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viernes, 21 de mayo de 2004 |
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Mientras se decide el fondo del caso |
Sala Constitucional desaplica artículo 133 de la Ley Orgánica de Aduanas |
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Ver Sentencia
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Mientras se decide el fondo del caso, la Sala Constitucional, con ponencia del magistrado Jesús Eduardo Cabrera, suspendió la aplicación del artículo 133 de la Ley Orgánica de Aduanas, publicada en la Gaceta Oficial N° 5.353 del 17 de junio de 1999, esto al declararse parcialmente con lugar un amparo cautelar solicitado por un grupo de empresas cuya principal actividad económica viene dada por la prestación del servicio de transporte marítimo o agenciamiento marítimo, que interpusieron un recurso de nulidad por inconstitucionalidad contra los artículos 121, literales c y e, y 133 del cuerpo legal.
Alegó la parte accionante que la inconstitucionalidad del artículo 121, literales c y e deviene por el carácter confiscatorio de las multas contempladas en dicha disposición, lo cual origina ¿en su criterio- la violación de los artículos 44.3, 112, 115, 116, 299 y 317 de la Carta Magna. Sobre el artículo 133 indicaron que viola lo dispuesto en los artículos 26 y 49 de la Constitución, referidos al derecho a la tutela judicial efectiva y al debido proceso, respectivamente.
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PRONUNCIAMIENTO DE LA SALA |
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SOBRE LA DESAPLICACIÓN DEL ARTÍCULO 133 |
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NEGADA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA COMO DE MERO DERECHO |
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VOTO CONCURRENTE |
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Fecha de Publicación: |
21/05/2004 |
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Pagina Web: |
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