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viernes, 15 de octubre de 2004 |
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La Sala Social plantea reforma del Código de Procedimiento Civil |
TSJ y la Embajada de los EEUU continúan formando jueces en materia de igualdad y acceso a la justicia |
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El magistrado Juan Rafael Perdomo plantea la necesidad de adaptar el articulado del Código de Procedimiento Civil a los postulados de la Constitución de 1999, en especial al principio de la oralidad, ¿eso deber ser responsabilidad de todos nosotros para acabar con los formalismos innecesarios¿
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El tema del acceso a la justicia y la gerencia de los tribunales, bajo la tutela de los principios de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, fue el tema central de la charla organizada por la Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, con la cooperación de la Embajada de los Estados Unidos de Norteamérica y la participación del Juez Presidente del Tribunal Federal del Distrito de Puerto Rico, Héctor Laffitte.
La instalación de la jornada, que contó con la asistencia de un nutrido grupo de jueces, estuvo a cargo del presidente y vicepresidente de la Sala Social, magistrados Omar Alfredo Mora Díaz y Juan Rafael Perdomo, respectivamente, quienes expresaron su satisfacción por la presencia del distinguido jurista y anunciaron que eventos similares se seguirán realizando para contribuir en la formación de los administradores de justicia y se optimice la prestación de éste servicio fundamental para el buen funcionamiento del sistema democrático.
La oportunidad fue propicia para que el primer vicepresidente del Alto Tribunal y magistrado de la Sala Social, Omar Alfredo Mora Díaz, reiterase la voluntad del TSJ de convertirse, no sólo en el máximo rector de la administración de justicia, sino que ¿además asume el gobierno y administración del Poder Judicial para transformarlo, modernizarlo y garantizar una tutela judicial efectiva, tal como lo consagra el artículo 26 de nuestra Carta Magna. Ese artículo 26 tiene que ver con el tema que hoy tratamos, pues es la norma fundamental que establece el derecho para todos los ciudadanos y el deber del Estado, de garantizar un acceso a la administración de justicia, de una manera igualitaria para todos los ciudadanos, a través de un proceso sencillo, rápido, eficaz, transparente y con una justicia que califico de ¿rostro humano¿ al servicio del ciudadano¿.
En este sentido dijo que lo anterior implica la transformación del Poder Judicial, para que la gerencia judicial permita lograr ese objetivo, ¿por ejemplo, en nuestro país ha transformado de raíz lo que es la jurisdicción laboral, y lo mismo lo estamos haciendo en materia de niños, niñas y adolescentes, y con posterioridad en el área agraria, de cara a hacer letra viva los principios y preceptos de la Constitución, a través de la oralidad en el proceso, humanizando el proceso, concentrando el debate y garantizando la inmediatez por parte del juez en la apreciación de la prueba ha logrado transformar positivamente la justicia en Venezuela, garantizando precisamente el acceso a la justicia, lo cual implica no solamente la dignificación del Poder Judicial sobre la base que requerimos de una planta física adecuada como ya la tenemos, bien dotada tecnológicamente, pero lo más importante con los operadores de justicia, en este caso los jueces y auxiliares, con una sólida preparación académica que permitan precisamente no sólo una justicia rápida, eficaz, transparente sino también con calidad científica y académica, eso es lo que hemos venido haciendo en todo el país, también estimulado medios alternos de resolución de conflictos al extremo que en este momento Venezuela en materia laboral es pionera en el mundo¿.
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HAY QUE REFORMAR EL CODIGO DE PROCEDIMIENTO CIVIL |
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SITUACIÓN ACTUAL DEL DERECHO COMUN |
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JUEZ LAFFITTE: ¿SU CARTA MAGNA ES EXCELENTE¿ |
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Autor: |
Alirio León |
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Fecha de Publicación: |
15/10/2004 |
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Pagina Web: |
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Correo Electrónico |
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