martes, 17 de octubre de 2000
En los próximos días se realizará audiencia oral del caso:
INDIGENAS ACUDEN AL TRIBUNAL SUPREMO LUEGO DE ADMITIDO EL AMPARO CONTRA TENDIDO ELECTRICO
Según Silviano Castro, representante del pueblo Pemón y Rafael González Arias, apoderado judicial de los indígenas, el amparo se admitió, pero específicamente lo relacionado con los derechos ambientales, pero que esos derechos ambientales no fueron reclamados en el amparo constitucional, sino que se solicitó –entre otras cosas- la conformación de una comisión para determinar el impacto socio-cultural del tendido eléctrico entre Venezuela y Brasil

Representantes de las comunidades indígenas de la Gran Sabana acudieron al Tribunal Supremo de Justicia para manifestar su descontento por la manera en que fue admitido el recurso de amparo constitucional introducido el pasado 20 de mayo contra la construcción del tendido eléctrico entre Venezuela y Brasil. Según los demandantes, en el amparo se solicitaba la creación de una comisión para determinar el impacto socio-cultural del proyecto cuestionado, pero que el Tribunal admitió el amparo tomando en cuenta el impacto ambiental del mismo, aspecto que –según los accionantes- no fue presentado en el recurso de amparo.

Silviano Castro, representante Pemón manifestó a los periodistas de la fuente judicial que la solicitud hecha por las comunidades indígenas giraba en torno a solicitar la realización de un estudio de impacto socio-cultural del cuestionado proyecto, sin embargo el Tribunal Supremo –a juicio de Castro- admitió el recurso “desde el punto de vista del impacto ambiental, sabemos que el permiso ambiental fue otorgado por el Ministerio del Ambiente, pero nunca se hizo el estudio de impacto socio-cultural que es nuestro pedimento”.

 

RAFAEL GONZALEZ: “TENDIDO ES PERJUDICIAL PARA VENEZUELA”

Entre tanto el apoderado judicial de los representantes indígenas Rafael González Arias, expresó a los periodistas de la fuente judicial, “que la admisión del recurso de nuestro amparo por parte de la Sala Constitucional dejó a un lado la pretensión que formularon los pueblos indígenas, ellos están exigiendo que se haga un estudio del impacto socio-cultural, que según la Constitución debe hacerse con carácter previo a cualquier proyecto económico que se vaya a ejecutar en los territorios indígenas. Ese estudio no se ha hecho, ese es el reclamo que hacen los pueblos indígenas”.

Manifestó González que el no es vocero del pueblo Pemón, que él es solo su abogado, pero ellos –los indígenas- “saben perfectamente que el tendido eléctrico es perjudicial para los pueblos indígenas porque el desarrollo industrial y el desarrollo comercial que se va a realizar en la frontera de Venezuela con Brasil los va a despojar a ellos de los territorios porque las concesiones mineras van a ser dadas en miles de hectáreas, porque una población no indígena los va a despojar de su territorio y ellos no van a aceptar ese impacto territorial, ese impacto socio-cultural”.

Agregó que el tendido eléctrico es desfavorable para el país porque “el desarrollo comercial e industrial va a ser protagonizado principalmente por Brasil y no por Venezuela. Además porque la venta de la energía que se está realizando es a precio de costo, Venezuela no está ganando nada por la venta de esa energía y además los daños ambientales, por ejemplo sobre la cuenca del río Caroní es sumamente grave porque el Caroní es el afluente digamos de la Represa de Guri y ella es la que proporciona el setenta por ciento de la energía a todo el país, por lo tanto, el tendido es desfavorable para Venezuela desde el punto de vista económico, ambiental desde el punto de vista de los derechos culturales de los indígenas”, concluyó el abogado.

Autor:
  prensa TSJ

Fecha de Publicación:
  17/10/2000

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