jueves, 20 de febrero de 2014
Tribunal decretó privativa de libertad a Leopoldo López

El Juzgado 16 con Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, decretó privativa de libertad para el ciudadano Leopoldo López, por la presunta comisión de los delitos de determinador en el delito de incendio intencional (Art. 343 del Código Penal), instigación pública (Art. 285 del Código Penal), daños a la propiedad pública (Arts. 473 y 474, en concordancia con el artículo 83 del Código Penal), y asociación para delinquir (Art. 37) con las agravantes de los artículos 27 y 29.3 y .7 de la Ley Orgánica contra la Delincuencia Organizada y el Financiamiento al Terrorismo, de acuerdo a lo solicitado por el Ministerio Público.

La audiencia se realizó en el Tribunal Móvil situado en las inmediaciones del Centro Nacional de Procesados Militares (Cenapromil), de Ramo Verde, en el que el tribunal natural de la causa, dirigido por la jueza Ranelys Tovar Guillen, se trasladó para llevar a cabo el referido acto jurídico en el marco del debido proceso, el acceso a la justicia y la tutela judicial efectiva, así como para garantizar la integridad física del imputado.

El Tribunal acogió la precalificación de los hechos efectuada por la representación fiscal, declaró sin lugar la excepción de la pretendida incompetencia por el territorio, alegada por la defensa, por cuanto ese juzgado que ha venido conociendo la causa se trasladó, constituyó y realizó la audiencia respectiva, disponiendo además que se mantenga como sitio de reclusión del imputado el referido Centro. 

 

Fecha de Publicación:
  20/02/2014

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