jueves, 01 de agosto de 2013
Estaban previstos para el venidero 3 de agosto
Suspenden comicios para elegir a las autoridades de la Federación Venezolana de Deportes Ecuestres
Ver Sentencia

           La Sala Electoral del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) admitió el recurso contencioso electoral interpuesto por el ciudadano Manuel Márquez Castro, actuando en nombre propio, invocando su condición de Juez de Adiestramiento, Propietario de Caballo, y en representación de su hija, en su carácter de atleta afiliada a la Federación Venezolana de Deportes Ecuestres (FVDE), contra el proceso de elección de la Junta Directiva, Consejo de Honor, Consejo Contralor, Delegados de los Atletas, Delegados de los Jueces y Delgados del Personal Técnico, ante la Asamblea General de la referida Federación para el período 2013-2017.

            Asimismo en la sentencia, con ponencia del magistrado Juan José Núñez Calderón, se declaró procedente la solicitud de amparo cautelar, por lo que se suspende el acto de votación pautado para el 3 de agosto de 2013, a fin de elegir a las autoridades de la FVDE, hasta tanto sea resuelto el fondo de la controversia judicial. 

            Entre los alegatos esgrimidos en el presente caso, se denunció que en la convocatoria al proceso electoral, efectuada por la Comisión Electoral de la Federación Venezolana de Deportes Ecuestres el 19 de junio de 2013, no se hizo mención a la elección de los integrantes de su Consejo de Honor y Consejo Contralor.

            Al respecto señala la sentencia que, mediante Acta N° 5 del 17 de julio de 2013 suscrita por los miembros de la Comisión Electoral de la FVDE, se dejó constancia de la admisión de postulaciones por planchas que incluían candidatos para ocupar cargos en el Consejo de Honor y Consejo Contralor, así como postulaciones nominales para los cargos de Representante de los atletas ante la Asamblea General y ante la Junta Directiva, Representante del personal técnico ante la Asamblea General y Representante de los jueces ante la Asamblea General.

            Salvo mejor apreciación al momento de conocer del fondo del asunto, precisó la Sala del TSJ, que la Comisión Electoral consideró pertinente realizar el 3 de agosto de 2013 solo las elecciones correspondientes para elegir la Junta Directiva, "lo que pudiera implicar la lesión al derecho al sufragio pasivo de quienes se postularon para desempeñar cargos en el Consejo de Honor y Consejo Contralor así como los diversos cargos de representación mencionados, al no ser posible por los momentos efectuar su elección pese a ser admitidas sus postulaciones", señala el fallo.

            Agrega la Sala Electoral que lo anterior "pudiera traducirse en una violación del derecho al sufragio activo de los diversos miembros de la Federación legitimados para sufragar en el proceso electoral, quienes se verían impedidos de elegir a tales candidatos", por lo que al cumplirse con los requisitos para acordarla, se declaró procedente la solicitud de amparo cautelar.

Fecha de Publicación:
  01/08/2013

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