miércoles, 01 de septiembre de 2004
Juzgado de Sustanciación de la Sala Político-Administrativa
Admiten acción contra suspensión de otorgamiento y permisos de portes de armas de fuego
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Fue admitida por el Juzgado de Sustanciación de la Sala Político-Administrativa una acción de nulidad interpuesta el pasado 10 de junio por los apoderados judiciales de Esteban Gerbasi Pagazani, contra la Resolución Nº DG-26770, del 23 de abril de 2004, publicada en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela Nº 37.924, de fecha 26 de abril de 2004, dictada por el Ministro de la Defensa, General en Jefe (EJ.) Jorge Luis García Carneiro

En la Resolución impugnada, según indicó en su escrito la parte demandante, ¿...Se suspende la importación de armas de fuego hasta que se actualice y tecnifique el actual sistema de registro y control del armamento...¿ y, además, ¿...Se suspende el otorgamiento de los permisos de porte y los permisos de portes de armas de fuego otorgados en todo el territorio nacional, hasta que la Fuerza Armada Nacional, a través de la Dirección de Armamento, establezca el sistema de registro y control de armamento...¿;

El Juzgado Sustanciador al revisar las causales de inadmisibilidad contenidas en el aparte quinto del artículo 19 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia de la República Bolivariana de Venezuela, y al no encontrarlas presentes en este asunto, admitió el recurso.

En vista de la admisión, se ordenó citar al Fiscal General de la República, Ministro de la Defensa y Procuradora General de la República, a quienes se les remitirá copias certificadas de la solicitud, de la documentación acompañada a ésta y del presente auto. Además, se ordenó librar el cartel a que se refiere el aparte once del artículo 21 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, en el tercer día de despacho siguiente a aquél en que conste en autos las citaciones ordenadas.

En relación con la solicitud de que se decrete medida cautelar innominada que ¿...ordene la suspensión, en forma inmediata, de la aplicación de la referida Resolución...¿, según pidió Esteban Gerbasi, el Juzgado de Sustanciación precisó que ¿(...) por cuanto no corresponde a este Juzgado pronunciarse sobre su procedencia, acuerda abrir el respectivo Cuaderno de medidas, el cual se iniciará con la copia certificada de la solicitud, del presente auto y demás documentos pertinentes y remitirlo a la Sala a los fines de su decisión¿, concluyó el Juzgado de Sustanciación.

Fecha de Publicación:
  01/09/2004

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