jueves, 18 de enero de 2001
Ante la Sala Constitucional del T.S.J:
PABLO AURE SOLICITO AMPARO CONSTITUCIONAL CONTRA ACTO DICTADO POR EL MINISTRO DE LA DEFENSA
El abogado y profesor demandante a través de la acción judicial intentada, pretende anular todos los actos ocurridos después de ejecutarse la orden ministerial que ordenó la apertura del proceso penal-militar en su contra por cometer, presuntamente, el delito de injuria a la Fuerza Armada.



Solicitó una medida cautelar innominada para suspender inmediatamente los efectos del acto impugnado.

 

El abogado y profesor Pablo Aure introdujo ante la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia un recurso de amparo contra la orden previa de apertura del proceso penal-militar dictado por el Ministro de la Defensa, General de División (Ej.) Ismael Hurtado Soucre, mediante la cual instruye al Ministerio Publico Militar para investigarlo y  juzgarlo por el delito de injuria a la Fuerza Armada    

Aure, acompañado de sus abogados Lubin Labrador Rondón, José Parra Saluzzo y David Terán Guerra, señaló en su escrito que debido a la orden impartida por el Ministro de la Defensa, se violaron sus derechos constitucionales a la Libertad de Opinión y Expresión, consagrado en el artículo 57 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela; El derecho al debido proceso, consagrado en los artículos 49 y 261 de la Carta Magna; Derecho a la seguridad jurídica consagrado en los artículos 19, 25, 26 y 257 del texto fundamental, en concordancia con el principio de la legalidad de la función pública instituido en el artículo 137 y de la usurpación de funciones previsto en el artículo 138 de la Constitución; Y el derecho a la libertad y seguridad personal consagrado en el artículo 44 de la Carta Magna.

            El demandante explicó a los periodistas de la fuente judicial acerca de su cuestionada acción que“en el supuesto negado de ser un delito, debe ser conocido por jueces naturales, recordemos que por lo que se me está juzgando es lo que la doctrina internacional se conoce como la libertad de opinión, la cual está garantizada por todos los tratados internacionales suscritos por Venezuela”.

            Agregó que si la institución militar se sintió ofendida por sus opiniones, debieron inhibirse de conocer el caso, “porque tanto el Juez militar como el Fiscal militar forman parte de la Fuerza Armada y si a mi se me está imputando un delito de ofensa hacia la institución castrense por supuesto se violaría también el principio de ser juzgado por un Juez imparcial”.

            Explicó Pablo Aure que la acción de amparo es contra la orden dictada por el Ministro Hurtado Soucre que ordenó la apertura del proceso penal-militar que se sigue en su contra, con el objetivo de eliminar todos los actos ocurridos después de ejecutarse la orden ministerial referida. Agregó el profesor de la Universidad de Carabobo que dirigieron una comunicación a la Organización de Estados Americanos en la que informaron la situación del caso.

            Por último informó que ya sus abogados enviaron una comunicación a la Organización de Estados Americanos (O.E.A) con el fin de poner en conocimiento de la situación por la que viene pasando. Además, adelantó que mañana viernes tiene una citación del Tribunal Cuarto de Control, pero que por compromisos de trabajo solicitará sea postergada para el próximo lunes, día en que también acudirá a las 2:00 pm. a la Asamblea Nacional para dirimir todo lo referente al caso. 

                 

MEDIDA CAUTELAR

Solicitó además de conformidad con el artículo 588 del Código de Procedimiento Civil sea acordada una medida cautelar innominada con la finalidad de garantizar la total eficacia de la sentencia principal a dictarse con motivo de esta acción de amparo constitucional.

En ese sentido explicó en su escrito que “los efectos de la ejecución del acto impugnado mediante la presente acción de amparo, deben ser suspendidos inmediatamente, dado que la decisión que en definitiva dictará este Tribunal Constitucional no podrá, por ser ello prácticamente imposible, retrotraer la situación jurídica en caso si llegasen a consumarse los actos ordenados por el referido órgano judicial en su sentencia”.

 

PETITORIO

         Pablo Aure solicitó entonces, se declare la nulidad de la orden previa de apertura de juicio penal militar en su contra dictada por el ciudadano Ministro de la Defensa por violar sus derechos constitucionales, restituir su libertad plena y que sea declarada con lugar la solicitud de medida cautelar innominada para lograr la suspensión de los efectos del acto impugnado.

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Fecha de Publicación:
  18/01/2001

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