jueves, 21 de octubre de 2004
Alfredo Ruíz de la Red de Apoyo por la Justicia y la Paz
Legislación venezolana debe señalar expresamente el Derecho Humanitario
El Director de la Red de Apoyo por la Justicia y la Paz, Alfredo Ruíz, sobre el tema ¿Derecho Internacional Humanitario¿, hizo una revisión histórica de los acontecimientos más importantes en la materia tanto en el ámbito nacional como fuera del país.

En el caso venezolano expresó que con la promulgación de la primera Constitución en el país el 21 de diciembre de 1811, comienzan los primeros pasos en el Derecho Internacional Humanitario, al abolirse de manera perpetua la tortura, inclusive a los prisioneros de guerra.

Entre otros aspectos disertó sobre los tratados de regulación de los métodos de lucha, ¿no todo es valido, ni aun en guerra, porque una vez que se está en el conflicto y se da una detención hay que respetar la integridad de esa persona, pero no sólo eso, sino que durante el mismo conflicto hay armas, estrategias, métodos de guerra que está absolutamente prohibidos (...) por ejemplo se prohíbe el uso de venenos, armas envenenadas, que produzcan daños innecesarios, superfluos, sufrimientos o heridas pérfidas (...) se prohíben los asesinatos, las torturas de presos o ataques contra la población civil (...) y contra objetivos civiles, por ejemplo destruir acueductos, presas de agua, hospitales, iglesias".


LOS RETOS EN LA MATERIA

Entre los retos que se le presentan al país en relación al Derecho Internacional Humanitario, expresó que debe señalarse claramente en la legislación, ¿no basta con que Venezuela haya ratificado los Convenios de Ginebra, sino que tiene que estar establecido claramente en el Código de Justicia Militar todo lo que son los crímenes de guerra;¿. Agregó que se debe tipificar los delitos de lesa humanidad o de grave violación de los Derechos Humanos en el Código Penal y crear un capítulo especial para esa materia; Además indicó que es necesario establecer mecanismos previos para capacitar y formar al personal militar y de justicia para saber como deben actuar en caso de una situación de conflicto armado; Otro reto, indicó, es definir claramente el crimen del terrorismo, ¿porque si bien hay convenciones que empiezan a denominar y a establecer, tipificar lo que es el terrorismo, todavía son tan amplios que lamentablemente queda a discrecionalidad de muchos gobiernos de ver a qué se le aplica este título de terrorismo y mucho más dentro de la misma sociedad nosotros empezamos a usar este termino terrorista para una persona con las cuales no estamos de acuerdo¿. Finalmente expresó que ¿hay que acabar con lo que denominamos el cáncer de los Derechos Humanos que es la impunidad y en acabar la impunidad es fundamental el sistema de administración de justicia (...) para implementar no sólo lo establecido en las leyes nacionales sino en los tratados internacionales¿.


Fecha de Publicación:
  21/10/2004

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