martes, 20 de noviembre de 2001
Instalado por el presidente del TSJ:
SEMINARIO “JUSTICIA CONSTITUCIONAL Y DERECHOS HUMANOS” SE REALIZO EN EL TRIBUNAL SUPREMO
En el evento participaron especialistas de Argentina, Chile y México.

En el Auditorio de la Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia se realizó el seminario “Justicia Constitucional y Derechos Humanos”, con el cual se ratifica el compromiso del máximo tribunal del país en apoyar cualquier actividad que contribuya al proceso de formación de los funcionarios del Sistema de Justicia. El evento fue instalado por el presidente del máximo tribunal, Magistrado Iván Rincón Urdaneta, que destacó la labor edificadora del ordenamiento constitucional, a través de los pronunciamientos que diariamente dicta la Sala Constitucional del TSJ.

 

 

PALABRAS DE INSTALACION

El Presidente del máximo tribunal del país durante la instalación del evento, recordó que con la entrada en vigencia de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, se creó, entre otras, la Sala Constitucional del alto tribunal, a la cual le ha correspondido principalmente la trascendente misión de adecuar el ordenamiento jurídico preconstitucional a los valores y principios políticos, sociales y económicos del nuevo régimen jurídico venezolano.

“En este contexto, la Sala Constitucional ha aplicado al sistema jurídico preconstitucional, criterios de interpretación progresista, para adecuar un régimen de derecho cuya cúspide dejó de existir, a los contenidos de otra Ley Fundamental, con innovaciones no sólo en su aspecto sustantivo sino también desde el punto de vista de la organización del Estado”, manifestó el Dr. Rincón.

 

LABOR EDIFICADORA DE LA SALA CONTITUCIONAL DEL TSJ

Igualmente señaló que la Carta Magna, por mandato del pueblo, autoriza a la Sala Constitucional a que sus interpretaciones acerca del contenido y alcance de los principios constitucionales tengan fuerza vinculante para los demás tribunales de la República, incluyendo el reste de Salas que integran el máximo tribunal, “ello quiere decir, que cada vez que la Sala interprete la norma fundamental en sí misma o cualquier disposición subalterna, con miras a adecuarla a ésta, no sólo está produciendo una sentencia o fallo que resuelve un caso concreto, sino también un imperativo jurídico, destinado a quienes ejercen la función jurisdiccional, todo ello con la finalidad de garantizar el papel de custodio de la Ley originaria que le ha sido confiado y la uniformidad en la aplicación de la misma”, precisó.

Con esta actuación –indicó- la Sala Constitucional viene realizando una labor edificadora del ordenamiento constitucional, a través de los pronunciamientos que diariamente dicta la Sala.

Para concluir reiteró el magistrado-presidente el compromiso del Tribunal Supremo de Justicia en continuar realizando y apoyando cualquier tipo de actividad que contribuya al proceso de formación de los funcionarios del Sistema de Justicia.

Posteriormente, en el seminario intervinieron especialistas de corte internacional en materia constitucional y de Derechos Humanos, a saber los doctores Luis de la Barrera (México), Humberto Nogueira (Chile) y Néstor Sagues (Argentina), quienes se encargaron de hacer un análisis histórico y esbozar al mismo tiempo, las características de la jurisdicción constitucional de sus respectivos países y su relación con los Derechos Humanos.

 

DECLARACIONES DEL FISCAL GENERAL DE LA REPUBLICA

El Dr. Isaías Rodríguez, luego de concluido el Seminario fue consultado por los periodistas que cubren la fuente judicial, pero en relación con el Seminario Internacional sobre el Estatuto de Roma “Corte Penal Internacional”, el cual también se lleva a cabo en la sede del máximo tribunal del país. Acerca de los objetivos del evento expresó que esta tiene como objeto institucional, “dar a conocer un Estatuto que crea una Corte Penal Internacional que permite juzgar internacionalmente los Derechos Humanos, de manera complementaria y subsidiaria, es decir, cualquiera de los países signatarios que no aplique dentro de su país las normas legales correspondientes para condenar hechos de esta naturaleza, esta Corte los puede aplicar”.

 

- ¿Qué garantiza que se cumplan los mandatos de la Corte Penal Internacional en caso de que un país se niegue a cumplirlos?, preguntó uno de los periodistas.

 

- Cuando un país no pueda o no quiera aplicar el régimen interno para sancionar delitos de lesa humanidad o delitos que atentan los derechos humanos, la Corte podrá hacerlo independientemente de la voluntad del país signatario.

 

- ¿Pero cuales son las vías para que los países signatarios del Estatuto cumplan los mandatos de la Corte Penal Internacional?

 

- Se tienen dos vías. La primera, que haya una denuncia que se planteé ante el Fiscal que va a hacer la acusación ante la Corte y otra es que el propio Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas puede llevar la denuncia ante la Corte Penal Internacional. Es decir, se cuenta con dos mecanismos muy importantes con los cuales estamos seguros que la Corte Penal Internacional puede llevar a cabo las sanciones en estos casos.

Autor:
  

Fecha de Publicación:
  20/11/2001

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