De igual manera resaltó el gran impacto social que han tenido los medios alternativos de resolución de conflictos en la aplicación de esta Ley, ya que el 96 por ciento de las causas han sido resueltas en la fase preliminar del proceso, lo que significa la materialización de una justicia expedita y eficaz, que redunda en una disminución considerable de los costos del proceso tanto para el sistema judicial como para los justiciables.
A lo largo de este foro, se profundizó sobre otros aspectos básicos que dan cuerpo a esta Ley, como lo son; la Jurisdicción y Competencia de los Tribunales del Trabajo, tema que estará a cargo del magistrado Juan Rafael Perdomo. Otro elemento importante que se abordará en estos dos días de jornada, será lo relacionado con el principio de la oralidad, estructura fundamental sobre la cual descansa este proceso.
En este sentido, el presidente del TSJ explicó que la oralidad se entiende como un elemento procesal fundamental, en virtud del cual el proceso laboral se constituye en un instrumento que permite la efectiva realización de la justicia mediante un procedimiento breve, inmediato, concentrado y público; y destacó que esta Ley desarrolla el principio de la oralidad a través de la audiencia, donde participan directamente los tres sujetos procesales a saber: el demandante, el demandado y el juez.
LA META ES LIMITAR LAS ACTUACIONES ESCRITAS
¿Con estos elementos aspiramos reducir considerablemente las actuaciones escritas, que se limitarán a lo estrictamente necesario, por ello la Ley, es enfática en este sentido, al admitir sólo las formas escritas previstas en su propio texto. La oralidad, junto con la inmediación y la concentración configuran los pilares fundamentales del moderno proceso laboral Venezolano¿, dijo Rincón acotando que se aspira equilibrar la evidente desigualdad que existe en la relación laboral entre patrono y trabajador, la cual en algunas oportunidades no es la más idónea, razón que justifica la creación de leyes especiales que garanticen políticas sociales que armonicen las relaciones entre ambas partes y garanticen sus derechos de manera efectiva.
En consecuencia, han venido trabajando al unísono entre lo que significa la implementación y la adecuación de la infraestructura, creando para ello sedes con un especial diseño arquitectónico que garantizan edificaciones de alta calidad y excelencia.
Hasta ahora se han ejecutado en 100% las obras destinadas a dichas sedes, en ciudades como Maracay, San Juan de los Morros, Guarenas, Los Teques, Maturín, Cabimas, Acarigua, La Guaira, San Felipe, Charallave, Guanare, Maracaibo, Puerto Ordaz, Ciudad Bolívar, Valencia, Barcelona, Barquisimeto, Nueva Esparta, Trujillo y Caracas, lo que representa un total de 8.710 metros cuadrados de sedes físicas al servicio de los usuarios de la justicia. Por lo que la institucionalización del derecho del trabajo y la creación de estas nuevas estructuras, sin duda servirá de soporte durante las siguientes décadas para fortalecer aún mas las bondades de esta Ley.
Durante su discurso el Presidente reconoció que ¿llegar a este 100% de ejecución de obras en el ámbito de la jurisdicción laboral, es posible gracias al esfuerzo y dedicación de nuestra Sala de Casación Social y los demás entes gubernamentales comprometidos con los procesos de modernización de la gestión pública nacional¿.
Finalmente, aprovechó la ocasión para presentar el Libro ¿Ley Orgánica Procesal del Trabajo -Ensayos-¿ publicado por la Fundación de Gaceta Forense, obra que en sus dos volúmenes recopila treinta y un estudios sobre la mencionada Ley, y las máximas de las sentencias publicadas por los Juzgados Superiores del área Metropolitana de Caracas, seleccionadas por los titulares de dichos órganos jurisdiccionales.