En consecuencia, el Juzgado ordenó emplazar a la Siderúrgica del Orinoco (SIDOR), C.A. en la persona de su representante judicial Andreina Ostos, para que comparezca por ante el Juzgado, dentro de los 20 días de despacho siguientes a aquél en que conste en autos la última de las citaciones ordenadas, en horas de despacho, a dar contestación a la demanda.
Igualmente, fueron citados Eugenio Hernández Bretón, René Plaz Bruzual y Luis Alfredo Araque, en su carácter de integrantes del Tribunal Arbitral, para que comparezcan por ante el Juzgado, dentro de los 20 días de despacho siguientes a aquél en que conste en autos la última de las citaciones ordenadas, en horas de despacho, a fin de que expongan los alegatos y defensas que tengan a bien señalar, respecto de la nulidad demandada por la empresa PDVSA Gas, S.A.
Así mismo, vista la petición de la empresa accionante en su libelo, el Juzgado, acordó notificar de la presente solicitud al Centro de Arbitraje de la Cámara de Comercio de Caracas, y de igual modo, requerirle los antecedentes del procedimiento arbitral que dio origen al laudo cuya nulidad se demanda.
Finalmente, el Juzgado ordenó notificar a la Procuradora General de la República, y una vez que conste en autos su notificación, la causa quedará suspendida a tenor de lo dispuesto en el artículo 94 del Decreto con Fuerza de Ley Orgánica de la Procuraduría General de la República.