viernes, 01 de marzo de 2002
En el Auditorio Principal del TSJ:
ALIZADO FORO "ANÁLISIS DE LA JURISPRUDENCIA DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA EN SALA DE CASACIÓN CIVIL"
Expresó el Presidente de la Sala de Casación Civil del alto tribunal, Magistrado Franklin Arrieche, que ha sido política de la Sala que cada vez que se abandone un criterio jurisprudencial por otro, se debe atender a dos aspectos: primero, que cada vez que se produce un criterio se explicado, se fundamenten las razones que obligaron a ese cambio, y la necesidad de la implementación de la nueva doctrina y; segundo, que cada vez que se publique un nuevo criterio, este únicamente se aplicará a los recursos cuya admisión se produzca a partir del día siguiente de su

El Foro "Análisis de la Jurisprudencia del Tribunal Supremo de Justicia en Sala de Casación Civil", se llevó a cabo bajo el auspicio de la Fundación Gaceta Forense, enmarcado en la política de apertura y apoyo del alto tribunal con todas las actividades que tienen en la Máxima instancia judicial de la República, con el objetivo principal de promover debates acerca de los temas jurídicos que interesan a todos los sectores nacionales. “teniendo como norte, convertirnos en la Casa de la Justicia de los venezolanos”, así lo señaló el Presidente del máximo tribunal del país, Dr. Iván Rincón Urdaneta, durante sus palabras de instalación del evento.

El Foro fue moderado por la Dra. Adriana Padilla, Secretaria de la Sala de Casación Civil del máximo tribunal y contó con la asistencia de Magistrados del TSJ, el Coordinador General de la Dirección Ejecutiva de la Magistratura, Dr. Rafael Roversi Thomas, profesionales del derecho, profesores universitarios y representantes de los medios de comunicación que plenaron el Auditorio Principal del Tribunal Supremo de Justicia.

 

EL TRIBUNAL ESTA ABIERTO AL PLANTEAMIENTO Y LA DISCUSIÓN JURÍDICA:

Las palabras de apertura del Foro estuvieron a cargo del Magistrado Iván Rincón Urdaneta, Presidente del Tribunal Supremo de Justicia, quien señaló que es parte de la política del máximo tribunal del país promover debates acerca de los temas jurídicos que interesan a todos los que vivimos en esta tierra, “teniendo como norte, convertirnos en la Casa de la Justicia de los venezolanos”. Para tal fin, la máxima instancia judicial, mantiene abiertas sus puertas para propiciar espacios al dialogo democrático con los diferentes integrantes del sistema de justicia, precisó el Dr. Rincón Urdaneta.

Recordó el Presidente del TSJ que desde el año pasado, esa instancia ha brindado todo su apoyo para la realización de este tipo de actividades, tanto en la sede del TSJ, como en el interior del país, en la que Magistrados y abogados del alto tribunal, profesores universitarios y distinguidas personalidades del mundo jurídico han discutido abiertamente en relación con las decisiones más relevantes emanadas de cada una de las Salas que integran el Alto Tribunal .

Agregó que en el año 2001, se fijaron importantes precedentes jurisprudenciales, “que si bien produjeron en el foro jurídico y fuera de él intensas discusiones, han venido a desarrollar el alcance de los derechos de los ciudadanos”, indicó.

Para concluir sus palabras , el Magistrado-Presidente expresó su agradecimiento y felicitación a los Magistrados Franklin Arrieche, Carlos Oberto Vélez y Antonio Ramírez Jiménez por la organización y realización del Foro, y además agradeció a los profesores Ramón Escovar León, José Andrés Fuenmayor y Alfredo Morles, por aceptar la convocatoria y participar en este espacio dedicado a contribuir con el conocimiento en beneficio del Poder Judicial venezolano.

 

INTERVENCIÓN DEL PRESIDENTE DE LA SALA DE CASACIÓN CIVIL

 

El Magistrado Presidente de la Sala de Casación Civil, Dr. Franklin Arrieche Gutiérrez, realizó durante su intervención una amplia y coherente explicación de la nueva jurisprudencia que ha venido aplicando la Sala que preside.

 

El primero en hacer uso de la palabra y exponer acerca de sentencias relevantes de la Sala de Casación Civil, fue el Primer Vicepresidente del Tribunal Supremo de Justicia, Magistrado Franklin Arrieche Gutiérrez, que además es Presidente de la mencionada Sala.

En primer término el Magistrado explicó que ha sido política de la Sala de Casación Civil que cada vez que se abandone un criterio por otro, se debe atender a dos aspectos: en primer término, que cada vez que se produce un criterio se da la explicación o fundamentación de las razones que obligan a ese cambio, y la necesidad de la implementación de la nueva doctrina, es decir, se da la motivación. Además, “para proteger el principio de la buena fe, y no perjudicar a los justiciables que asumieron una conducta de acción o de omisión en acatamiento a los que el Máximo Tribunal les venía diciendo que era lo correcto, la Sala ha adoptado la política de que cada vez que se publique un nuevo criterio, el mismo únicamente se aplicará a los recursos cuya admisión se produzca a partir del día siguiente de su adopción”, aclaró el Dr. Arrieche.

A su cargo estuvo una completa y detallada exposición acerca de la sentencia Nº 363 de fecha 16 de noviembre de 2001 (Juicio por indemnización de daños y perjuicios materiales y morales seguido por la sociedad mercantil Cedel Mercado de Capitales C.A. contra la sociedad mercantil Microsoft Corporation).

En dicho fallo, entre otras cosas, se condenó a la demandada a pagar a la accionante Bs. 550.000.000,00 por concepto de daños y perjuicios materiales, descritos en el libelo de la demanda y Bs. 100.000.000,00, por concepto de indemnización por el daño moral reclamado e inflingido a la actora.

El Dr. Franklin Arrieche en relación a dicho fallo explicó a cerca de diferentes criterios sentados en el mismo, entre otros: Casación contra decisión que niega una aclaratoria; El cumplimiento de los lapsos procesales; Costas en recurso de forma por el ganador en el juicio; Necesidad de expresar los hechos que se pretenden probar; Criterio para la contestación de la demanda cuando hay cuestiones previas y se subsana y la distinción entre hecho ilícito y abuso de derecho (Artículo 1.185 del Código Civil).

Igualmente el Presidente de la Sala de Casación Civil expuso en relación con la sentencia Nº 53, del 5 de abril de 2001 (Juicio por cumplimiento de contrato de arrendamiento seguido por Héctor González, Juan González y Matias González contra Yuk Lau Yau Pung), en la que se estableció un criterio en torno al artículo 291 del Código de Procedimiento Civil

 

EXPOSICIÓN A CARGO DEL MAGISTRADO ANTONIO RAMÍREZ JIMENEZ

El Magistrado de la Sala de Casación Civil, Antonio Ramírez Jiménez, antes de comenzar su intervención, aprovechó la oportunidad para agradecer y felicitar al Dr. Fernando Parra Aranguren, Director de la Gaceta Forense del TSJ, por su apoyo a este tipo de actividades, que para el Dr. Ramírez Jiménez son vitales para dar a conocer a la esfera jurídica del país acerca de las sentencias que marcan jurisprudencia y así contribuir con la difusión del conocimiento entre los jueces, abogados y demás integrantes del Poder Judicial venezolano.

La amplia exposición del Dr. Antonio Ramírez Jiménez versó alrededor de dos sentencias de la Sala de Casación Civil. La primera de ellas, la Nº 110 del 27 de abril de 2001, relativo a un juicio intimatorio por cobro de bolívares seguido por Maria Recchimurzo Flores, contra la empresa Tenerìa San Miguel, C.A. La otra, del 31 de julio de 2001, sentencia Nº 216 (procedimiento por daños materiales derivados de accidente de tránsito seguido por Maria Ostos Nuñez, contra Elsy Rincones Guerra y Elizabeth Guerra de Rincones.

En la última sentencia, expresó el Magistrado, la Sala abandonó las jurisprudencias que hasta el momento habían prevalecido en el sentido de fijar la cuantía para los juicios de tránsito en las suma de 3 millones y estableció que para la admisión del recurso de casación en materia de tránsito el interés principal debía exceder de la suma de 5 millones de bolívares.

 

INTERVENCION DEL DR. FERNANDO PARRA ARANGUREN

Posteriormente, el Dr. Fernando Parra Aranguren, hizo llegar las palabras de disculpa de parte del Magistrado Carlos Oberto Vélez (Vicepresidente de la Sala), quien no pudo intervenir en el evento, debido a que se encontraba fuera de la ciudad por compromisos que estaba cumpliendo atinentes al máximo tribunal del país. Sin embargo el Dr. Parra Aranguren se encargó de exponer la ponencia del Dr. Oberto Vélez.

“Vivimos una época de crisis singular una de cuyas expresiones más sensible es la incredibilidad en la administración de justicia, provocada por la concupiscencia y el error del pasado. Devolver al justiciable esa confianza perdida, ha de ser uno de los propósitos implícitos en todas las actuaciones de la justicia nacional. Procuramos hacerlo practicando una Justicia accesible por medio del rendimiento, en la producción de sentencias; el cumplimiento de los lapsos legales que conduzcan a decisiones oportunas y también mediante la calidad de las mismas”, precisó el Dr. Parra Aranguren.

En primer término abordó lo relacionado con la sentencia del juicio por interdicto restitutorio seguido ante el Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del estado Zulia, interpuesto por Jorge Villasmil Davila, contra la sociedad de comercio Meruvi De Venezuela C.A. En dicho fallo, la Sala en resguardo al derecho a la defensa y al debido proceso establece la constitución efectiva del contradictorio en los procedimientos interdictales posesorios.

Además, comentó acerca del fallo del 22 de junio de 2001, sentencia Nº 61, acerca del juicio por partición y liquidación de comunidad de la unión no matrimonial permanente seguido por Marysabel Crespo de Crededio, contra Pedro Crededio Rodríguez.

Finalmente, los doctores, Ramón Escovar León, José Andrés Fuenmayor G. y Alfredo Morles Hernández, disertaron e intercambiaron puntos de vista acerca de la jurisprudencia de la Sala de Casación del Tribunal Supremo de Justicia, y la importancia que la misma tiene en el concierto jurídico nacional.

Autor:
  prensa TSJ

Fecha de Publicación:
  01/03/2002

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