viernes, 03 de agosto de 2001
Sala Social del TSJ se reunió con jueces laborares de todo el país
CREAN 150 TRIBUNALES DE TRANSICION PARA TERMINAR CON LA MOROSIDAD EN LOS JUICIOS LABORALES
Los magistrados Omar Alfredo Mora Díaz, Juan Rafael Perdomo y Alfonso Valbuena Cordero, también trataron el tema de los concursos de oposición como mecanismo de legitimación del Poder Judicial en el área laboral, los cuales están previstos para el mes de octubre o noviembre del año en curso, comenzando por los Juzgados Superiores, unido todo esto con los planes de entrenamiento y capacitación de los jueces, mejoramiento de sus condiciones de trabajo así como en el área salarial

Los magistrados de la Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia ofrecieron este viernes un foro sobre el Proyecto de Ley Orgánica Procesal del Trabajo a los jueces laborales de todo el país, oportunidad que fue propicia para informar sobre los progresos que ha alcanzado la discusión de la propuesta en el seno de la Asamblea Nacional y en los diversos talleres que se han realizado sobre la materia, así como también, sobre las expectativas que genera la iniciativa legal y los resultados que brindará a todos los justiciables, una vez que ésta se convierta en ley de la República.

La reunión, organizada por la Sala Social y convocada por la Comisión Judicial, se realizó en el auditorio principal de la alta instancia judicial y contó con la participación de los magistrados, Omar Alfredo Mora Díaz, Juan Rafael Perdomo, presidente y vicepresidente de la mencionada Sala, respectivamente, y Alfonso Valbuena Cordero.

Para conocer los pormenores de la actividad los periodistas de la fuente judicial abordaron al titular de la Sala Social, Omar Alfredo Mora Díaz, quien señaló que la presencia de los jueces laborales sirvió para rendir un informe del trabajo que se llevó a cabo en todo el territorio nacional para difundir, primero, el anteproyecto, y ahora, el proyecto de Ley Orgánica Procesal del Trabajo, informando además que dicha actividad se repetirá el próximo viernes, en el TSJ, con los jueces de la jurisdicción de la Ley Orgánica de Protección al Niño y Adolescente.

Como segundo objetivo de la reunión, el magistrado señaló que se abordó todo lo referente a la problemática que confronta la jurisdicción laboral, en especial, lo referente a la morosidad judicial, “en este sentido estamos estimulando que los jueces hagan un inventario de todos los casos para declarar la perención de todos aquellos juicios donde se pueda decidir decaída la pretensión por inactividad procesal, asimismo, se informó que se crearon 150 tribunales de transición laboral, para que el año próximo, cuando empiecen los procesos orales en materia laboral no estén tan congestionados los tribunales” – dijo.

Agregó que también se trató el tema de los concursos de oposición como mecanismo de legitimación del Poder Judicial en el área laboral, los cuales están previsto para el mes de octubre o noviembre del año en curso, comenzando por los Juzgados Superiores, unido todo esto con los planes de entrenamiento y capacitación de los jueces, mejoramiento de sus condiciones de trabajo así como en el área salarial.

 

CONFLICTO TRIBUNALICIO

Un punto que no se dejó de lado en la reunión fue el del conflicto que actualmente se presenta en algunas circunscripciones judiciales del país, ante la paralización de actividades por parte de los trabajadores tribunalicios, tema que fue ampliamente debatido por los magistrados Juan Rafael Perdomo y Omar Alfredo Mora Díaz.

Sobre el particular, el magistrado presidente de la Sala Social, informó a los reporteros judiciales las medidas que ha tomado la Dirección Ejecutiva de la Magistratura (DEM) para enfrentar la paralización de la justicia, entre ellas la petición de que la huelga sea declarada ilegal por parte del Ministerio del Trabajo. “No olvidemos que la Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia decretó en junio el proceso de reorganización del Poder Judicial (Resolución 2001-00-04), para su fortalecimiento, proceso que continúa bajo la conducción de la DEM. En nuestra opinión, la huelga no sólo es ilegal sino inmoral, porque no tiene justificación alguna. Basta ya la perversión de la violación de la legalidad” – señaló.

- ¿Porqué es ilegal?

- Como especialista en derecho laboral puedo señalar, en primer, que para que una huelga sea legal tiene que ser soportada sobre un pliego de peticiones con carácter conflictivo que debe tramitarse legalmente. En este caso, los sindicatos que hacen vida en materia de empleados tribunalicios, introdujeron dos pliegos, uno que fue negociado hace mucho tiempo con la DEM llegándose a un acuerdo de homologación, ahora, recientemente, el otro sindicato introduce otro pliego, el cual no cumplió con los procedimientos correspondientes siendo acumulado de forma ilegal. Ante ese acto administrativo de acumulación, la DEM intentó un recurso de apelación ante la Ministro del Trabajo, el cual está pendiente de decisión. Por eso nosotros estamos esperando dicha decisión. Por eso, el paro de actividades es ilegal e inmoral, ya que está siendo basado en algo que ya se ha cumplido y lo poco que se ha dejado de cumplir, ellos mismos (refiriéndose a los empleados tribunalicios) acordaron que dependía de la disponibilidad presupuestaria.

Al comentar sobre el contrato colectivo dijo que los sindicatos introdujeron dos proyectos de contrato hace dos años, “por lo que ellos no pueden imputar al empleador la negligencia que tuviste al no agilizar la discusión de dichos contratos. Hasta el día de hoy la DEM no ha sido notificada para el inicio de discusiones de dichos proyectos. De acuerdo a la ley, una vez que la DEM sea notificada, tiene el derecho de seguir discutiendo con el sindicato que cuente con la mayoría de los afiliados, para que se pueda proceder a la discusión legitimada del proyecto de contrato colectivo. Ese acto, ellos nunca lo impulsaron. Mientras tanto el Poder Judicial otorgó aumentos unilaterales, lo que quiere decir que la pretensión de recibir un bono por retraso de la discusión del contrato colectivo, no tiene ninguna justificación, ni ética, ni moral, ni legal, y además, en esa posibilidad de discutir dicho contrato con el sindicato que tenga la mayoría, implica también un proceso de legitimación. En dos palabras, para discutir un contrato colectivo hay que cumplir una serie de pasos procesales que en este caso, los representantes del gremio tribunalicio no han cumplido, por lo que no puede imputársele a la DEM y al TSJ, lo que es su propia negligencia y responsabilidad como dirigentes sindicales”.

Por otra parte, el titular de la Sala Social fue enfático al señalar que una vez que se den las condiciones legales para discutir un contrato colectivo, se deben tomar en cuenta los estudios de factibilidad económica, que permitan, de acuerdo con la disponibilidad económica del país, “satisfacer la justa aspiración de los trabajadores. Mientras no se tenga ese estudio económico y esa factibilidad no se puede discutir el contrato colectivo”.

- Lo que pasa, es que en el pasado, lamentablemente se negociaba, se discutía y se llegaban a acuerdos en materia de contratación colectiva, de manera absolutamente irresponsable, violando descaradamente la ley. Nosotros como Tribunal Supremo de Justicia, como cabeza del Poder Judicial, no podemos darle mal ejemplo al país, siguiendo con esa perversión de violar la ley irresponsablemente. Vamos a asumir esta situación dentro de la ley, es decir, el trabajador tiene derecho a la huelga pero el empleador tiene derecho a no pagar, porque así como el trabajador no presta el servicio, al empleador no le toca pagar. Aclaró que le corresponde a la DEM, como órgano autónomo, tomar las medidas correspondientes una vez que sea declarada ilegal la paralización de los tribunales, entre ellas, garantizar el acceso de los justiciables a los Juzgados, con la cooperación del Ministerio de Interior y Justicia, contando para esto con el apoyo pleno del Tribunal Supremo de Justicia como Institución.

“En la DEM y en el TSJ estamos seguros que la inmensa mayoría de trabajadores tribunalicios que sí trabajan de verdad, a diferencia de estos directivos sindicales que nadie sabe quien los nombró ni cuando y desde que yo me conozco son los mismos de siempre, están con el proceso de transformación del Poder Judicial venezolano” – expresó.

- ¿Usted dice que hay trabajadores tribunalicios que quieren trabajar, pero cómo se logra esto si hay quienes impiden el acceso a los juzgados?

- Los Jueces Rectores tienen la potestad de solicitar el auxilio de la Guardia Nacional y la

fuerza pública, porque el servicio de justicia no puede impedirlo nadie.

Ante una inquietud de los periodistas, el magistrado manifestó que la huelga es un derecho de rango constitucional, siempre que cumpla con los límites que la misma Carta Magna le impone. “Sin embargo, la futura reforma de la Ley Orgánica del Trabajo debe ser mucho más creativa y audaz, para preservar el derecho a huelga de los trabajadores, de cualquier sector, pero evitando huelgas irresponsables, que ponen en peligro el patrimonio público y el funcionamiento del Estado. Por ejemplo, se podría establecer una reglamentación, en virtud de la cual, se mantengan los servicios esenciales. Asimismo, porque no crear mecanismos que garanticen la participación de los trabajadores, con referendos o con otros mecanismos que se establezcan” – señaló.

- ¿Péro los dirigentes sindicales de los tribunalicios dicen que ellos hicieron un referéndum?

- Bueno, ellos dicen que lo hicieron, pero la realidad dice lo contrario, ante el poco apoyo recibido por la mayoría de los trabajadores. En definitiva, hay que empezar hacer funcionar el Estado de Derecho, quien proponga una huelga ilegal, irresponsable, que le ocasione un daño al país, tiene que ser sancionado.

Para finalizar, el magistrado Omar Alfredo Mora Díaz, dijo, que en todo caso, aquellos trabajadores que sientan que hayan sido lesionados sus derechos, ante cualquier sanción administrativa, tiene derecho a recurrir a las instancias correspondientes.

Autor:
  prensa TSJ

Fecha de Publicación:
  03/08/2001

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