martes, 21 de mayo de 2002
Ante la Sala Constitucional del TSJ:
CONTRALMIRANTE SOLICITA SUSPENSION DE CONSEJO DE INVESTIGACIÓN EN SU CONTRA POR SUCESOS DEL 11-A

El Contralmirante William Claret Girón Hidalgo interpuso ante la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia un recurso de amparo con el objetivo de suspender el Consejo de Investigación que se sigue en su contra debido a los sucesos ocurridos entre el 11 y 14 de abril de 2002, por la presunta comisión de, entre otros, los delitos de delitos de motín, insubordinación y desobediencia. Solicitó que el Ministerio de la Defensa y la Inspectoría General de la Armada que se abstengan de ordenar el inicio de investigación penal o administrativa en su contra ya que la Constitución establece la prerrogativa del Antejuicio de mérito que, a su juicio, lo ampara.

El Oficial acompañado por sus abogados Hidalgo Valero, Miguel Castillo, Manuel Puentes, Miguel Cegarra y Guillermo Heredia interpuso el referido recurso ante la Secretaría de la Sala Constitucional del alto tribunal el escrito, en el cual narra, entre otras cosas, que el pasado 14 de mayo, mediante oficio, fue informado que sería sometido a un Consejo de Investigación, de conformidad en lo establecido en los artículos 62 y 280 primer aparte infine y en el artículo 281 de la Ley Orgánica de las Fuerzas Armadas Nacionales.

Según el demandante, se le pretende enjuiciar por los siguientes hechos: violación de los artículos 19, 24 y 348 de la Ley Orgánica de las Fuerzas Armadas Nacionales; Violación de los artículos 83, 87 y 97 del Reglamento de Servicios de Guarnición; Por estar incurso en las disposiciones contenidas en el Reglamento de Castigos Disciplinarios Nº 6, artículo 117 en los ordinales 11º, 15º, 41º, 42º, 45º y 50º; Por estar incurso en los delitos de motín, insubordinación y desobediencia, hipótesis establecida en los artículos 488, 489, ordinal 1º y 519 ordinal 2º del Código Orgánico de Justicia Militar, y finalmente, por la presunta infracción del Código Penal Venezolano en sus artículos 148, 149, 151 y 152 referente a los delitos contra los Poderes Nacionales.

Sin embargo indica en su escrito que “es a todo evento inútil e inconstitucional someter por parte de una administrativa a un Consejo de Investigación a un Oficial Almirante que disfruta y goza de los beneficios constitucionales”, a saber, expresa que la Constitución y la ley contemplan el Antejuicio de mérito como una prerrogativa procesal dirigida a obtener una autorización judicial para iniciar el enjuiciamiento y determinar la responsabilidad penal de un alto funcionario.

 

PETITORIO

En su petitorio el Contralmirante William Claret Girón, solicita que el Ministerio de la Defensa y la Inspectoría General de la Armada, se abstengan de ordenar el inicio de investigación penal o administrativa y se suspenda de inmediato el Consejo de Investigación que se le pretende seguir, precisó.

Además, solicitó al alto tribunal que se oficie al órgano competente del Ministerio de la Defensa para que se abstenga de citarlo con carácter de imputado o investigado y de no emplazarlo bajo apercibimiento de arresto u otra medida de coerción que impliquen una persecución personal en su contra.

 

DECLARACIONES DEL CONTRALMIRANTE Y SU ABOGADO

Después de interponer formalmente el recurso ante la Sala Constitucional, el Contralmirante William Claret Girón junto a sus abogados ofrecieron declaraciones a los periodistas que cubren la fuente judicial. El oficial de la Armada señaló que durante los sucesos del 11 al 14 de abril, su cargo era de Comandante de la Segunda Brigada de Infantería de Marina, ubicada en la guarnición militar de Carúpano y Comandante de la guarnición de Carúpano.

 

Expresó que durante los referidos sucesos “actuó bajo su conciencia” y que no movilizó tropas, ni pensó hacerlo y se negó a hacerlo. Sin embargo al ser consultado sobre quien le habría dado ordenes de movilizar tropas, respondió que “en estos momentos yo estoy sometido a un proceso judicial, entonces hay preguntas que yo prefiero que las respondan mis abogados. Esa respuesta en estos momentos no se las puedo dar”.

Señaló que acudía al alto tribunal del país a asumir su responsabilidad y que será precisamente el Tribunal Supremo el que debe dictaminar si cometió algún delito o no, pero nunca un Consejo de Investigación.

 

-¿Cómo observa la situación de la Fuerza Armada?, preguntó uno de los periodistas.

 

- Lo que sé de la situación interna de la Fuerza Armada Nacional es la que conozco a través de los medios de comunicación social y actualmente me encuentro un poco alejado de los cuarteles.

 

Entre tanto uno de sus abogados, Hidalgo Valero, expresó a los periodistas que se ha vulnerado el debido proceso, “ya que el juez natural de los oficiales, generales, y almirantes es el Tribunal Supremo de Justicia y el único órgano con competencia para investigarlos es el Fiscal General de la República”, agregó que ninguna autoridad militar puede enjuiciar a un oficial, general y almirante porque tienen el privilegio del Antejuicio de mérito que contempla el artículo 266, ordinal tercero de la Constitución y esto no lo puede violar la autoridad militar”, indicó.

Fecha de Publicación:
  21/05/2002

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