viernes, 16 de agosto de 2013
Con lugar solicitud de convocatoria a elecciones para renovar la Junta Directiva de Sintrafemsa
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La Sala Electoral del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) declaró con lugar la solicitud de convocatoria a elecciones formulada por un grupo de afiliados al Sindicato de Trabajadores de Coca Cola Femsa, S.A. (Sintrafemsa), para que sean electos los nuevos miembros de la Junta Directiva de la referida organización sindical.

En la sentencia se ordena al Consejo Nacional Electoral a que en un plazo no mayor de 15 días hábiles de la Administración Electoral, contados a partir de la fecha efectiva de notificación de la decisión del Alto Juzgado, designe una Comisión Electoral ad-hoc para celebrar el referido proceso comicial en los términos señalados en la motiva del fallo.

Una vez constituida la Comisión Electoral ad-hoc, la misma deberá convocar a elecciones dentro de un lapso de 15 días continuos, contados a partir de la fecha de su constitución, proceso comicial que deberá desarrollarse en un lapso de 90 días continuos que se contarán a partir de su convocatoria, precisa la sentencia cuya ponente fue la magistrada Jhannett Madríz Sotillo.

El artículo 406 de la Ley Orgánica del Trabajo, los Trabajadores y las Trabajadoras establece que: "Transcurridos tres meses de vencido el período para el cual haya sido elegida la directiva de la organización sindical sin que se haya convocado a nuevas elecciones, de un número no menor del diez por ciento de los afiliados y afiliadas a la organización, podrá solicitar al juez o jueza con competencia en materia laboral de la jurisdicción correspondiente que disponga la convocatoria respectiva (...)".

Al respecto constató la Sala del TSJ que la Junta Directiva de Sintrafemsa tiene su período vencido, además, la convocatoria a elecciones fue hecha por un número de afiliados al sindicato superior al porcentaje mínimo exigido legalmente, por lo que fue declarada con lugar la petición planteada en el presente caso.

Fecha de Publicación:
  16/08/2013

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