viernes, 20 de junio de 2014
Artículo 78 de la Carta Magna contempla la génesis de los tribunales para el conocimiento de asuntos concernientes a la niñez y la adolescencia

Consolidando las acciones en beneficio de la protección de niños, niñas y adolescentes en el ámbito laboral, que se adelantan desde el Poder Judicial venezolano, encabezado por la magistrada Gladys María Gutiérrez Alvarado, se lleva a cabo en la sede del Tribunal Supremo de Justicia el "II Congreso Internacional sobre Protección Integral de Niños, Niñas y Adolescentes, en Materia Laboral", donde destacados expertos nacionales e internacionales exponen sobre los últimos avances en la materia. 

En la actividad, que se desarrolla en el Auditorio Principal del TSJ y se encuentra dirigida a las juezas y jueces de protección de la niñez y la adolescencia de todo el país, así como para los demás integrantes del Sistema de Justicia y representantes de los Consejos Comunales, participó como ponente la magistrada de la Sala de Casación Social, Carmen Esther Gómez, quien disertó sobre "La Competencia Material de los Tribunales de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes en el Derecho del Trabajo".

Durante su intervención la Magistrada hizo un recuento sobre la evolución de la competencia especial en los asuntos de trabajo que concierne a los derechos de la infancia y de la adolescencia, así como los criterios atributivos de competencia en el derecho laboral que ha dictado el Máximo Juzgado a través de su jurisprudencia.

Precisó que el artículo 78 de la Carta Magna contempla la génesis de los tribunales especializados para el conocimiento de asuntos concernientes a la niñez y la adolescencia bajo la doctrina de la protección integral y del interés superior del niño, niña y adolescente.

Además recordó que, según el artículo 177 de la Ley Orgánica para la Protección de Niñas, Niños y Adolescentes, los tribunales de protección son competentes para conocer sobre demandas laborales en las cuales los niños, niñas y adolescentes sean legitimados activos o pasivos en el procedimiento.  

Sin embargo, señaló que a pesar de que siempre el fuero atrayente en el ámbito laboral de la infancia y la adolescencia lo posee el tribunal de protección, en algunos casos particulares el conocimiento lo tienen los juzgados laborales.

Finalmente, expresó la magistrada Carmen Esther Gómez que la evolución de las legislaciones especiales, cuyo propósito es la tutela de los derechos de contenido social, progresivamente ha ponderado los principios procesales con el objeto de lograr la protección integral de los derechos e intereses de los niños, niñas y adolescentes.     

Fecha de Publicación:
  20/06/2014

Pagina Web:
  

Correo Electrónico
  

Fotos
Ir al tope

Recomendar esta página a un amigo(a)