martes, 15 de enero de 2002
El jueves de realizará nueva audiencia
EXPERTOS RINDIERON INFORME SOBRE CREDITO MEJICANO EN EL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA

Este martes se realizó la primera audiencia oral para escuchar a los expertos peritos promovidos para participar en el marco del juicio que se ventila en la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, con relación al recurso de amparo interpuesto por la Asociación Civil de Deudores Hipotecarios de Vivienda Principal (ASODEVIPRILARA), presidida por Cesar Antonio Balzarini Esperanza, y terceros coadyuvantes, en contra de los financiamientos que ofrecen los Bancos y Entidades de Ahorro y Préstamos bajo la modalidad de “crédito indexado” o “crédito mejicano”.

El acto, celebrado en el auditorio principal del TSJ, fue presidido por el Magistrado Jesús Eduardo Cabrera y contó con la asistencia de los magistrados José Delgado Ocando, Pedro Rondón Haaz y la suplente de Sala, Carmen Zuleta de Merchán. Asimismo, comparecieron los representantes legales de la Asociación Bancaria de Venezuela, Rafael Gallegos, Rafael Pirela y Oswaldo Padrón; del Consejo Nacional Bancario, Justo Oswaldo Páez, Manuel Sucre y Esteban Palacio Lozada; de la Superintendencia de Bancos, Víctor Rafael Hernández Mendible; los abogados de ASODEVIPRILARA, Abraham Saldivia Paredes, José Manuel Romano Sobrino y Gastón Saldivia Dager; miembros de asociaciones de deudores hipotecarios aceptados por la Sala como terceros coadyuvantes; los representantes de la Defensoría del Pueblo, Judith Valentina Merchán y Sasha Fernández Cabrera; funcionarios del Consejo Directivo del Instituto para la Defensa y Educación del Consumidor y el Usuario (INDECU), asistidos por Milton Ladera; todo ello de conformidad con lo establecido en la decisión de la Sala Constitucional del 1º de noviembre del año 2001.

En la primera parte de la audiencia, la Sala Constitucional procedió a juramentar a los testigos expertos promovidos por las partes y a recibir, para que sean re- preguntados por las partes a los expertos que presentaron un informe escrito en vista de que dicho informe escapa del principio de inmediación que caracteriza una audiencia oral.

En consecuencia fueron juramentados los expertos: Eduardo Pérez Bilardo, José Alberto Yánez, Domingo Fontiveros, Carlos Fiorilo, Manuel Gutiérrez, Reinaldo Alfonso Silva, Luis Lizardi y Carlos Jaramillo.

Por otra parte, el magistrado Jesús Eduardo Cabrera, informó que el próximo jueves, a las 10:00 de la mañana, los peritos Pérez Bilardo, José Alberto Yánez y Domingo Fontiveros, tienen audiencia para que depongan el resultado de la experticia solicitada; y el martes 22 del mes en curso, a las 10:00 am, el resto de los expertos serán escuchados en audiencia.

Acto seguido, los peritos Rafael Derek García, Eduardo Pérez y Reinaldo Silva Pacheco, iniciaron la exposición del resultado de su informe escrito. En este sentido, los expertos indicaron que basaron su análisis en los siguientes aspectos: Determinar si el ingreso salarial promedio nacional crece en la misma proporción de la tasa de interés aplicada a los préstamos indexados, y si en vista a esa situación los créditos son pagables o no, en los términos normales de los contratos de créditos indexados.

En este sentido, le correspondió a, Derek García, explicar en que se basaron para realizar el examen de los recaudos (orales y escritos) presentados por las partes en litigio, indicando que éstos fueron sometidos a fórmulas matemáticas y financieras circunscritas a los créditos hipotecarios lineales e indexados. Asimismo, respecto a las tasas de interés, dijo que se emplearon las reales para el período 1996 a junio de 2001, con base en informaciones del Bancos Central de Venezuela, agregando que para años posteriores se basaron en los indicadores económicos básicos presentados por Eduardo Pérez. Al referirse a la cuota financiera de pago la ajustaron para su incremento anual basándose en dos aspectos: para 1996 y 1998, con un promedio salarial basado en cifras de la Oficina Central de Estadística e Información; mientras que a partir de 1999 la base de cálculo consiste en la Inflación, según lo dispuestos por la Ley del Sistema del Subsistema de Vivienda y Política Habitacional e instructivo de la Superintencia de Bancos.

Al ser requerido, el perito Rafael Derek, por el magistrado Jesús Eduardo Cabrera sobre las conclusiones del informe éste señaló: Ante la pregunta: Si los créditos mexicanos otorgados por los bancos y entidades de ahorro y préstamos les ha permitido obtener una contraprestación de los prestatarios que rebase los límites del BCV. La respuesta es, que en virtud que el BCV, para el lapso entre el 1º de enero de 1996 al 31 de junio de 2001, no ha fijado los montos de las tasas de interés, no estamos en capacidad de contestar tal pregunta; ante la otra pregunta, referida a determinar el monto de la contraprestación de los bancos y otras entidades, al prestar un millón de bolívares bajo la modalidad de los créditos mejicanos a un año de plazo. La respuesta es que la contraprestación que reciben es de bolívares 521 mil 304, mientras que bajo la modalidad del crédito lineal la contraprestación es de bolívares 283 mil 230.

Sobre la pregunta, referida a la influencia que tiene la capitalización de los intereses sobre intereses sumados al capital originario de un millón de bolívares, en la modalidad de los créditos mejicanos y el crecimiento de la deuda total del prestatario, los expertos concluyen que bajo la modalidad de créditos indexados no existe la capitalización de intereses sobre intereses sino que entienden que se refiere a intereses refinanciados sumados al saldo deudor, por lo que la experticia realizada alcanzó la cantidad de 600 bolívares y que a un año plazo, en los cálculos, no se evidencia el crecimiento de la deuda del prestatario determinándose eso sí un pago total de interés y capital, por un millón 521 mil 304.

Por su parte, Reinaldo Silva Pacheco, experto promovido por la parte demandante, salvó parcialmente el voto en el informe final, por discrepar en la forma de análisis, ya que a su criterio el examen realizado es parcial, ya que de los 431 contratos de créditos indexados consignados en el expediente, 426, es decir 98,84%, fueron protocolizados a partir del año 97 al 2001, por lo que sólo 5 de los contratos, fueron posteriores al año 97. “Por lo que el análisis se hizo basado en el año 96, año completamente atípico en el campo económico, pues en el país se registró una alta inflación, 103%, cuando en el resto de los últimos 28 años, la inflación a oscilado entre 20 y 40%”.

Ante esa situación el experto solicitó a la Sala que le permitieran entregar un cuadro informativo donde se evalúa la misma situación antes planteada, pero con los parámetros del año 97, donde la inflación anual alcanzó 37,6% y la tasa de interés promedio para crédito hipotecario representó 30,81%. “Es así como se obtiene, que para un préstamo de un millón de bolívares bajo la modalidad de crédito lineal, a un año plazo, genera 159 mil bolívares; mientras que para un crédito indexado alcanza 354 mil 700 bolívares. Pero, la mayor variación se da con los créditos otorgados a 10 años plazo o más, por ejemplo, en 15 años, un crédito lineal pagaría 4 millones 275 mil bolívares de intereses, por un millón; mientras que en la modalidad de crédito indexado, pagaría 28 millones 871 mil 781 bolívares de interés, como se podrá observar, la contraprestación obtenida por los bancos y entidades de ahorro y préstamo, supera en los plazos de 1 a 25 años, los marcadores promedios de los seis principales Bancos que publica el BCV. Por ejemplo, a 25 años plazo, que representa 25 cuotas financieras, comprendidas desde el mes de enero de 1997 al mes de enero del 2020, calculado a la tasa de interés variable histórica y proyectada, se causa intereses por un crédito indexado por 217 millones 170 mil 417 bolívares, que sumado a un capital inicial de un millón de bolívares, da una cifra total a cancelar de 218 millones 170 mil 419, mientras que en la modalidad de crédito lineal, el interés general sólo alcanza 7 millones 554 mil 523” – concluyó.

En la oportunidad, de las preguntas formuladas por los representantes bancarios, estos hicieron especial énfasis en la forma en que éste último experto realizó su análisis, argumentado que el crédito mejicano ofrece mayores cuotas para pagar el préstamo, por lo que es más flexible. En este sentido, denunciaron que el experto se extralimitó al elaborar un informe paralelo al elaborado por el resto de los peritos.

Fecha de Publicación:
  15/01/2002

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