sábado, 03 de agosto de 2013
Procedente una solicitud de extradición presentada por el Gobierno de la República de Italia
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       La Sala de Casación Penal con ponencia de su vicepresidente, magistrado Héctor Coronado Flores, declaró procedente la solicitud de extradición pasiva del ciudadano Aldo Micciche, de nacionalidad venezolana (adquirida), natural de Maropati – Reggio Calabria, Italia, por el delito de asociación delictiva de tipo mafioso.

            Aldo Micciche en la actualidad se encuentra bajo arresto domiciliario, sobre lo cual la sentencia del Alto Juzgado venezolano señala que "deberá mantenerse la medida sustitutiva de libertad al mencionado ciudadano hasta tanto se haga efectiva la entrega del mismo al Gobierno de la República de Italia.

            Recordó la Sala de Casación Penal que no se concederá la extradición si la acción penal o la pena han prescrito conforme a la ley del Estado requirente o del Estado requerido, lo cual no aplica en el presente caso porque no consta ningún elemento que acredite la prescripción. Tampoco se puede acordar la extradición por delitos que tengan asignada en la legislación del Estado requirente la pena de muerte o una pena perpetua, pero en este asunto en específico Micciche es procesado por un delito cuya pena no excede de 30 años de privación de libertad.

            Agrega la decisión que, "en casos como éstos, donde ciudadanos extranjeros adquieren la nacionalidad venezolana con posterioridad a la comisión de graves delitos (terrorismo, tráfico de sustancias estupefacientes y los catalogados como de delincuencia organizada, entre otros) fuera del territorio de la República, con la clara intención de obstaculizar un eventual proceso de extradición, la Sala Penal ha decidido entregar (cuando así le sea requerido) a quienes se presume han trasgredido los intereses y valores fundamentales de una nación", por lo cual fue acordada la extradición pasiva de Aldo Micciche.

Fecha de Publicación:
  03/08/2013

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