lunes, 05 de agosto de 2013
Radican en tribunales penales de Anzoátegui causa seguida a ex funcionario judicial de Nueva Esparta
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          La Sala de Casación Penal, con ponencia de la magistrada Yanina Beatriz Karabin de Díaz, declaró con lugar la solicitud de radicación presentada por el Ministerio Público (MP), en relación con la causa penal seguida contra el ciudadano Estelvis José Millán Marín, que cursa ante el Tribunal Tercero de Primera Instancia en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del estado Nueva Esparta, por la presunta comisión de los delitos de corrupción agravada continuada, concusión y asociación ilícita para delinquir.

            En vista de lo anterior, la Sala del Tribunal Supremo de Justicia ordenó a la Presidencia del Circuito Judicial Penal del estado Nueva Esparta, la remisión del expediente al Circuito Judicial Penal del estado Anzoátegui  a los fines consiguientes.

            Alegó el MP para sustentar la solicitud de radicación, el hecho de que, a su juicio, el delito cometido por Estelvis Millan Marín, es de carácter grave, y además el mismo ha causado alarma, sensación y escándalo público en la comunidad y en el sistema de justicia de Nueva Esparta, porque dicho ciudadano fue detenido de manera flagrante en las cercanías del referido Circuito, en el cual ejerció durante años sus funciones como Secretario de Tribunal.

            Estimó la Sala procedente declarar con lugar la solicitud de radicación, al constatar que se trata de delitos de carácter grave que están siendo atribuidos a un funcionario del Sistema de Justicia Penal de Nueva Esparta y aunado a ello, "el Ministerio Público se reservó el derecho de continuar investigando a otros funcionarios de ese Circuito Judicial Penal, circunstancia que a corto o mediano plazo pudiera repercutir en la buena marcha del presente proceso, siendo deber de este Máximo Tribunal de la República garantizar una justicia imparcial, idónea, transparente, autónoma, independiente, responsable, equitativa y expedita, sin dilaciones indebidas".

            Agrega la sentencia que "resulta conveniente sustraer el proceso de esa localidad, a los fines de evitar una eventual valoración negativa de la Ley y la Justicia por parte de los ciudadanos, en el nuevo reto que se ha impuesto el Poder Judicial de rescatar la credibilidad y la excelencia en el buen funcionamiento del Sistema de Justicia Penal Venezolano."

Fecha de Publicación:
  05/08/2013

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