jueves, 21 de noviembre de 2013
Firme sentencia condenativa en caso de homicidio
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El Tribunal Supremo de Justicia, TSJ, en Sala de Casación Penal, declaró sin lugar un recurso de casación interpuesto en contra de fallo de Corte Accidental de Apelaciones 47 de Aragua, que mantuvo sentencia a quince años de prisión de Deivid Jackson Moreno Aponte por el delito de homicidio calificado.

La sentencia condenatoria la dictó el Juzgado Primero de Primera Instancia en Funciones de Juicio con sede en Maracay, quien condenó al referido ciudadano de acuerdo a lo previsto y sancionado en el artículo 406, Ordinal Primero del Código Penal.

La sentencia, dice que una vez hecha la revisión  del escrito contentivo del recurso, así como a la sentencia impugnada, se observó que ejerció, separadamente, cuatro denuncias, la primera referida a la Violación a la Ley por Falta de Aplicación de las disposiciones en los artículos 12 y 108 en sus numerales 2° y 3°, en el artículo 125 ordinal 5°, en el artículo 307 y 452 ordinal 4°, del Código Orgánico Procesal (vigente para la fecha), los numerales 7°, 9° y 10° del artículo 37 de la Ley Orgánica del Ministerio Público, (MP), y por violación a la Ley por falta de aplicación de las disposiciones contenidas en los artículo 26 y 49 ordinal 1° de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela; al no haber ordenado el MP la realización de la prueba de activación de trazas de disparos al imputado.

Es así, como la Sala decide en base a que los hechos acreditados y la responsabilidad penal del acusado, el resultado del razonamiento efectuado sobre el conjunto de elementos probatorios promovidos y evacuados durante el debate por el juzgado de juicio, y sobre la base de un cúmulo probatorio, es decir, de una pluralidad de elementos y no de uno solo.

Aclara el fallo del Máximo Juzgado,  con ponencia de la magistrada Yanina Beatríz Karabín de Díaz, que la sentencia de la Corte Accidental de Apelaciones 47, no incurrió en los vicios que pretende atribuirle el defensor, Rafael Rosales Díaz. Por consiguiente, se declara sin lugar el recurso de casación interpuesto. La decisión tuvo voto salvado del magistrado Héctor Coronado Flores.

Fecha de Publicación:
  21/11/2013

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