jueves, 30 de septiembre de 2004
Dictamen de la Sala de Casación Social
Declaran sin lugar demanda contra la República Bolivariana de Venezuela
Ver Sentencia

Sin lugar se declaró una demanda por cobro de diferencias salariales y bono de producción presentada por Natan Eberto Guarecuco contra la República Bolivariana de Venezuela por órgano del Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (SENIAT). Así lo dictaminó la Sala de Casación Social, con ponencia del magistrado Omar Alfredo Mora Díaz.

En el presente caso el Juzgado Segundo Superior para el Régimen Transitorio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, el 6 de abril de 2004, declaró desistido el recurso de apelación interpuesto por la República contra la decisión del pasado 10 de febrero, dictada por el Juzgado Segundo de Primera Instancia de Juicio del Régimen Transitorio del Trabajo de la referida Circunscripción Judicial, la cual declaró con lugar la demanda.

Posteriormente, la representación judicial de la parte demandada presentó recurso de control de la legalidad contra la decisión del Juzgado Superior, alegando que la misma violentó el derecho a la defensa y al debido proceso, por cuanto, no le fue posible acceder al expediente para estar en conocimiento cierto de la fecha en que se realizaría la audiencia oral, para ejercer las defensas en que se fundamentaba la apelación y así poder salvaguardar los intereses del Ente de la Administración Pública demandado.

La Sala de Casación Social al estudiar la situación constató que se quebrantó el debido proceso y menoscabado el derecho a la defensa de la República Bolivariana de Venezuela, por lo que se declara con lugar el presente recurso de control de la legalidad, por lo que se anuló la sentencia de fecha 6 de abril de 2004, dictada por el mencionado Juzgado Segundo Superior.


RESOLUCIÓN DE LA DEMANDA

Acto seguido, de conformidad con lo establecido en el artículo 179 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, la Sala pasó a resolver el fondo de la controversia y constató que el presente procedimiento se inicia con la demanda interpuesta por Natan Eberto Guarecuco, contra la República Bolivariana de Venezuela por órgano del SENIAT, cuya pretensión reside en ser absorbido por el referido órgano de la Administración Publica, la cancelación de diferencias salariales y bono de producción que le son cancelados a los funcionarios del ente demandado. La Sala, conforme a los términos en que quedó planteada la controversia y luego de examinar las comunicaciones que corren insertas a los autos, evacuadas por la parte demandante, emanadas del Sindicato de Obreros de la Aduana de la Guaira y dirigidas a las Autoridades de entes Administrativos, como el Superintendente Nacional Tributario, el Gerente de recursos Humanos del SENIAT, el Gerente de la Aduana Principal de la Guaira y el Ministro de Hacienda, mediante las cuales se les solicita que al personal obrero le concedan los mismos beneficios salariales, bono de producción y demás conceptos que recibe el personal administrativo que labora en la aduana, evidencia que el trabajador demandante es efectivamente un obrero adscrito al Ministerio de Finanzas, tal como expresamente fue manifestado en el escrito de demanda. ¿En tal virtud, verificado que los beneficios que se demandan son los recibidos por los empleados administrativos adscritos al Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (SENIAT), siendo estos, funcionarios de la Carrera Tributaria amparados por un régimen de empleo público especial que no se corresponde con el régimen aplicable al trabajador reclamante, resulta forzoso para esta Sala de Casación Social declarar sin lugar la acción propuesta y, en consecuencia, anula la decisión de fecha 10 de febrero de 2004 proferida por el Juzgado Segundo de Primera Instancia de Juicio del Régimen Transitorio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas¿.


Fecha de Publicación:
  30/09/2004

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