miércoles, 29 de mayo de 2002
Consignó informe de PDVSA en el Tribunal Supremo de Justicia
ABOGADO TULIO ALVAREZ RATIFICA SOLICITUD DE SUSPENSION DE CONVENIO PETROLERO ENTRE VENEZUELA Y CUBA

El abogado Tulio Alberto Alvarez ratificó ante el Tribunal Supremo de Justicia la solicitud de suspensión del suministro de crudo a la República de Cuba y que se ordene a Petróleos de Venezuela, empresa del Estado encargada de ejecutar el contrato y suministrar el crudo, que paralice cualquier embarque que se dirija a Cuba o a la orden de ese país.

El abogado informó a los periodistas que este miércoles acudió a la Sala Constitucional con el objeto de consignar un informe elaborado por la estatal petrolera, del pasado 15 de mayo, constante de cuatro folios, “en el cual tres importantes gerentes de PDVSA se dirigieron al Gerente de Comercialización de la Empresa para proponer demandas contra Cuba dirigidas obtener el pago de 63,4 millones de dólares por los siguientes conceptos: a) La deuda refinanciada siguiendo instrucciones de la República, impartidas mediante la Asamblea de Accionistas del 14 de noviembre de 2001, por un monto de 15,8 millones de dólares; b) Venta de crudos y productos ya entregados por un monto de 46,6 millones de dólares; y c) La diferencia por demoras, desviaciones e intereses de mora”.

Alvarez agregó que en el informe consta que aparecen en grave riesgo la cantidad de 19,1 millones de dólares por venta de crudos y productos cuyo pago se vence este mes y la cantidad de 59,5 que vencerán en los meses de junio y julio de este año. Esto sin añadir 51 reclamos por concepto de demoras, detenciones y desviaciones de buques.

En el informe, continúa exponiendo el abogado Alvarez, los gerentes proponen que el Comité de Operaciones ponga fin al Contrato por el “incumplimiento grave, no excusable, de las obligaciones de pago” y la desincorporación de la empresa estatal cubana del registro de clientes de acuerdo con las normas contenidas en el Manual de Políticas Comerciales de Comercio y Suministro.

El abogado demandante indica que con este informe de PDVSA y de otros documentos que él ha interpuesto, existen soportes suficientes para que el Alto Tribunal decrete como medida cautelar, la suspensión del suministro de crudo a la República de Cuba y ordene a PDVSA la suspensión del suministro de crudo.

“El Tribunal Supremo de Justicia tiene la responsabilidad histórica de suspender, en una primera etapa, el suministro de crudo a Cuba, en el marco del convenio impugnado, y posteriormente declarar la nulidad del mismo”, acota a la vez que alertó que la inacción, en este sentido, ya ha causado un daño y trae como consecuencia la aplicación del artículo 45 de la Convención de Viena sobre el Derecho de los Tratados que consagra la pérdida del derecho a alegar una causa de nulidad, terminación, retiro o suspensión de la aplicación de un tratado, “que procede en dos casos concretos, si después de haber tenido conocimiento de los hechos, ese Estado: a) Ha convenido expresamente que el tratado es válido, permanece en vigor o continúa en aplicación, según el caso, o b) Se ha comportado de tal manera que debe considerarse que ha dado su aquiescencia a la validez del tratado o a su continuación en vigor o en aplicación, según el caso”, concluyó.

Fecha de Publicación:
  29/05/2002

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