jueves, 05 de octubre de 2000
Trabajadores de la CANTV:
INTRODUCEN NUEVO ESCRITO EXIGIENDO CUMPLIMIENTO DE LA SENTENCIA EMANADA DEL TRIBUNAL SUPREMO
Los trabajadores se quejan de que no se está cumpliendo con lo que dice la sentencia que favoreció a 241 trabajadores reenganchados, en relación con el salario y los puestos de trabajo que tenían cuando fueron despedidos

Los trabajadores de la CANTV que fueron reenganchados en sus labores por mandato de una sentencia emanada de la Sala Político Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia, introdujeron un nuevo escrito en el cual solicitan que se ordene a la referida empresa dar cumplimiento a la sentencia en todas sus partes.

Uno de los apoderados judiciales de los trabajadores, el abogado Manuel Manrique Siso, señaló que a pesar de que la CANTV ha reenganchado a los trabajadores que en su oportunidad solicitaron el avocamiento de la causa por ante la Sala Político Administrativa, la misma se ha negado a reincorporar a los trabajadores que fueron jubilados mientras regía el período de inamovilidad laboral.

Informó igualmente el abogado Manuel Manrique Siso, que los trabajadores reincorporados, a muchos de ellos no se les ha ubicado en su anterior sitio de trabajo ni tampoco se les paga el salario real, tal como lo manda la sentencia del Tribunal Supremo, sino que se les esta cancelando el salario que percibían en 1996 a razón de 90.000 bolívares mensuales.

En el PETITORIO del nuevo escrito introducido ante la Sala Político Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia, los trabajadores solicitan que reincorporen a los trabajadores jubilados y que se les cancele el salario real que deben percibir a la fecha presente, así como lo adeudado por la diferencia en el salario de 1996 y el que deben percibir en el año 2000, precisó ante los periodistas de la fuente judicial el abogado Manuel Manrique Siso.

Es bueno que se aclare –dijo el apoderado judicial - que esta solicitud que hemos introducido nuevamente, es complementaria del juicio que le ganamos a la CANTV, cuando se ordenó la reincorporación compulsiva de 241 trabajadores en la propia sede de la empresa telefónica a cargo del Dr. Miguel Angel Martín, Juez 3º de Primera Instancia del Trabajo de Caracas, quien se trasladó hasta la empresa para ejecutar dicho mandato, en cumplimiento de la sentencia del 18 de julio de 2000 en ponencia del Magistrado Carlos Escarrá Malave.

Autor:
  prensa TSJ

Fecha de Publicación:
  05/10/2000

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