viernes, 22 de noviembre de 2013
Los organismos en la materia deben trabajar en nombre del interés superior de los niños, niñas y adolescentes

En el X Foro: Derecho de la Infancia y de la Adolescencia realizado en la sede del Máximo Tribunal del país, intervino la Contralmirante Elsa Gutiérrez Graffe, directora general de la Oficina de Relaciones Consulares del Ministerio del Poder Popular para las Relaciones Exteriores. 

Explicó que la Oficina de Relaciones Consulares, en su carácter de autoridad central del Convenio de la Haya de 1980 sobre los Aspectos Civiles de la Sustracción Internacional de Menores y de la Convención Interamericana de Restitución Internacional de Menores de 1989, se define como la máxima autoridad del Estado venezolano en esta materia.

Agregó que el enfoque de gestión de la Oficina es multiactoral, porque su accionar se articula aplicando el principio constitucional de la corresponsabilidad, por lo que se activan los mecanismos de cooperación con el resto de los órganos nacionales que integran el sistema de protección de niños, niñas y adolescentes, en especial de los tribunales de protección, que se encargan de tomar la decisión en casos de solicitudes de restitución o regímenes de visita que le son remitidas por la Oficina de Relaciones Consulares.

Asimismo precisó que en esa instancia de la Cancillería venezolana "el proceso articulador y sinérgico va de lo local hacia el exterior, para lograr un funcionamiento armónico del conjunto de actores internacionales con los cuales nos relacionamos, para hacer posible que los referidos convenios, los cuales regulan tanto la sustracción como la retención ilícita, así como los regímenes de visita se cumplan, y los derechos de los niños, niñas y adolescentes que hayan sido vulnerados se restituyan".

Destacó el reconocimiento expreso que establece la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela de los niños, niñas y adolescentes como sujetos de derecho. En cuanto a la reforma de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, en el año 2007, indicó que en la misma se crean nuevas instancias de protección y regula en su artículo 390 la sustracción y retención de NNA.

Elsa Gutiérrez indicó que el funcionamiento efectivo de los convenios vigentes, entre ellos el referido de la Haya, dependerá del grado de voluntad política, cooperación interna y externa, articulación multiactoral y solidaridades que se puedan establecer entre los diferentes organismos competentes (Autoridad Central en materia de Restitución Internacional, Tribunales, Consejo de Protección, Concejos Municipales de Protección, Ministerio Público, Defensa Pública, Defensoría del Pueblo, entre otros) con el propósito de intercambiar información, criterios y buenas prácticas.

Manifestó que el trabajo efectivo y en armonía entre todos los actores involucrados permite que la justicia prevalezca en nombre del interés superior de los niños, niñas y adolescentes, "garantizando el principio de resolución de conflictos, primero de manera voluntaria y pacífica; todos debemos asumir este compromiso y los retos, para que lo justo se acerque a los pueblos".

Fecha de Publicación:
  22/11/2013

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