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martes, 24 de agosto de 2004 |
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Inepta acumulación de acciones |
TSJ declara inadmisible recursos contra Convenio Integral de Cooperación entre Cuba-Venezuela |
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Ver Sentencia
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La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, con ponencia del magistrado José Manuel Delgado Ocando, declaró inadmisible por inepta acumulación de acciones, el recurso de nulidad intentado por razones de inconstitucionalidad por el presidente y secretario general del partido Movimiento al Socialismo, Felipe Mujica Y Leopoldo Puchi, respectivamente, contra el Convenio Integral de Cooperación entre la República de Cuba y la República Bolivariana de Venezuela, y, la acción de inconstitucionalidad por omisión contra la Asamblea Nacional.
Como se recordará los recurrentes también demandaron la nulidad del Acuerdo-Marco suscrito por Diego Luis Castellanos en nombre del Banco Central de Venezuela y Francisco Soberón Valdés por el Banco Central de Cuba, el 23 de octubre de 2000, en la Habana, Cuba y el Addendum al Convenio Integral de Cooperación entre la República de Cuba y la República Bolivariana de Venezuela y, la acción de inconstitucionalidad por omisión contra la Asamblea Nacional.
En segundo lugar, la Sala anuló todas las actuaciones procesales habidas en el presente caso desde el auto de admisión dictado por el Juzgado de Sustanciación, el 7 de marzo de 2002, hasta el auto dictado por esta Sala, el 6 de mayo de 2004, cuando se dijo ¿Vistos¿, ambos inclusive.
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ALEGATOS DE LOS ACCIONANTES |
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CONSIDERACIONES DE LA SALA CONSTITUCIONAL |
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DECISIÓN |
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Fecha de Publicación: |
24/08/2004 |
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Pagina Web: |
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Correo Electrónico |
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