayor jerarquía y del mismo ámbito de competencia por la materia de aquel que dictó la sentencia que se pretende impugnar
17. Principio de la perpetuatio jurisdictionis
18. Requisitos que determinan la competencia agraria
19. Solicitud de regulación de competencia. Alcance del artículo 71 del Código de Procedimiento Civil
20. Tribunal competente para conocer acciones posesorias en materia agraria
21. Tribunal competente para conocer la acción de rectificación de partidas


COMUNIDAD
1. Cualidad para intentar la demanda en nombre y representación de la comunidad de propietarios
2. El inmueble adquirido antes de la celebración del matrimonio es propio del cónyuge y no pertenece a la comunidad conyugal. De ser comprado con crédito hipotecario, el saldo pagado a costa de la comunidad debe ser recompensado en la partición en su valor actual

CONTRATOS
1. Contrato de venta
Requisitos que deben concurrir para que se considere consumada la evicción. Cita de saneamiento o de garantía. Naturaleza incidental
2. El contrato de apertura de línea de crédito y la hipoteca que lo garantiza
3. La interpretación de los contratos es una cuestión de hecho reservada a los jueces de mérito
4. Las conclusiones a las que arriba el juez como consecuencia de la interpretación de los contratos no constituyen suposición falsa
5. Técnica para denunciar la desnaturalización intelectual del contenido de los contratos por parte de los jueces de instancia

COSTAS
1. Condenatoria en costas y omisión en cuanto a su pronunciamiento. Técnica para su denuncia en casación
2. Vencimiento total

CUESTIONES PREVIAS
Subsanación voluntaria del defecto u omisión imputado al libelo. Lapso para contestar la demanda cuando nace el derecho del juez de emitir un pronunciamiento

DAÑO MORAL
1. Apreciación subjetiva del juez en la estimación del daño
2. Noción


DEMANDA
1. Contestación
El lapso para dar contestación a la demanda comienza a correr a partir de la constancia en autos de las actuaciones llevadas a cabo por los funcionarios judiciales en torno a la citación del accionado
2. Instrumentos en que se fundamenta la pretensión

EMBARGO
Oposición
Noción. Características

HIPOTECA NAVAL
1. Registro
2. Plazo de duración de las hipotecas
3. Derechos de los diques y astilleros sobre buques en construcción y/o reparación
4. Protección legal del acreedor hipotecario

INTERDICTO
Proceso interdictal de carácter posesorio. Especialidad, celeridad y brevedad de las actuaciones

LAPSOS PROCESALES
1. Cómputo para los lapsos y términos en el proceso civil venezolano
2. El error del órgano jurisdiccional en el cómputo de los lapsos no puede actuar en detrimento de las partes
3. Improrrogabilidad de los lapsos procesales
4. Lapso para consignar copias de los documentos o actas para la tramitación del recurso de hecho 5. Las modificaciones en los lapsos o términos procesales no deben ser aplicadas a aquellos que hubieran comenzado a correr

MEDIDAS PREVENTIVAS
1. Alcance del artículo 588 del Código de Procedimiento Civil
2. Controversias secundarias o subincidencias. Recurribilidad en casación
3. La negativa a decretar una medida preventiva es facultad soberana del juez
4. Necesidad de tramitar y decidir en cuaderno separado cualquier incidencia relativa a medidas cautelares

NOTIFICACIÓN
1. Mecanismos legales para practicar la notificación de las partes en litigio cuando no exista domicilio procesal
2. Notificación en los casos de avocamiento de un nuevo juez
3. Notificación del Procurador General de la República y su actuación en juicio
4. Procedimiento que deben seguir los jueces en materia de notificaciones

NULIDAD
1. De las nulidades procesales
2. Procedencia del recurso de nulidad contra el fallo dictado por el juez de reenvío

ORDEN PÚBLICO PROCESAL
1. Fraude procesal
2. La alteración de los trámites esenciales del procedimiento quebranta el concepto de orden publico

PARTICIÓN
Los juicios de partición que ordenan que se emplace a las partes para el nombramiento del partidor

PRESCRIPCIÓN
1. Requisitos para que la demanda judicial produzca la interrupción de la prescripción
2. Suspensión de la prescripción. Alcance del articulo 1964 del Código Civil

PRINCIPIOS PROCESALES
Principios procesales del orden consecutivo legal y obligatoriedad de los procedimientos establecidos en la ley

PODER
1. Representación sin poder
2. Requerimiento de facultad expresa para el ejercicio de actos de disposición

PROCEDIMIENTOS
1. Acumulación

Incompatibilidad de procedimientos
2. Procedimiento que se debe observar en caso de que se desconozca un documento privado acompañado con el libelo de demanda

PROCEDIMIENTOS ESPECIALES
1. De la ejecución de hipoteca

a. Apelación del auto de admisión de la demanda en el procedimiento de ejecución de hipoteca
b. Cuando sea insuficiente el bien hipotecado y rematado para cubrir el pago de la obligación, el acreedor podrá pedir el embargo de otros bienes
c. Oposición por parte del intimado al pago o del tercero poseedor a la solicitud de ejecución de hipoteca
2. Del procedimiento por intimación
a. Correcta interpretación del artículo 651 del Código de Procedimiento Civil
b. La oposición formulada por el demandado el mismo día que se da por intimado es extemporánea por prematura
3. Oferta Real
a. Citación. Correcta interpretación de los artículos 822 y 824 del Código de Procedimiento Civil
b. Cumplimiento de los requisitos exigidos en el artículo 1.307 del Código Civil para la validez del ofrecimiento real
c. Finalidad
4. Vía Ejecutiva
Admisión del recurso de apelación contra el decreto de embargo ejecutivo dictado en el procedimiento especial de vía ejecutiva

PRUEBAS
1. Autos para mejor proveer
2. Distribución de la carga de la prueba
3. Forma de estructurar en la sentencia el análisis y valoración de la prueba de testigo por parte del jurisdicente
4. Inadmisibilidad de prueba distinta al titulo registrado para hacer valer el derecho de propiedad sobre un inmueble
5. Instrumentos

a. Admisibilidad de las copias fotostáticas de documentos públicos o privados reconocidos o tenidos legalmente por reconocidos
b. Carácter taxativo de las causales establecidas en el artículo 1380 del Código Civil para la tacha de falsedad de un instrumento público
c. Desconocimiento
d Diferencia entre documento público y auténtico
e Los documentos públicos administrativos. Noción. Valor probatorio
f. El informe técnico o pericial debe ser incorporado al proceso por medio de la prueba testimonial, por lo tanto, el juez debe valorarlo de conformidad con lo previsto el artículo 508 del Código de Procedimiento Civil
g. Imposibilidad de conocer la Sala de Casación Civil impugnaciones de documentos mediante la tacha de falsedad. Atribuciones de la Sala de Casación Civil
h. Las declaraciones contenidas en los documentos emanados de terceros sólo pueden ser trasladadas al expediente mediante la promoción y evacuación de la prueba testimonial, debiendo ser apreciadas por el juez de conformidad con la regla de valoración prevista en el artículo 508 del Código de Procedimiento Civil
i. Oportunidad procesal para promover instrumentos privados simples
6. Libertad probatoria para demostrar e impugnar la filiación o paternidad
7. Silencio de pruebas

a. El silencio de pruebas constituye un error de juzgamiento y no defecto de actividad
b. Necesidad de pruebas válidamente promovidas para que se configure el vicio de silencio de pruebas. Objeto
8. Testigos
a. Alcance del contenido del artículo 478 del Código de Procedimiento Civil
b. El artículo 508 del Código de Procedimiento Civil debe ser considerado como regla de valoración de la prueba testimonial
c. Supuestos en los cuales no es admisible la prueba testimonial

RECLAMO
Supuestos de procedencia

RECUSACIÓN
1. Negativa del recurso de casación en las incidencias de recusación e inhibición. Alcance del artículo 101 Código de Procedimiento Civil
2. Supuestos en los cuales es admisible el recurso de casación en las incidencias de recusación e inhibición

RECURSO DE INTERPRETACIÓN
1. Competencia de las distintas Salas del Tribunal Supremo de Justicia para conocer recursos de interpretación 2. Requisitos de admisibilidad

REGISTRO PÚBLICO
Protocolización de un acto. Efectos de la falta de protocolización

REIVINDICACIÓN
1. Acción reivindicatoria. Concepto. Requisitos
2. Los efectos jurídicos de un remate consumado sólo podrán ser combatidos mediante la acción reivindicatoria

RESPONSABILIDAD CIVIL
Posibilidad de concurrencia de la responsabilidad civil contractual con la extracontractual

SEGUROS
La póliza como instrumento fundamental de la pretensión de cumplimiento de un contrato de seguro

SENTENCIA
1. Absolución de la instancia

Vicio de absolución de la instancia. Configuración
2. Contradicción
a. Contradicción en el dispositivo
b. Contradicción en los motivos
c. Contradicción y Motivación Contradictoria. Configuración
3. Cuando la sentencia no contiene una decisión pura y simple sino que lo decidido queda sometido a la realización de un acontecimiento futuro e incierto, la sentencia es condicional y por lo tanto nula
4. Decisiones interlocutorias y definitivas formales de reposición. Características
5. Experticia complementaria del fallo e indeterminación objetiva
6. Falta de síntesis de la sentencia. Configuración
7. Incongruencia

a. Configuración del vicio
b. Incongruencia positiva y negativa
c. Incongruencia positiva
d. Incongruencia negativa
e. Legitimidad para plantear la denuncia de omisión de pronunciamiento
f. Omisión de pronunciamiento del juzgador sobre alegatos planteados en los informes
8. La nulidad de la sentencia definitiva por el tribunal que conozca en grado de la causa no será motivo de reposición, y éste decidirá el fondo del asunto
9. Los requisitos de la sentencia son de estricto orden público
10. Los expertos deben limitarse a cumplir estrictamente lo ordenado en la sentencia
11. Mención de los apoderados judiciales
12. Motivación

a. Configuración del vicio de inmotivación
b. Razones de derecho
c. Requisito de motivación
d. Vicio de motivación acogida
13. Requisitos de la determinación objetiva. Relación con los principios de autosuficiencia y unidad procesal del fallo
14. Supuestos de procedencia de las solicitudes de aclaratoria
15. Uso inadecuado de la expresión “no tiene materia sobre la cual decidir”


SIMULACIÓN
La legitimación activa en la simulación

TERCERÍA
Tercería adhesiva

TÍTULOS VALORES
Cheque

El protesto que se debe aplicar para determinar la caducidad de las acciones contra el librador es el protesto por falta de aceptación. Alcance del artículo 452 del Código de Comercio

Palabras Preliminares

El número 9 de la Colección Doctrina Judicial divulga la proferida por la Sala de Casación Civil durante el primer semestre del año en curso. Este es el quinto libro de la Colección producido por dicha Sala: los cuatro primeros compilados por quien fuera su Secretaria, Adriana Padilla Alfonzo, y éste, preparado por la Secretaría de la misma, que ha seguido, en líneas generales, el modelo actualizado en los anteriores. Como éstos, presenta su contenido dividido por materias y el índice de los artículos citados en los fallos recopilados.

Conforme señala, en su Presentación, el Presidente de la Sala, Magistrado Doctor Carlos Alfredo Oberto Vélez, la obra persigue “servir como instrumento de trabajo de fácil manejo y comprensión para los usuarios de la administración de justicia”, razón por la cual “hemos decidido seleccionar sólo los extractos de las sentencias que establecieron, abandonaron, ratificaron, ampliaron o puntualizaron doctrina”. Del mismo modo, indica el presentador, se incluyen otras decisiones que “aunque no encuadran en las anteriores, consideramos necesaria su transcripción por tratar temas de suma relevancia en el ámbito jurídico nacional, manteniendo los datos de las restantes con el comentario de su ratificación, tanto por decisiones del mismo lapso como por aquellas publicadas en libros anteriores, si las hubiere”.

Se espera que esta nueva publicación sea recibida por la comunidad jurídica a quien se dirige, con la misma complacencia que las anteriores con el sello de este Tribunal Supremo de Justicia. Su publicación se hace, conforme se ha señalado en múltiples ocasiones, con miras a cumplir su obligación constitucional de divulgar la interpretación del Derecho, a cargo del órgano competente, entre los profesionales del ramo.

Caracas, 31 de agosto de 2004
Ivan Rincón Urdaneta

COSTO

Costo al Detal : Bs.22.000,00
Disponible en el Centro de Información Documental CID, Planta Baja Ala B, Edificio Tribunal Supremo de Justicia.

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